Martes 20 de Febrero de 2018
La
Sra. Gabriel y el Sr. Mas
Aunque la huida de la Sra. Gabriel( véase la prensa digital de hoy)
me imagino que busca consecuencias y réditos políticos, va a producir, sin embargo,
importantes consecuencias jurídico-procesales, en su ámbito personal, en el
procesal de la instrucción que le afecta e incluso, en un ámbito extraprocesal
a ella: efectos, por tanto, personales, procesales y extraprocesales.
De una parte, me parece seguro que
el Magistrado Instructor de la causa que se sigue en el Tribunal Supremo ordenará
de forma inmediata su detención y puesta a disposición con eficacia, probablemente,
internacional, lo que puede conllevar, dado que está huida en Suiza, una petición
de extradición.
De otra parte, esta huida dará al Magistrado
muestra del riesgo de eludir la acción de la Justicia que existe en el conjunto
de los investigados por rebelión y sedición, no tanto para aplicar groseramente
el principio de igualdad (que recordemos
no es tratar a todos por igual, sino tratar a las personas en la misma situación
de forma igual), como para aplicarlo correctamente. En este sentido, la puesta
en libertad del Sr. Mas (véase la prensa digital de hoy), sin fianza, no atenta
contra el principio de igualdad, ni contradice lo que afirmábamos líneas más
arriba, que posiblemente producirá las mismas clases de efectos que hemos
señalado en el caso de la Sra. Gabriel: se tendrá en cuenta para otros
investigados en el Tribunal Supremo, o en la Audiencia Nacional, ya en prisión,
o en libertad y que estén en la misma situación que la Sra. Gabriel o del Sr.
Mas.
Y me parece indudable, como he
apuntado líneas más arriba, que la huida que comentamos producirá efectos mas allá
del proceso que se ventila ante el Tribunal Supremo, pues sin duda, aun siendo
hechos extraprocesales, pero notorios,
pueden ser tenidos en cuenta por la Instructora de la Audiencia Nacional en el
proceso por sedición para decidir el futuro cautelar-penal de los que, en ese
proceso, investiga.
Valentín Cortés
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