Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 18 de septiembre de 2013


Miércoles 18 de Septiembre de 2013

 

El disco duro

 

La Administración  de Justicia está tan mediatizada que  toda la prensa digital de hoy da como noticia importante que la Fiscalía Anticorrupción se opone a que el Juez de Instrucción abra una investigación sobre la destrucción del disco duro del ordenador que usaba el Sr. Bárcena en la sede del PP.
¡Es absolutamente sorprendente!
Puede ser que el Juez al final abra esa investigación y, una vez abierta, ¿qué? Y si no la abre ¿qué?
En el Derecho debemos movernos, aunque sea  por pura higiene mental, en un plano distinto al de los medios de comunicación y al de los partidos políticos. Tenemos que comprender que los periodistas y los partidos políticos van por su camino, y lo que para ellos es importante, porque en ese terreno la  mera suposición es un valor mediático diario, a lo mejor para la Justicia es indiferente. Porque en el “totum revolutum” la Justicia no gana, pero la prensa tiene páginas que llenar y los partidos tienen motivo para atacar al contrincante.
Pero hay servidores de la Justicia que retrasmiten las actuaciones judiciales como si fueran un partido de futbol: ¡hasta con emoción!
Contra antes salga la Justicia de ese bucle, mejor para todos.

Valentín Cortés

martes, 17 de septiembre de 2013


Martes, 17 de Septiembre de 2013

¿Ser, parecer o dar motivos para que parezca?: Esa es la cuestión.

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado las recusaciones presentadas por la Generalidad y Parlamento de Cataluña que afectaban al Presidente del TC. Parece ser que el Sr. Presidente era, al ser nombrado magistrado, hace ya bastantes años, miembro del Partido Popular.

Estas recusaciones no podían tener un planteamiento jurídico en sentido estricto, porque ni la  Constitución ni la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional impiden que un magistrado sea militante de un partido político. Quizá el constituyente entendió que al contrario de los órganos judiciales, el TC es claramente un órgano, jurisdiccional de claro origen político. No conozco a nadie que niegue esto. Ahora bien, esta militancia ¿elimina, por sí, la apariencia de imparcialidad? Este es el problema que habrán resuelto los magistrados, pues la carencia de apariencia es motivo de recusación.

Y tendrán que hilar con firmeza el descosido que se ha producido ( de claro origen y contenido político) porque lo que digan tiene que valer para el futuro, pues, que yo sepa, a todos y cada uno de los magistrados se les podría tachar de falta de apariencia de imparcialidad en casos parecidos, pues todos han sido nombrados en circunstancias de lucha, enfrentamiento y componenda políticas.

Porque, ¿Qué es peor, a efectos de perdida de la apariencia de imparcialidad, ser de un partido político, parecerlo, o dar motivos para que lo parezca?

Valentín Cortés

 

lunes, 16 de septiembre de 2013


Lunes, 16 de Septiembre de 2013

 

El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo

 

Me ha costado trabajo encontrar en la prensa digital referencia al discurso del Sr. Moliner, Presidente del Consejo General del Poder Judicial (CJPJ) y del Tribunal Supremo, en el acto de apertura del año judicial español. Por el contrario, todos los medios hacen referencia al discurso del Fiscal General. Realmente sintomático.

Por lo que he leído, siento decir que no ha estado a la altura de las circunstancias. En este momento, en el que la política está más judicializada que nunca y en el que la judicatura está más politizada que nunca; en este momento, en donde es cada vez más patente la falta de formación de nuestros jueces, porque están expuestos y se les ve por los ciudadanos en sus carencias, miserias y sectarismos; en este momento, en el que el CJPJ es un semidero de luchas para tomar posiciones que tienen un contenido claramente político, yo siento un poco de vergüenza,( entiéndase bien, jurídica) por saber que el Presidente del Consejo se ha quejado sotretodo, en grandes líneas, de la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial( aprobada solo con  los votos del Partido Popular) y de la falta de medios en los Juzgados y Tribunales. ¡Como si la Justicia se arreglara con medios y con más reformas, aunque sean por consenso, como quiere el Presidente! ¿Alguien cree, de verdad, que con  esos esquemas podemos  salir de este marasmo judicial en el que nos encontramos?

