Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 31 de enero de 2020


Viernes 31 de Enero de 2020

El cinismo jurídico del Sr. Torrent

Dicen mis amigos ingenieros, que sé que leen este blog, que los juristas somos un poco esotéricos, quizá por eso hay veces que no me entienden. Realmente, el Derecho no es una ciencia oculta. Aunque siempre invocamos, más allá de la letra de la Ley, al “espíritu del legislador”. ¿Qué quiso el legislador? ¿Qué quiso el constituyente de 1978? Es una cuestión que nos planteamos de continuo.

Por eso ahora me cuestiono: ¿Acaso quiso el constituyente que el Sr. Torrent, que es Presidente del Parlamento catalán, justifique su obediencia, como Presidente, a las instancias del Estado, diciendo a su correligionarios que no hay mayoría política todavía para la desobediencia que le exigen (véase prensa digital de hoy). ¿Qué pasa, pues?: ¿que cuando haya esa mayoría sí desobedecerá? ¿Es esto lo que quería el constituyente, o, quizá, de haberlo sabido, hubiera ideado un sistema para que el Sr. Torrent pasara a la silenciosa inanidad política por su evidente deslealtad y cinismo constitucional?

La grandeza de un sistema democrático sería buscar de inmediato fórmulas para sacar del mismo a personajes como el Sr. Torrent. Pero, en cambio, el Gobierno negociará con sus congéneres (con los del sr. Torrent) la próxima semana.

 Realmente, pienso: ¡no somos los juristas tan esotéricos!

Valentín Cortés

 

 

 

jueves, 30 de enero de 2020


 

Jueves 30 de Enero de 2020

La voluntad y el consentimiento en las cláusulas hipotecarias

Tengo que reconocer que causa un poco de candor jurídico leer la noticia( por ejemplo en www.elmundo.es) que el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea( que, como sabemos por experiencia, marca el futuro de la decisión inmediata pero “meditada” del propio Tribunal)mantiene el principio de que no todas las clausulas que tienen apariencia de abusivas en el mundo del consumo( en este caso, en el mercado hipotecario) lo son realmente; que no lo son, dice el Abogado General, cuando existe  conocimiento y consentimiento del consumidor.

Nuestro Código Civil, del ultimo tercio del siglo XIX, inspirado en el Derecho Romano y en el Código Napoleónico, ya tenía muy claro que no falta consentimiento si hay voluntad en el resultado final del negocio y cuando hay voluntariedad, es decir cuando ese resultado es querido y consentido, por las razones que sea, y no es  nunca impuesto.

Pero, bienvenido el sentido común jurídico, aunque sea en algunas de las decisiones de este Tribunal, si es que al final, en este caso, tras la discusión jurídica del Pleno, se acepta el informe del Abogado General.

Valentín Cortés

 

 

 

miércoles, 29 de enero de 2020


Miércoles 29 de enero de 2020
 
Una sentencia del Tribunal Constitucional esperanzadora
Hemos sabido por la prensa que el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional ciertas normas del RDL 7/2019 que regulaban determinados aspectos del mercado de alquiler de viviendas. Ha anulado dos disposiciones adicionales (la primera y tercera). En ellas se encomendaba al Gobierno “un conjunto de acciones”, para dinamizar el mercado de vivienda de alquiler, como “la movilización del suelo público, mediante fórmulas de colaboración publica-privadas o la reorientación del Plan estatal de vivienda hacia el alquiler y acuerdos entre administraciones para agilizar las licencias urbanísticas”.
Cualquier lectura sosegada de estas atribuciones nos permite llegar a la conclusión de que el DL daba al Gobierno carta blanca para hacer y deshacer en este mercado y todo ello con la pretensión de existir la extraordinaria y urgente necesidad de la que habla el art. 86.1 de la Constitución, que habilita al Gobierno para dictar estas normas legislativas. Era todo un despropósito y abuso legal de las atribuciones extraordinarias que concede la Constitución al Gobierno, que afortunadamente el Tribunal Constitucional ha parado y, además, en tiempo récord.
Valentín Cortés

martes, 28 de enero de 2020


Martes 28 de Enero de 2020

Un terreno ciertamente peligroso

Es difícil sustraerse en nuestras opiniones jurídicas de cada día a lo que sucede en Cataluña o tiene su origen en la política y sociedad catalanas. Pero sucede que cualquiera de los medios digitales de hoy tienen en primera página la advertencia del Sr. Junqueras, en el Parlamento catalán, de que están dispuestos a celebrar otro referéndum que los lleve a la “amada” republica catalana; recogen la noticia de que el Tribunal Constitucional insta a la Fiscalía a investigar si el Sr. Torrent, que es Presidente del Parlamento catalán, ha cometido delito de desobediencia en relación con sus órdenes; y, para poner y ultimo ejemplo, todos esos medios se hacen eco de que el Presidente de Gobierno, a pesar de todo,  ha fijado el próximo día 6 de este mes su reunión con el Sr. Torra, Presidente condenado a inhabilitación, para hablar del conflicto catalán.

