Martes 20 de Marzo de 2018
El pasaporte de los fugitivos
He leído en
www.republica.com un extenso reportaje
sobre la petición que la Fiscalía del Tribunal Supremo ha hecho al Magistrado
instructor de la causa por rebelión, sedición y malversación de fondos que se
sigue, entre otros, contra los independentistas catalanes fugitivos en el
extranjero.
Se trata,
por lo leído, de poner fin a una serie de “viajes de propaganda política” que
estos señores han empezado a realizar a determinados países europeos, en los
que tienen mas o menos seguridad que es difícil que se proceda a la detención y
entrega a España por los delitos de rebelión y sedición. Me imagino que la Fiscalía
ha estudiado el tema y que la petición que se hace tendrá un serio fundamento
jurídico penal.
Tengo que
decir que el fin de las medidas cautelares (y no olvidemos que lo que pide el
Fiscal es una medida cautelar penal), es asegurar, primero, la realización del
juicio y, en segundo lugar, el cumplimiento de la condena que pudiera recaer en
el juicio. Desde este punto de vista, que es estrictamente procesal, no veo
claro que la medida cautelar pedida tenga acomodo en el concepto que tiene la
Ley de Enjuiciamiento Criminal de esas medidas, pues, según mi modesta opinión jurídica,
la anulación de los pasaporte de los fugitivos está destinada más a evitar el menosprecio
a la Justicia española, que la viabilidad de la resultancia del futuro juicio.
Por todo
esto, me imagino que el Magistrado Ponente no accederá a lo pedido por la Fiscalía.
Valentín
Cortés
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