Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 13 de septiembre de 2023

 Miércoles 13 de Septiembre de 2023

La amenaza de la amnistía (III)

La amnistía que pide el prófugo Sr. Puigdemont y demás independentistas ( no lo digo yo, lo dicen los protagonistas:vid. todas las manifestaciones pomposas de estos políticos en los medios de comunicación en estos días, especialmente con ocasión de la llamada Diada), es una exigencia ineludible(pero no suficiente) para dar sus votos afirmativos en la investidura del Sr. Sánchez a la presidencia del Gobierno. Ese condicionante quita cualquier atisbo de legitimidad constitucional a la propuesta de aquella y su aceptación y materialización por las Cortes. Se trataría de una amnistía por y para favorecer a determinados partidos políticos y a sus dirigentes y seguidores: sería la moneda de cambio para poder ser Presidente de Gobierno. El Estado con esta amnistía queda, pues, al servicio de determinados políticos y opciones políticas, lo que califica su ilegitimidad e ilegalidad constitucional por sí mismo como un monumento al imperio de la desigualdad (art. 14 de la Constitución). No cabe más contenido espurio desde el punto de vista jurídico-constitucional. Y no cabe, pues, alegar la ignorancia y el desconocimiento de la finalidad de esta amnistía, no cabe ignorarla ni tergiversarla, como tampoco cabe duda alguna de su naturaleza anticonstitucional. Por eso mismo, cualquier autoridad o funcionario que aceptara la legitimidad de esta posible amnistía, es evidente, bajo nuestro criterio, que prevaricaría.

Pero es que, además, el objeto de la amnistía y su campo de acción, delimitado lógicamente por los actos delictivos en rededor del golpe de Estado del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, acabaría igualmente con el principio de igualdad de los españoles (art. 14 de la Constitución), pues inexorablemente habría delincuentes favorecidos por la amnistía y otros con los mismos delitos, cometidos en otras circunstancias, que no lo serían. 

Valentín Cortés

 

 

 

martes, 12 de septiembre de 2023

 

Martes 12 de Septiembre de 2023

La amenaza de la amnistía (II)

Además de lo que decíamos ayer, conviene afirmar que la amnistía no es el indulto. El indulto no elimina la función jurisdiccional; el indulto implica el juicio jurisdiccional y la condena; con esa base el Poder Ejecutivo, en circunstancias no ordinarias, puede perdonar total o parcialmente el cumplimiento de la pena impuesta por el Poder Judicial. Siendo algo excepcional( y, por supuesto, anacrónico) no cabe que el Ejecutivo haga de ese perdón, siempre individualizado, una cuestión general (art.62,i. de la Constitución).

La amnistía, por el contrario, convirtiendo lo blanco en negro, establece que aquello que fue delito ya no lo es; pero obsérvese, el delito como figura persiste en el ordenamiento, la magia de convertir lo blanco en negro se refiere a unos hechos concretos y determinados no a un tipo penal. Siendo así no se puede perseguir al que delinquió y, por ende, no se le puede juzgar y condenar. Esa excepcionalidad no la pueden acordar los parlamentos en un Estado de Derecho si no es refiriéndose a actos delictivos cometidos en ese mismo Estado en una época anterior cuando no estaba vinculado al Derecho. El Parlamento, fuera de esa excepcionalidad que apuntamos (y en la que se enmarca la Ley de Amnistía anterior a la Constitución), no está legitimado para hacer de lo blanco negro, convertir el delito en una acción honorable y legítima, desguarneciendo al Estado y a la sociedad mediante la eliminación de la función jurisdiccional y demás resortes de la Justicia, es decir: eliminando a conveniencia al Poder Judicial.

Tal anomalía democrática y jurídica, en último término, siendo una quiebra de la Constitución, formalmente requeriría su aprobación en Cortes con las mismas garantías que la modificación constitucional (mayorías reforzadas en ambas Cámaras) y referéndum posterior.

