Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 28 de mayo de 2013


Martes, 28 de Mayo de 2013

 

Otra vez el Sr. Moliner

 

Me entero, leyendo www.eleconomista.es, que en las mismas declaraciones a la prensa en  las que el Sr. Moliner se refería a la Juez Alaya y a la instrucción de los casos de corrupción que lleva en Sevilla, el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se refirió al Juez Silva, el juez que lleva la instrucción que afecta al Sr. Blesa. Y no lo hizo en términos precisamente elogiosos. Habló de la existencia de un expediente sancionador que, afirmó según la prensa, “espero que llegue a buen fin el quinto expediente disciplinario incoado por el CGPJ. Ya veremos en qué acaba, pues lo hemos sancionado ya cuatro veces y dos de ellas han sido revocadas por la Sala de lo Contencioso Administrativo por problemas de caducidad”. ¡No parece muy imparcial, para presidir el organismo que al final decidirá el expediente!

Parece ser que el Juez ha puesto en manos de su abogado el tema y va a presentar una solicitud de amparo ante el CGPJ porque se siente perturbado en su independencia por estas palabras del Presidente Sr. Moliner. El art. 14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se lo permite, así como permite que el  Ministerio Fiscal, de oficio, o a petición del propio Juez, promueva las acciones pertinentes en defensa de la independencia judicial.¿ Las emprenderá?

Cuando escribí mi primera opinión jurídica sobre la instrucción de los hechos delictivos que se imputan al Sr. Blesa (Viernes 17 de Mayo) hablé de que se aproximaba la “lucha procesal”; lo que no sabía es que esta guerra llevara visos de ser total, posiblemente, por la patente incorrección jurídica del CGPJ y de su Presidente.

De nuevo, flaco favor a la Administración de Justicia.

Valentín Cortés

lunes, 27 de mayo de 2013


Lunes 27 de Mayo de 2013

 

El barco Fortuna

Leo en “el mundo” digital que los empresarios que regalaron al Rey el barco Fortuna han pedido su reversión.

Como es sabido, el Rey ha renunciado al uso y disfrute del Fortuna. Este barco le fue donado al Monarca por la Fundación Turística y Culturas de las Islas Baleares. De la noticia que leo se desprende que los empresarios, a través de la Fundación, se reservaron el derecho de reversión, para el supuesto que la donación no cumpliera el uso y destino para la que fue hecha. Si el barco no está dispuesto para el uso y disfrute del Rey, la donación se revierte, lo que, según el art. 641 del Código Civil, significa que el barco debe volver a propiedad de la Fundación donante.

Como es lógico desconozco los términos de la donación, pero por lo que leo en la noticia mucho me temo que Patrimonio no podrá dedicar el barco a lo que quiera, deberá devolverlo.

Valentín Cortés

viernes, 24 de mayo de 2013


Viernes,24 de Mayo de 2013

El Sr. Moliner


Este señor es Presidente del Consejo General del Poder Judicial; es la cabeza visible del Poder Judicial y preside la administración de este Poder. En esa calidad ha ido a Sevilla y, entre otras cosas, ha declarado a los medios de comunicación, en relación con la Juez Sra. Alaya ( de la hablábamos ayer, sin saber que lo tendríamos que hacer hoy), que “vamos a tomar cartas en este asunto” y que no “ve ni normal ni aceptable que haya imputados en las causas que investiga que esperan varios años para ser citados a declarar”; para añadir que “de momento no se nos ha ocurrido ni estamos en ello”( abrir expediente a la Juez) y “tampoco me consta que la juez este actuando mal”.
Yo comprendo que el ciudadano no jurista debe estar en un estado de confusión grande, porque la declaración de este Sr. es claramente contradictoria: si la Juez lo hace bien, nada hay que decir; si lo hace mal( “vamos a tomar cartas en el asunto”) debe hacerlo ya.
Lo que pasa es que, muy posiblemente, el Consejo General del Poder General es responsable, en su cuota parte, por acción y omisión, de que en asuntos de tanta trascendencia social, pública y mediática, una Juez no tenga la ayuda que realmente necesita, por ejemplo,como dije ayer, la que tiene cualquier Juez de la Audiencia Nacional.
El Sr. Moliner se olvidó de esa parte a la hora de las calificaciones sobre la inaceptabilidad de la situación. ¡Flaco favor a la sociedad a la que se debe!