¿El Sr. Moliner no se da cuenta, acaso, de lo que preside? ¿Por qué no traslada, por poner un único ejemplo, a los ciudadanos, en su discurso, las luchas políticas que existen dentro del Consejo para ser Presidente de cualquier Sala, Magistrado de cualquier Tribunal, o cualquier otro puesto, cuyo único objetivo, me gustaría equivocarme, parece que es solo obtener un posición privilegiada política que sirva al partido correspondiente, que más tarde será recompensada?

Valentín Cortés

 

viernes, 13 de septiembre de 2013

6Viernes,13 de Septiembre de 2013

La causa de la causa es la causa del mal causado


No quiero que termine la semana, tan llena de noticias de gran impacto, sin hacer referencia a algo que se publicó en la prensa el pasado día 11, que, lógicamente, pasó a un segundo plano. Pero jurídicamente tiene enjundia.
Todo lo que pasó por el medievo, que tenía algo que ver con la lógica, fue consagrado sin matices y sin sentido común: así pasó con muchos principios de derecho romano. El del titulo de este comentario es uno de ellos (causa causae est causa causati”.
El Juez que lleva el caso del accidente ferroviario de Santiago es un ejemplo, lo digo con todo respeto, de lógica sin matices y sin sentido común. Ha imputado a los presidentes y consejeros de  Adif desde que se inauguró la línea ferroviaria en donde se produjo el accidente hasta ahora porque, dice la prensa que dice al auto, que no he encontrado para leerlo, que no eligieron a las personas capacitadas para los puestos de encargados de la seguridad Yo me pregunto, si seguimos con la “lógica” de Juez, ¿por qué no imputa a los accionistas que nombraron a esos consejeros?
Creo que los penalistas están mas o menos de acuerdo en que esta cadena tiene un límite cual es la posibilidad de la imputación subjetiva del resultado( las muertes) al comportamiento del sujeto( los presidentes y consejeros).
No entiendo mucho de estos temas, pero me parece que cuando hay una limitación de velocidad es( pura lógica) porque estaba establecido un máximo de velocidad para correr por ese tramo de la vía; desgraciadamente el maquinista casi triplicó aquel limite: en esas condiciones la vía no es segura.
Buscarle cinco patas al gato quizá sea fruto de querer buscar responsabilidades civiles. Si es así, el método está equivocado y se sigue teniendo poco sentido común.

Valentín Cortés6Viernes,13 de Septiembre de 2013

La causa de la causa es la causa del mal causado


No quiero que termine la semana, tan llena de noticias de gran impacto, sin hacer referencia a algo que se publicó en la prensa el pasado día 11, que, lógicamente, pasó a un segundo plano. Pero jurídicamente tiene enjundia.
Todo lo que pasó por el medievo, que tenía algo que ver con la lógica, fue consagrado sin matices y sin sentido común: así pasó con muchos principios de derecho romano. El del titulo de este comentario es uno de ellos (causa causae est causa causati”.
El Juez que lleva el caso del accidente ferroviario de Santiago es un ejemplo, lo digo con todo respeto, de lógica sin matices y sin sentido común. Ha imputado a los presidentes y consejeros de  Adif desde que se inauguró la línea ferroviaria en donde se produjo el accidente hasta ahora porque, dice la prensa que dice al auto, que no he encontrado para leerlo, que no eligieron a las personas capacitadas para los puestos de encargados de la seguridad Yo me pregunto, si seguimos con la “lógica” de Juez, ¿por qué no imputa a los accionistas que nombraron a esos consejeros?
Creo que los penalistas están mas o menos de acuerdo en que esta cadena tiene un límite cual es la posibilidad de la imputación subjetiva del resultado( las muertes) al comportamiento del sujeto( los presidentes y consejeros).
No entiendo mucho de estos temas, pero me parece que cuando hay una limitación de velocidad es( pura lógica) porque estaba establecido un máximo de velocidad para correr por ese tramo de la vía; desgraciadamente el maquinista casi triplicó aquel limite: en esas condiciones la vía no es segura.
Buscarle cinco patas al gato quizá sea fruto de querer buscar responsabilidades civiles. Si es así, el método está equivocado y se sigue teniendo poco sentido común.
Valentín Cortés 

