Lunes 16 de Diciembre de 2013
La maternidad compartida.
Me refiero a una noticia que he leído en www.elmundo.es y en www.larazon.es. El Tribunal Supremo ha concedido
a una mujer, divorciada de otra mujer, la maternidad compartida de unas hijas que
nacieron de la otra por inseminación artificial, habiendo prestando ambas
mujeres el consentimiento informado antes
de la inseminación. La inscripción de la maternidad se hizo a favor de la
madre biológica. (Todo el que se haya sometido a una prueba hospitalaria de
cierto riesgo sabe que debe prestar el consentimiento informado para ser
intervenido. En este caso, al parecer, fueron ambas mujeres quienes prestaron
el consentimiento para que una de ellas fuera inseminada).
Este dato, es decir la prestación por ambas del consentimiento
informado, es determinante para el Tribunal Supremo, para quien la voluntad
manifestada por ambas prevalece sobre los criterios puramente biológicos.
Merece leer la noticia para ver hasta qué punto pueden ser chocantes
las palabras del Tribunal Supremo que, además, afirma que se dicta tal sentencia teniendo en
cuenta “el interés de los menores y de la
estabilidad de su vida familiar”.
(Intentaré por todos los medios hacerme con la sentencia, porque creo
que la noticia, necesariamente, debe estar mal cogida y mal tratada).
Valentín Cortés
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