Realmente, esas noticias tienen tal contenido jurídico que es imposible sustraerse a ello, e indican, y es lo que quiero decir hoy, que la política catalana está llena de antijuridicidad y de ilegalidad, al tiempo que de anormalidad, por eso podemos y debemos  opinar de ellas desde nuestro único punto de vista: el jurídico. Y esta es nuestra opinión jurídica de hoy: inmiscuirse en esa política, confundirse con ella, buscar la solución en y con ella, irremediablemente, mete al Gobierno de la Nación en un terreno muy peligroso, en donde es fácil perder la perspectiva y caer en el terreno de la ilegalidad. No sé si el Sr. Sánchez es consciente de ello.

Valentín Cortés

lunes, 27 de enero de 2020


Lunes 27 de Enero de 2020

El fracaso anunciado de la via del fraude

El Sr. Torra ya no es diputado del Parlamento catalán, debido(me imagino) a un acto de reflexión jurídica del Presidente del Parlamento catalán y de los componentes de la Mesa, en los que ha predominado, también me imagino, la posibilidad de incurrir en delito,

De acuerdo con el art. 67.2 del Estatuto catalán, que exige que el Presidente sea un elegido entre los diputados del Parlamento, el Sr. Torra debería ser cesado de inmediato como Presidente de la Generalidad, porque, en justa interpretación normativa, no cabe la posibilidad estatutaria de que un no diputado sea Presidente de la Generalidad. Sin embargo, en este momento esa anomalía jurídica se está produciendo, porque, supuesto que esa misma norma del art. 67, en el apartado 7, establece que será causa de cese y revocación del nombramiento, entre otras, la inhabilitación por sentencia penal firme, a ello se aferran los interesados para manifestar que puede seguir siendo Presidente de la Generalidad hasta tanto la sentencia de inhabilitación no sea firme.

La tendencia al fraude legal, a la trampa y a la interpretación normativa ilegal pro domo sua (art.3.1 del Código Civil), aunque sea una interpretación contra derecho, no cede, pues, en la política catalana, que inexorablemente está condenada al fracaso. Basta echar la mirada para atrás y ver el elenco de políticos catalanes condenados, investigados, fugados, o inhabilitados para comprobar que esa tendencia a la violación y fraude legales no conduce a ningún sitio.

Valentín Cortés

viernes, 24 de enero de 2020


Viernes 24 de enero de 2020

Un toque de esperanza

El auto del Tribunal Supremo sobre el que opinábamos ayer ha dado pie a la Junta Electoral Central para dar un plazo perentorio al Parlamento catalán para que declare vacante el acta de diputado que actualmente ocupa el Sr. Torra. Todo indica (vid. la prensa digital de hoy) que, por mas curioso que nos pueda parecer, esto ha producido una especie de conmoción política en las filas del independentismo, que se debate entre obedecer o no, porque a estas alturas de ese debate ya no cabe más la utilización del fraude.

Ese es el problema del continuo intento de aquellos que quieren soslayar la Ley, aparentando que no, a través del fraude de Ley, del subterfugio, de la interpretación interesada: hay un momento en que, como les ocurre a los toreros, se quedan “al descubierto” y el toro los empitona.  El Sr. Sánchez ha creído descubrir el remedio: la modificación de la Ley. Pero es el caso que, sin ser muy consciente de ello, ha entrado en la misma espiral del fraude de los independentistas; a la postre no hay manera de seguir funcionando enredados en el constante fraude. Por eso hay que estar esperanzado de que el Estado de Derecho siempre prevalece: eso es lo que, mutatis mutandi”, nos dice la Historia y, por cierto, el sentido común.

Valentín Cortés

Viernes 24 de enero de 2020

Un toque de esperanza

El auto del Tribunal Supremo sobre el que opinábamos ayer ha dado pie a la Junta Electoral Central para dar un plazo perentorio al Parlamento catalán para que declare vacante el acta de diputado que actualmente ocupa el Sr. Torra. Todo indica (vid. la prensa digital de hoy) que, por mas curioso que nos pueda parecer, esto ha producido una especie de conmoción política en las filas del independentismo, que se debate entre obedecer o no, porque a estas alturas de ese debate ya no cabe más la utilización del fraude.

Ese es el problema del continuo intento de aquellos que quieren soslayar la Ley, aparentando que no, a través del fraude de Ley, del subterfugio, de la interpretación interesada: hay un momento en que, como les ocurre a los toreros, se quedan “al descubierto” y el toro los empitona.  El Sr. Sánchez ha creído descubrir el remedio: la modificación de la Ley. Pero es el caso que, sin ser muy consciente de ello, ha entrado en la misma espiral del fraude de los independentistas; a la postre no hay manera de seguir funcionando enredados en el constante fraude. Por eso hay que estar esperanzado de que el Estado de Derecho siempre prevalece: eso es lo que, mutatis mutandi”, nos dice la Historia y, por cierto, el sentido común.

Valentín Cortés