Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 5 de mayo de 2023

 

Viernes 5 de Mayo de 2023

 

La posible armonización de las penas por malversación en la Unión Europea.

Si el anuncio europeo de que, en un futuro inmediato, habrán de armonizarse las penas en la Unión por la comisión del delito de malversación (véase la prensa de ayer y hoy) se materializa en una directiva, el resultado en España será que estaremos obligados a subir las penas que fueron rebajadas en la última reforma que aquí se hizo del Código Penal.

Si se produce esa directiva europea que obligue a España a subir las penas, además de este efecto directo, que no es baladí, lo que quedaría aún más manifiesto que ahora sería que aquella modificación del Código penal dio lugar a una ley ad hoc (claramente anticonstitucional), que pensaba en ciertos políticos ( fundamentalmente catalanes y andaluces) y que, en consecuencia, no se trataba de una ley que resolviera un problema de desajuste en las penas, ni menos que pensara en el bien común de nuestra sociedad, sino tan sólo en el mantenimiento del Gobierno con la asistencia y ayuda de determinados partidos políticos. Un fin que no es atendible si con ello se viola la Constitución.

La experiencia de las últimas decisiones del Tribunal Constitucional me hace temer que esa posible armonización, sin embargo, no tendrá trascendencia alguna en los posibles recursos que lleguen al Tribunal, denunciando por este motivo la anticonstitucionalidad de aquella reforma. Y esto, según mi criterio, añadiría gravedad al tema.

Valentín Cortés

jueves, 4 de mayo de 2023

 

Jueves 4 de Mayo de 2023

La observancia de la Ley electoral por el Gobierno

El expediente abierto por la Junta Electoral Central a la Ministra Portavoz del Gobierno, por contravenir la ley electoral con sus manifestaciones en la rueda de prensa tras los Consejos de Ministros, del que hoy se hace eco la prensa en general, es un indicador más de esa tendencia, que ya hemos denunciado en otras ocasiones en este blog, que tiene el Gobierno de no respetar la Ley, cuando la aplicación de la misma se opone a los fines que se ha propuesto alcanzar.

Pareciera que para el Gobierno la única ley aplicable fuera aquella que le gusta; o, dicho de otro modo, no aplica o vulnera las normas jurídicas que no le gustan o que no sirven para alcanzar, por cualquier medio, los objetivos que tiene marcados: en este caso, los electorales. En ese sentido, el Gobierno vulnera conscientemente la Ley electoral ponderando los logros del Gobierno o los errores de la oposición en las citadas ruedas de prensa.

Es claro que se puede discutir sobre muchos y diferentes aspectos de la Ley electoral; incluso, me parece conveniente que se abriera un proceso de reforma del propio sistema electoral y sus complementos, porque responden a un momento histórico constitucional muy preciso de la España moderna; pero si la Ley no se modifica, hay que observarla y cumplirla. Y esto es lo que el Gobierno no hace, como con cierta asiduidad ha venido haciendo durante toda la legislatura en otros sectores legales, económicos y sociales.

Valentín Cortés

miércoles, 3 de mayo de 2023

 

Miércoles 3 de Mayo de 2023

El Ministro Sr. Bolaños y la España autonómica

Tengo que decir que, desde el punto de vista personal, desligado de cualquier connotación jurídica, me produce ternura ver a un ministro del Gobierno de España suplicar estar en la tribuna de autoridades, y presidirla, en una parada militar. Lo digo por un video que he visto del conocido incidente ayer en las fiestas autonómicas del dos de Mayo en Madrid y que publica toda la prensa digital de hoy,  en el que, además, como ocurre en las puertas de las discotecas, el portero deja pasar a unos mientras niega el paso a otros. Ternura.