Valentín Cortés 

jueves, 23 de mayo de 2013


Jueves 23 de Mayo de 2013

La juez Alaya

Todos los medios de comunicación se han hecho eco de que el juez de apoyo se va del juzgado de la Sra. Alaya, por lo que ésta se queda sin ayuda para resolver los asuntos que le están encomendados. Esta Juez lleva cinco grandes causas que afectan a casos de corrupción política en Andalucía.
 El lector de prensa, como yo, puede sacar la impresión de que hay un intento serio de desvincular a esta juez de esos casos de corrupción y que ésta  no quiere desvincularse ni ceder competencias sobre los mismos.
Según la Constitución los jueces son independientes e inamovibles, de modo que cualquier operación, acción u omisión que vaya dirigida a privarle de los casos que le han tocado en reparto juzgar o instruir ataca directamente la Constitución porque ataca la independencia y la inamovibilidad, en sentido amplio, de la Juez.
Es evidente que esta Juez no puede desarrollar todo el trabajo que tiene, sobretodo el que le viene de los grandes temas de corrupción; por eso necesita ayuda ella y la Administración de Justicia en esos casos concretos. Pero la ayuda, además, de un juez de apoyo, para el despacho y resolución de los asuntos “normales” y de los extraordinarios que ella decida, tiene que venir de que se  ponga a su disposición una verdadera oficina judicial especializada ( como la tienen, por ejemplo, en la Audiencia Nacional) y de que las normas de reparto le eximan de asumir nuevos casos “normales” o extraordinarios hasta que se resuelvan los que tiene sobre la mesa.
Si no se hace así, peligra la Justicia, se pone en duda la actuación del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, si hay delitos, a lo peor prescriben, y si no los hay se está sometiendo a los imputados a una tardanza que tampoco es admisible.
Yo comprendo que para algunos la Juez Ayala es un problema; pero el problema no es la Juez Ayala, el problema es Administrar Justicia.
Valentín Cortés

miércoles, 22 de mayo de 2013


22 de mayo de 2013

Las barbas de tu vecino


No sé cuales son las consecuencias políticas y sindicales de que representantes de los sindicatos hayan estado en los consejos de administración de entidades financieras. No es mi tema.
Hoy  los medios de comunicación han dado la noticia de que el Secretario General de Comisiones Obreras, parece, ha decidido que sus liberados o funcionarios no sigan estando presentes en esos consejos de administración o en otros parecidos. Ha dicho que, prácticamente, esos liberados no  “decidían nada” y que “tampoco se enteraban de nada”: vamos, no se les informaba de nada por aquellos que tomaban realmente las decisiones. Aunque cobraban dietas y sueldos.
La responsabilidad de los administradores societarios, según la Ley de sociedades de capital, no se dilucida por el conocimiento o ignorancia que tuvieran esos representantes: es como conducir ebrio,!eso no es un atenuante, es agravante!
La crisis que nos atenaza tiene alguna ventaja: a lo mejor nadie quiere representar mas  el papel de los otros.
Valentín Cortés

martes, 21 de mayo de 2013


Martes,21 de mayo de 2013

Las costas en el proceso contencioso administrativo



La condena en costas del perdedor del proceso me parece que es signo de justicia.

Perece ser, lo leo en www.eleconomista.es, que el Gobierno está preparando un anteproyecto de Ley de la Jurisdicción Contenciosa Adminisrativa, y que en él se contempla la condena en costas como una indemnización, fijada de antemano por el Gobierno, para el pago de las costas por abogado y procurador. De modo que ya no será condena a pagar las costas, sino  condena a pagar una indemnización que el vencedor dedicará, en la medida en que llegue, para pagar a su abogado y su procurador. Así lo he deducido de la noticia que se transmite en el periódico que cito.

Yo creo que el principio de vencimiento significa, en materia de costas, que el que  gane no debe pechar con  ningún coste por haber sufrido un pleito que, tras la sentencia, se deduce que ha sido injusto sufrir. Con la modificación que parece querer introducir el Gobierno, este principio se viene abajo y ,de camino, acabará con parte muy importante de la esencia de la profesión de abogado, pues indirectamente el Gobierno fijará los honorarios como si fueran aranceles. Espero la rápida reacción de los Colegios de Abogados.
Valentín Cortés


lunes, 20 de mayo de 2013


Lunes, 20 de Mayo de 2013

La responsabilidad del Consejo General del Poder Judicial -


No hay cosa mas triste que una arrancada de caballo que termina en parada de pollino. Lo digo por la causa que se sigue contra el Sr. Blesa.
Dije el viernes que ahora empezaba la guerra, pero no me imaginaba la guerra que estaba preparada. Por lo que leo, el fiscal va a pedir la nulidad de todo, “Manos Limpias”, parte acusadora, arremete y denuncia al fiscal por creer que está favoreciendo al Sr. Blesa y pide su sustitución,y, para colmo, pide al Consejo General del Poder General, que le ponga al Sr. Silva(el Juez) un juez de apoyo, para que se pueda dedicar, me imagino, de lleno a este caso; nunca había sabido de un celo parecido en una parte acusadora que no encuentra apoyo en el Ministerio Fiscal. Y por si fuera poco, nos hemos enterado por prácticamente toda la prensa, que el Sr.Juez no es precisamente un modelo en el cumplimiento de sus obligaciones civiles.
Y mientras tanto, el pueblo ( que, como en el mirabrás, “es sabio y me abona, voz del pueblo, voz de cielo”), empujado por una prensa,radio y TV poco formadas y nada cultas, clama y está desorientado, porque en la plaza pública no se va a “ajusticiar” a nadie, como parece que iba a ocurrir.¡El poder de los ricos!
Pero para “ajusticiar” siempre ha hecho falta(supuesto todo lo demás, que ya veremos) un verdugo. Los verdugos, si seguimos el símil, tienen que ser formados, vigilados, inspeccionados, incluso, sancionados, por el Consejo General del Poder Judicial, que,  es evidente, no cumple con su deber si es verdad lo que cuentan del Juez y de lo que hace; y si son infundios, que ampare de forma inmediata a este Juez, para que no haya ni caballos ni pollinos.
Valentín Cortés