Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 20 de diciembre de 2017


Miércoles 20 de Diciembre de 2017

La suspensión cautelar de una huelga anunciada

La noticia que se ha dado a conocer hoy sobre la suspensión cautelar de la huelga de los empleados de Prosegur, encargados de la seguridad del aeropuerto de Barajas, dentro de las lógicas limitaciones jurisprudenciales y jurisdiccionales que tiene un Juzgado de lo Social, máxime teniendo en cuenta que se ha producido en trámite cautelar, tiene bajo mi punto de vista (la suspensión), o puede tener, una gran trascendencia. No perdamos de vista que esa medida cautelar se ha producido y adoptado en un proceso en el que se solicita la declaración de la ilegalidad de la huelga de estos vigilantes.

Sabemos que el art. 28,2 de la Constitución reconoce el derecho fundamental de huelga que, por esas cosas de nuestra complicada vida política, no se ha desarrollado legalmente. En dicha norma constitucional, junto al reconocimiento del derecho de huelga, se dice que la Ley “establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.

Y en ese sentido, no creo que tenga mucho contenido constitucional declarar la huelga precisamente para los días claves de Navidad y fin de año. Esa puerta abierta modestamente por el Juzgado a la lógica y el buen sentido constitucional puede tener mucha trascendencia en el futuro para la regulación de la huelga en sectores estratégicos para el servicio de la comunidad.

Valentín Cortés

 

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