Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 11 de abril de 2024

 

Jueves 11 de Abril de 2024

Conflicto institucional

La prensa da cuenta de la aprobación por el Senado del planteamiento de conflicto institucional con el Congreso por la tramitación de la ley de Amnistía( vid.www.europapress.es, por todos). Es previsible que el Congreso niegue que se ha atribuido competencias que corresponden al Congreso y Senado conjuntamente( arts.167 y 168 de la Constitución) y que el conflicto deba, si sigue adelante por el Senado, resolverlo el Tribunal Constitucional.

 Fuera del problema político y de oportunidad que plantea, en ese caso, acudir al Tribunal Constitucional( bien visto y tratado en www.elmundo.es) el tema es jurídicamente muy importante: es decir, con independencia de los distintos motivos de inconstitucionalidad de la ley, lo que plantea en palabras sencillas el Senado es que la amnistía( que afecta a la distribución de funciones entre los distintos Poderes del Estado) es tema de reforma constitucional; no se pueden limitar los poderes del Judicial a favor del Ejecutivo sin reformar la estructura constitucional del Estado; y, en ese caso, las competencias del Senado no son evidentemente las de tramitar y aprobar o no una ley Orgánica, sino mucho más determinantes.

Estos argumentos en absoluto son baladíes; antes, al contrario, son de una enorme profundidad jurídica y deberían ser estudiados a fondo por el Congreso y, en su caso, por el Tribunal Constitucional, aunque éste, que ha admitido sin inmutarse la tesis de la jurisprudencia creativa y constructiva de la Constitución, creando derechos constitucionales ex novo ( sentencias sobre aborto y eutanasia) mucho dudo que sea sensible a la tesis del Senado que ataca el núcleo y esencia de esa novedosa y rechazable jurisprudencia.

Valentín Cortés

No hay comentarios:

Publicar un comentario