Otra cosa es que el Ministro de la Presidencia de Gobierno de España desconozca una de las consecuencias, plenamente constitucional, que tiene el que España sea un país fuertemente descentralizado (en la práctica, un país federal) en donde las Comunidades autonómicas manejan una parte importantísima del presupuesto global de las Administraciones españolas y en el que las competencias del Estado, siendo importantes, no son ni mucho menos mayoritarias. En estas circunstancias, y situaciones constitucionales, un ministro del Gobierno es, de hace ya tiempo, un valor en decadencia al que sólo a veces se le abren las puertas de buen grado si está en juego un interés económico para la Comunidad Autónoma, o por mero compromiso social o humano. No parece que alguno de estos casos estuviera ayer en juego en el incidente. En un país centralista el Ministro Sr. Bolaños hubiera presidido la parada militar de las fiestas de Madrid; en España, no y además está fuera de toda consideración, incluso jurídica, pedirlo.

Valentín Cortés

 

viernes, 28 de abril de 2023

 

Viernes 28 de Abril de 2023

La Justicia: una situación consentida y desastrosa

Yo me pregunto cándidamente qué tiene que pasar para que el Gobierno se tome en serio la situación de la Justicia. Lo digo porque hoy se anuncia en la prensa, de forma definitiva, que los jueces y fiscales de este país irán a la huelga indefinida el próximo día 16 de este mes si antes no hay visos de arreglar sus problemas retributivos y funcionales, que no los hay. Esto ocurre al mismo tiempo que los funcionarios de los juzgados y tribunales están en situación de huelga, que igualmente lo van a estar, como decíamos ayer, el enorme  número de abogados de oficio que hay en este país, que solucionan el grave problema de la justicia gratuita, y cuando el Consejo General del Poder Judicial, no es que esté en funciones, que lo está, es que está inhabilitado para ejercer prácticamente sus funciones por una legislación ad hoc que el Gobierno tuvo imprudentemente a bien promulgar para forzar pactos entre los dos partidos que pueden renovar el Consejo citado.

Pienso que este Gobierno, quizá, no es consciente de la importancia constitucional, jurídica y económica que tiene la Justicia en la sociedad española; quizá desconoce la importancia que tiene el derecho constitucional  a la tutela judicial efectiva que tenemos todos los españoles para resolver nuestros conflictos; quizá no es consciente de la enorme inseguridad e incerteza que proyecta en la vida social, o quizá ni siquiera sabe  que estos valores lo son y no son palabras huecas y faltas de contendido, no sólo teórico sino práctico. En mis ya muchos años de vida dedicados al Derecho nunca he visto una situación más catastrófica e insensatamente creada y consentida de la Justicia en España. Y lo peor, no hay visos de que se solucione.

Valentín Cortés  

jueves, 27 de abril de 2023

 

Jueves 27 de Abril de 2023

La Justicia gratuita como deber del Estado

La Constitución (art. 119) establece que la Justicia será gratuita respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Y, correspondientemente, la Ley de Justicia Gratuita establece el modo en el que poder ejercer ese derecho constitucional que establece la norma citada. En la aplicación de esa Ley, elemento subjetivo esencial es el conjunto de los llamados abogados de oficio, que cobran sus emolumentos o sus minutas de la Administración Pública. Es decir, que la asistencia letrada y defensa es gratuita a través de este medio.

Pero lo que no dice la Constitución es que ese deber estatal, que se corresponde a ese derecho que se establece, deba gravar a los profesionales del Derecho (abogados y procuradores), lo que se produce cuando los emolumentos fijados son claramente miserables. Por eso ( vid. la prensa de hoy) mas de 40.000 abogados de oficio están de huelga o amenazan con ella si no es que se arregla este desajuste, porque el Estado no puede pretender cumplir con sus deberes constitucionales a cuenta y cargo de un grupo de ciudadanos, en este caso, abogados y procuradores, como hace en el tema de las viviendas de alquiler con los propietarios que las dan en arrendamiento, según se ha aprobado hoy en el Congreso en la desafortunada e inconstitucional Ley de la Vivienda. En realidad, este Estado no acaba de ser consciente de que los derechos sociales que reconoce la Constitución a determinadas personas se corresponden a deberes sólo y exclusivamente del Estado y no de algún grupo concreto de ciudadanos.

