Jueves 4 de Febrero de 2021
¡Aviso para navegantes!
Leo en www.elconfidencial.com que el Tribunal
Constitucional ha anulado por anticonstitucional el DL del Gobierno de la
Generalidad Catalana que regula el régimen jurídico de la vivienda, imponiendo
el arrendamiento a determinados propietarios que estuvieran en las circunstancias
impuestas en esa normativa.
Esta sentencia es un aviso para lo
que, sin duda, sucederá a toda la legislación en materia de vivienda y
arrendaticia que ha sido también promulgada, mediante Decretos Leyes, por el Gobierno
de la Nación. Una legislación basada en principios “sociales” ajenos por
completo a nuestro ordenamiento constitucional.
Hemos dicho en otras ocasiones que
nuestro sistema jurídico descansa sobre la propiedad y los derechos subjetivos
disponibles y que el Estado (sea por el Gobierno o por el Parlamento), no puede
cercenar ningún derecho, ni menos imponer manifestaciones concretas de su
ejercicio mediante mandatos, todo ello al socaire de una política social falsa,
que carga sobre el particular lo que es tarea constitucional del Estado. Puede,
eso sí, expropiar, por motivos de interés publico mediante justiprecio e indemnización,
pero no es esa obviamente la dirección que toma esta legislación.
Una gran noticia, por tanto.
Valentín Cortés
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