Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 27 de abril de 2021

 

Martes 27 de Abril de 2021

Una idea equivocada para  el fin del estado de alarma

Leo en www.europapress.es de hoy la noticia que da cuenta de la intención del Gobierno de elaborar un decreto-ley que recoja la prórroga de las medidas sociales que se han ido tomando con el estado de alarma y que perecen con el fin de este, previsto para los primeros días de Mayo. El argumento jurídico-constitucional que maneja el Gobierno, según la agencia de noticias, es que “son medidas que, en todo caso, no necesitan del estado de alarma siga vigente ya que no tienen que ver con la restricción de derechos fundamentales”.

Siendo así, mucho me temo que vamos a recorrer un camino de claro desbordamiento de la Constitución, porque el argumento que, se dice, maneja el Gobierno no se sostiene según nuestra opinión desde el punto de vista constitucional. Recuérdese que ese conjunto de medidas sociales, en la mayoría de los casos, por no decir en su totalidad, descansa en la negación o limitación del ejercicio del derecho a la tutela efectiva de otras personas: así, (por sólo poner tres ejemplos) el empresario no puede despedir, el arrendador no puede desahuciar a sus arrendatarios incumplidores; el acreedor no puede solicitar el concurso contra su deudor insolvente. Y en caso de que pudiera, ve como el órgano judicial paraliza la acción con permanencia en el tiempo. Todo ello supondría, siempre, como mínimo, la negación de un derecho constitucional recogido en el art. 24 de la Constitución: el de tutela efectiva. Y como hemos dicho en otras muchas ocasiones, no son los ciudadanos quienes deban sufrir con limitación de sus derechos fundamentales las consecuencias de la política social del Gobierno.

Valentín Cortés

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario