Viernes 14 de Junio de 2024
La amenaza legislativa
A lo largo de mi vida profesional -dedicada al
Derecho, en general, y al Derecho Procesal, en particular- he visto cómo los
instrumentos jurídicos se convertían en medios muy usados en nuestra sociedad
como amenaza (“te pongo una demanda…”, “interpongo una querella
contra ti…”, “te voy a denunciar…”). Pero nunca había oído a un Presidente de
Gobierno amenazando con promulgar una ley, restringiendo las funciones de un Órgano
del Estado [Consejo General del Poder Judicial(CGPJ)] si un partido político (PP)
no se ponía de acuerdo con él (¿no aceptaba?) en los nombres de los Consejeros para la renovación
del Consejo, dando para ello un plazo perentorio de quince días (también plazo
muy común en las amenazas con interponer demandas, querellas, etc.)
Evidentemente no sé lo que se le
habrá ocurrido al Presidente, o a sus asesores, pero sí sé que el tono de
amenaza es incuestionable, y que cuando se amenaza se hace para anunciar un mal
al amenazado y un bien al amenazador, y que, en este caso, ese bien consiste en
una ley de modificación de las funciones del CGPJ que favorecerá al Gobierno
actual.
No tengo que decir que todo esto me
parece inadmisible desde el punto de vista constitucional, que consagra, como sabemos,
un principio que tanto el Sr. Presidente como sus asesores jurídicos tienden a
soslayar tantas veces como les conviene: el de separación de Poderes. Ya
dice el Presidente del CGPJ que no es admisible cambiar el sistema de elección
de los magistrados del Tribunal Supremo para que el Gobierno influya( www.europapress.es); y antes, yo digo, ni
amenazar con utilizar al Poder Legislativo para obtener un resultado que le
permita utilizar también al Poder Judicial.
Valentín Cortés
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