Lunes 27 de Enero de 2020
El fracaso anunciado de la via del
fraude
El Sr. Torra ya no es diputado del
Parlamento catalán, debido(me imagino) a un acto de reflexión jurídica del
Presidente del Parlamento catalán y de los componentes de la Mesa, en los que
ha predominado, también me imagino, la posibilidad de incurrir en delito,
De acuerdo con el art. 67.2 del
Estatuto catalán, que exige que el Presidente sea un elegido entre los
diputados del Parlamento, el Sr. Torra debería ser cesado de inmediato como
Presidente de la Generalidad, porque, en justa interpretación normativa, no
cabe la posibilidad estatutaria de que un no diputado sea Presidente de la
Generalidad. Sin embargo, en este momento esa anomalía jurídica se está produciendo,
porque, supuesto que esa misma norma del art. 67, en el apartado 7, establece
que será causa de cese y revocación del nombramiento, entre otras, la inhabilitación
por sentencia penal firme, a ello se aferran los interesados para
manifestar que puede seguir siendo Presidente de la Generalidad hasta tanto la
sentencia de inhabilitación no sea firme.
La tendencia al fraude legal, a la
trampa y a la interpretación normativa ilegal pro domo sua (art.3.1 del Código
Civil), aunque sea una interpretación contra derecho, no cede, pues, en la política
catalana, que inexorablemente está condenada al fracaso. Basta echar la mirada
para atrás y ver el elenco de políticos catalanes condenados, investigados, fugados, o
inhabilitados para comprobar que esa tendencia a la violación y fraude legales
no conduce a ningún sitio.
Valentín Cortés
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