jueves, 12 de septiembre de 2013

Jueves,12 de Septiembre de 2013


La responsabilidad de los políticos

Desde el punto de vista jurídico y constitucional todos los que ayer se manifestaron para pedir la constitución de un estado catalán tienen el derecho de hacerlo y pedirlo.
Para conseguir tal fin hay que modificar la Constitución, lo que se ha de hacer, en este caso, de acuerdo con lo que se establece en su Art. 168. En pocas palabras: propuesta de modificación por las dos terceras partes de las dos Cámaras; disolución de las Cámaras; ratificación por las nuevas Cortes de la propuesta de modificación (mayoría de dos tercios de ambas Cámaras), aprobación del nuevo texto (aprobación por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras) y referéndum  de ratificación.
Como – es de una lógica aplastante – la soberanía reside en el pueblo español (Art.1.2 C.E), el referéndum tiene que ser de todo el pueblo español.
Me temo que este procedimiento no les gusta a los que ayer se manifestaban; lo que pretenden, constitucionalmente hablando, no es sino la ruptura de la Constitución y eso nunca ha dado, ni aquí ni fuera de aquí, buen resultado político y social.

Valentín Cortés

miércoles, 11 de septiembre de 2013


Miércoles, 11 de Septiembre de 2013

El auto de la Juez Alaya

El auto de ayer de la juez Alaya en el asunto de los EREs fraudulentos tiene un significado concreto que hay que comentar para que se sepa por el público donde estamos.

La Juez Alaya no puede imputar, en sentido estricto, a personas que están aforadas, es decir, que deben ser juzgados por el Tribunal Superior de Andalucía o por el Tribunal Supremo, previa la autorización de la Cámara Parlamentaria correspondiente (art. 71 de la Constitución).

Lo que ha hecho es aplicar el art. 118 bis en relación con el art. 118, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ha considerado que de todo lo que viene actuado en relación con otras personas, y de las declaraciones de algunos de los imputados judicialmente y de los informes que obran en la causa ( que los cita), se deduce que los aforados están siendo denunciados de la comisión de actos delictivos que pueden ser constitutivos de prevaricación o malversación. Siendo así, para preservar su derecho de defensa, se les comunica la existencia del procedimiento en calidad de “imputados” (denunciados por terceros) ex art. 118 bis. Así, podrán conocer las imputaciones que le han hecho determinadas personas y organismos o instituciones, personarse o no en la causa y actuar a favor de sus intereses.

A mí me parece un auto irreprochable, desde el punto de vista procesal. Otra cosa es que guste a los afectados, porque esto anuncia peores resoluciones judiciales.

Valentín Cortés

 

 

martes, 10 de septiembre de 2013


Martes 10 de Septiembre de 2013

 

Los políticos y el lenguaje.-

He leído en Expansión que el Sr. Rubalcaba ha dicho que “la reforma laboral será la primera ley que nos carguemos” (sic).

Jurídicamente, si hablara  o intentara hablar desde este ángulo, queda menos violento y más adecuado. Podría haber dicho “Cuando lleguemos al Gobierno derogaremos la reforma laboral”. El resultado sería el mismo.

Ahora bien, para que una norma derogue a otra norma, en pura técnica jurídica, es necesario dos cosas; o que la circunstancias hayan cambiado de modo tal que la vieja norma se demuestre obsoleta; o que se tenga la convicción de que la nueva norma, sabiendo cual será, va a producir mejores y más duraderos efectos que la vieja que se piensa derogar.

Si repaso la noticia no veo más argumento en lo dicho por el Sr. Rubalcaba que la afirmación escueta de que la reforma laboral ha tenido y tiene efectos negativos en la creación y calidad de empleo; pero no apunta a señalar las pautas de la nueva ley para crear empleo y mejorar la calidad de éste.

También habla de que ha tenido la reforma laboral repercusiones en el descenso de ingresos de la Seguridad Social, porque, dice, la reforma “ha obligado a bajar los salarios” (sic), que son la base de la cotización.

A la vista de esto, quizá sería bueno que, además de hablar jurídicamente, se pensara también desde este punto de vista antes de derogar ( no cargarse) una norma jurídica. Lo exige la seguridad jurídica.

Valentín Cortés