Valentín Cortés

 

lunes, 11 de septiembre de 2023

 

Lunes 11 de Septiembre de 2023

La amenaza de la amnistía (I)

No creo que exista ningún jurista serio, por consiguiente,  que defienda o pueda defender que, dentro de nuestra Constitución, o de cualquier constitución que constituya al Estado en uno de Derecho, quepa la amnistía.

La amnistía consigue de una tacada(permítasenos la humorada) eliminar la función jurisdiccional( art. 117 de la Constitución) en determinadas materias delictivas; en esas mismas elimina la función acusatoria del Ministerio Fiscal( art. 124 de la Constitución) y borra la posibilidad de que los ciudadanos, que tienen la acción  particular, privada o popular( art. 125 de la Constitución) pueden ejercitar en esas materias su derecho constitucional a la tutela efectiva que les reconoce el art. 24 de la Constitución. Es, sin más, no un ataque, sino el destrozo del Estado de Derecho y por ende de nuestra Constitución.

 No hace falta que la Constitución la prohíba en una norma expresa, porque lo contrario sería tanto como decir que están permitidos los golpes de Estado porque la Constitución no los prohíbe expresamente . Es tan estúpido el argumento que ofende la inteligencia de cualquier persona. Si además, como en el caso que se anuncia, se lleva a cabo ese destrozo de la Constitución, como moneda de cambio, porque lo exigen aquellos que dieron un golpe de Estado, que quieren legitimarlo con la amnistía (obsérvese que no quieren el perdón del indulto, que exigiría la previa condena), para que un determinado partido gobierne España, llegaríamos irremediablemente a un caso claro de prevaricación en aquellos funcionarios o autoridades que legitimaran con la constitucionalidad a esa posible ley.

En los próximos días completaré esta primera opinión en este primer día del presente curso que hoy abrimos.

Valentín Cortés

martes, 4 de julio de 2023

 

Martes 4 de Julio de 2023

 

 

Hasta Septiembre

 

Como todos los años por estas fechas me despido de ustedes hasta el lunes 11 de Septiembre del presente año.

Quedan un poco más de dos meses de gran actividad política con campaña electoral de por medio, elecciones, lista ganadora y quizá gobierno nuevo. Todo lleno de promesas y esperanzas de distinto tono para unos y otros. Quizá alguna noticia jurídica de enjundia que nos venga de Europa. Nada de ello debe impedirnos el descanso de ustedes en leerme y de yo en escribir para ustedes con el empeño renovado de opinar sólo en Derecho y de olvidarme de todo lo demás por interesante que sea.

Buen verano y que sus deseos, en este caso, políticos se vean ampliamente colmados.

Valentín Cortés

 

lunes, 3 de julio de 2023

 

Lunes 3 de Julio de 2023

Una promesa electoral pensando que los españoles somos estúpidos

La campaña emprendida por el ala comunista del Gobierno (por medio de una vicepresidenta) en la que todos los días prometen y ofrecen cantidades ingentes de dinero, para así obtener el voto (hoy la prensa habla de la oferta de 20.000 € para que todos y cada uno de los jóvenes de este país puedan “emprender”) me plantea de nuevo una pregunta teórica que siempre me he hecho en campaña electoral: ¿hasta dónde  puede llegar a mentir un político para atraerse el voto de los ciudadanos? La mentira es tal en este caso que el ala socialista del Gobierno (por medio de otra vicepresidenta) ha manifestado, en tono de reproche, que la primera tiene que explicar cómo piensa financiar tal medida (vid. la prensa de hoy.