Por tanto, haría bien el Gobierno en arreglar urgentemente este problema que viene a enturbiar aún más la situación terrible que vive nuestra Justicia.

Valentín Cortés

 

miércoles, 26 de abril de 2023

 

Miércoles 26 de Abril de 2023

 

La creación de la Constitución por el Tribunal Constitucional

Tienen razón, según mi opinión, los votos particulares de los Magistrados disidentes en la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la llamada ley Celaá ( vid. la mayoría de la prensa digital de hoy con noticias y comentarios ad hoc) en la materia que se refiere a la constitucionalidad de la denegación de la ayuda estatal a los centros que mantienen una educación segregada por sexo, porque en el art. 27 de la Constitución, se lea e interprete como se quiera leer e interpretar, no existe una imposición constitucional a la educación integrada ( léase el art. 27.2 en concreto), que es lo que crea el Tribunal Constitucional con la sentencia en cuestión, a no ser, claro, que el Tribunal caiga en la arbitrariedad que tambien le está prohibida por el art. 9 del texto constitucional.

El art. 27, 9 de la Constitución obliga a los poderes públicos a ayudar a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca y lo que no puede el Estado es establecer requisitos fuera de la Constitución y, para obviarlo cuando se hace, lo que no puede el Tribunal Constitucional es crear derechos constitucionales allí donde no existen, socavando, además, otros derechos que sí se reconocen en el texto constitucional, como, por ejemplo, el de la creación de centros docentes en el marco de lo establecido en la Constitución( art. 27.6) y el de los padres de dar a sus hijos la educación que entiendan como mejor(27.3).

El Tribunal Constitucional tiene como una de sus misiones  principales interpretar la Constitución, pero ello no le permite crear la norma constitucional; ello está reservado a las Cortes Generales en un complejísimo procedimiento en el que intervienen, además, todos los ciudadanos en referéndum de aprobación.

Valentín Cortés

 

 

martes, 25 de abril de 2023

 

Martes 25 de Abril de 2023

Derogación y reforma de las leyes          

Leo en www.elindependiente.com una noticia-reportaje, según la cual el PP está ultimando un estudio de las leyes que se han aprobado durante la presente legislatura que, según ese partido, deben ser derogadas si es que llega a gobernar en la próxima.

Es evidente que los “bandazos” en el contenido y sentido de nuestro Ordenamiento Jurídico no es un bien en sí mismo; pues la estabilidad, certeza y seguridad jurídicas, que sí son bienes jurídicos en sí mismos, muchas veces piden permanencia de las normas en el tiempo.

Pero, tambien es cierto que, cuando menos, tantas veces como en este blog hemos defendido la opinión de que en esta legislatura se han aprobado decretos-leyes o leyes que rozan la Constitución, o son claramente contrarias a la misma, y son bastantes, tantas veces como nos parecerá bien que esas normas desaparezcan del Ordenamiento Jurídico, pues, en definitiva, lo que hace el Tribunal Constitucional cuando declara anticonstitucional una ley es derogarla.

Pues bien, el problema de derogar leyes es tener muy claro, desde el mismo momento de la derogación, cuál será la regulación legal que se deba hacer (o deba regir) de la realidad social objeto de la norma derogada. En definitiva, en la gran mayoría de los casos, no basta derogar, hay que construir. Y esta labor de reconstrucción exige un trabajo y una pericia realmente considerables. Por eso, me parece bien que, al parecer, dado el tenor de la noticia, no se esté estudiando sólo el tema desde la perspectiva de la simple derogación, sino, más convenientemente, desde la reforma profunda en unos casos y, en otros, parcial o sectorial de las leyes y decretos leyes en cuestión.

Valentín Cortés