Martes 10 de Enero de 2017.
Los
jueces y su responsabilidad
He leído en www.eleconomista.es una
noticia, me imagino que remitida por el despacho de abogados de turno ganador
de un pleito, que reza así: “nace la
primera sentencia que anula la hipoteca con sólo entregar la vivienda”. No hay
en el texto de la noticia ni una sola palabra de crítica jurídica, pese a ser
una noticia con connotaciones claramente jurídicas. “La parturienta”, (si
seguimos el lenguaje ramplón y simple del periódico o del despacho de turno),
por lo visto, ha sido un Juez Mercantil de Barcelona.
El Juez( según la noticia) ha
declarado que la cláusula de responsabilidad universal del deudor hipotecario(
es decir, el deudor responde de la deuda hipotecaria con todos sus bienes
presentes y futuros) es abusiva, con lo que, me imagino
que conscientemente, el Juez ha eliminado de raíz un principio, que rige
nuestro Derecho, vigente desde el derecho romano, que está consagrado de forma
solemne en el art. 1911 del Código Civil (”Del
cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes,
presentes y futuros”); y que, además, se me antoja un principio básico de
la economía de mercado que permite el crédito hipotecario, a no ser que
acabemos con la hipoteca.
Si han existido y existen abusos en
la práctica bancaria es responsabilidad del juez buscar la solución al caso concreto,
pero eso no le faculta para acabar con el sistema, jurídico y económico.
Valentín Cortés
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