El art. 6 de la Constitución permite a los partidos políticos ejercer su actividad con total libertad dentro del respeto a la Constitución. El respeto es, ciertamente, una regla jurídica pero de carácter indeterminado, lo que hace muy difícil su aplicación al caso que estamos tratando, porque no atisbamos una sanción posible al incumplimiento del respeto exigido en el art. 6, lo que la convierte en una limitación de carácter moral, a no ser que el Presidente del Gobierno la cesara por crear intencionadamente un clima grave de inseguridad jurídica( art.9 de la Constitución). Pero, siendo así, es cierto que votar en unas elecciones es un derecho que, para ejercerlo correctamente, podríamos exigir  se sustente en programas electorales realizables, que no se basen en la imposibilidad y la mentira, y la “sanción” que quizá podríamos aplicar cuando lo advirtamos sea no votar a esas personas. No caigamos, pues, en la tentación de ser estúpidos, porque como advertía lucidamente el Prof. Cipolla, a los estúpidos “las elecciones les brindan una magnífica ocasión de perjudicar a todos los demás, sin obtener ningún beneficio a cambio de su accion”( sic)(votar).

Valentín Cortés

viernes, 30 de junio de 2023

 

Viernes 30 de Junio de 2023

El RDL 5/2025: una práctica a erradicar

Ayer se publicó en el BOE el RDL 5/2023 del que hablamos el pasado miércoles 28 de este mes de Junio. El repaso de las 223 paginas de BOE que ocupa el llamado RDL ómnibus no sólo nos confirma en la opinión que dimos, sino que debemos decir que, además, se trata de un monumental ejemplo de fraude constitucional.

En efecto, no se puede, si es que respetamos la Constitución, modificar decenas de leyes, de decretos-legislativos y decretos-leyes, no ya sin que exista causa alguna razonable de urgencia que se aprecie en ninguna de las modificaciones introducidas, sino  burlando los trámites elementales legislativos que son imperativos para modificar la regulación legal de temas que afectan a todos los órdenes jurisdiccionales, al derecho civil, mercantil, laboral, de seguros, de transportes, de energía y un largo etc. El Gobierno se ha constituido en Poder Legislativo y ha roto el Estado de Derecho. Ha eliminado una vez más, y esta vez con una gran intensidad, el necesario equilibrio de Poderes, que se sustenta tambien en la necesidad de contar con los dictámenes y asesoramientos preceptivos en todo proceso legislativo.

Se produce todo ello, además, con la legislatura terminada y a pocos días de que el Gobierno entre en funciones con lo que la inseguridad jurídica aumenta de forma exponencial.

Sólo queremos expresar nuestra esperanza de que este estado de cosas sea abolido, con la reacción del Poder Legislativo y del Tribunal Constitucional, de forma definitiva de nuestra práctica política.

Valentín Cortés

 

jueves, 29 de junio de 2023

 

Jueves 29 de Junio de 2023

 

Una decisión polémica del Tribunal Constitucional.

No se trata de una decisión jurisdiccional, ni siquiera procedimental, sino de incluir en el orden del día de la Sala Primera del TC la discusión sobre la decisión de anular de oficio una providencia del año 2020 por la que se denegó la admisión a trámite del recurso de unos magistrados que habían optado a una plaza en el Consejo General del Poder Judicial, cuya elección nunca fue incluida en el orden del día de la Mesa del Congreso de los Diputados y del Senado (vid. una amplia reseña sobre la noticia en www.elconfidencialcom). Sobre esa providencia conoció, en recurso, el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), cuya decisión fue objeto de opinión en este blog el pasado día 23 del presente mes; a ella nos remitimos.

Según nuestra opinión el derecho vulnerado de esos magistrados (a participar en un proceso de selección) no se reestablece mediante una decisión ahora del Tribunal Constitucional, en la que se declarara que tienen tal derecho, (eso ya lo ha declarado la instancia superior europea) sino por la decisión de la Mesas de ambas Diputaciones Permanentes de proceder a la convocatoria de esta para iniciar el proceso de selección. Podríamos decir que el Tribunal Constitucional ha perdido su competencia sobre un tema que ya está resuelto (a la espera de que se produzca un posible recurso ante la instancia superior europea, la Gran Sala del TEDH).

Pero, es que parece más que dudoso que la Diputación Permanente del Congreso y del Senado puedan asumir estas competencias que, en principio, creo (en una correcta interpretación de los arts. 78,86.116 y 122 de la Constitución) son exclusivas del próximo Congreso y Senado que se constituyan tras las elecciones.

Valentín Cortés