Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 27 de junio de 2016


Lunes 27 de Junio de 2016 

La ley electoral y su reforma

El Sr. Rivera, ayer en plena constatación de su fracaso electoral, llamó a la ley electoral “ley criminal” y prácticamente vino a decir que quien quisiera pactar con su partido tendría que unirse a su deseo de cambiar dicha ley. Habló y se quejó que ¡la perdida de nueve décimas de votos había sido castigada con la perdida de ocho diputados!; aunque, realmente, menos  manipulador y lastimero hubiera sido decir que la pérdida de 373.412 votos (un 10,68% de los que le votaron en Diciembre, dejaron de hacerlo) le ha supuesto, en el sistema proporcional, la perdida de ocho diputados. Menos manipulador y más acorde con nuestro sistema proporcional, pues teniendo su partido sólo el 13,05% de los votos ha obtenido 32 escaños.

Hoy, tanto Ciudadanos como el Partido Socialista han dicho que ni por activa o pasiva facilitarán un Gobierno del Sr. Rajoy.

Yo estoy de acuerdo en modificar la Ley electoral, pero no para lo que dice el Sr. Rivera, sino para evitar que se pueda, tras unas elecciones (ahora serían las segundas), boicotear, por activa o por pasiva, la voluntad muy mayoritaria del pueblo soberano, sin ofrecer alternativa a cambio, que no parece haberla, porque si la hubiera nada diría. Para eso un sistema a doble vuelta, sería un bálsamo para unos y un repelente eficaz para otros.

Valentín Cortés

viernes, 24 de junio de 2016


Viernes 24 de Junio de 2016 

La voluntad del pueblo soberano

Hoy que todo está lleno de pésimos augurios políticos y malísimas realidades económicas para los británicos y para los demás, ya digo que en poco tiempo, quizá días, nos platearemos los europeos dos cuestiones que tienen gran contenido jurídico.

Sin duda se va a iniciar el debate de los límites objetivos de los referenda, pues es evidente que las decisiones que toma el pueblo soberano sobre una cuestión determinada pueden tener unos efectos, directos e indirectos, que por fuerza no se han podido prever; y cualquier acto de voluntad (como lo es ir a una urna y depositar la papeleta del sí o del no) para no ser cuestionado debe asumir esa condición esencial del conocimiento.

El segundo debate será dilucidar quién pagará los platos rotos que produce la decisión (obviamente, y además, ignorante) de un pueblo soberano en los bolsillos de ciudadanos de otros pueblos igualmente soberanos. Porque toda la ingente normativa de la Unión Europea (puro Derecho) se ha promulgado, y aceptado por el resto de los países, bajo el principio de una permanencia de sus miembros, si no de Derecho, si de facto  y, por si fuera poco, para siempre.

Y aunque pueda parecer exagerada esta opinión, ya anuncio que la solución de estos problemas, eminentemente jurídicos, aunque con enorme trascendencia económica, política y social, condicionará la política de futuro de la Unión Europea.

Valentín Cortés

jueves, 23 de junio de 2016


Jueves 23 de Junio de 2016

Las grabaciones del Ministro del Interior: segunda y última parte.

 Casi todos los diarios digitales recogen la noticia de la petición que han hecho los investigados (al menos el Sr. Mas) en las causas penales por la convocatoria y celebración del referéndum ilegal celebrado en Cataluña, para que, a la vista de lo que dicen las transcripciones de la conversación entre el Ministro del Interior y el Director de la Oficina   Antifraude de Cataluña, pedir el archivo de esas causas.

Es decir, que estos señores defienden que el contenido de aquellas conversaciones tiene o produce efectos jurídicos, que, precisamente, se centran en la nulidad de lo actuado o en la exoneración de responsabilidad penal que pudieran tener por la convocatoria y celebración del referéndum ilegal. Por lo que piden, no puede ser otra cosa.

Lo traigo a colación porque me parece curioso que, a la irresistible inclinación que tienen esos nacionalistas por el fraude constitucional y legal, se une  y aflora ahora una  infantil  y  desahogada manera de interpretar los conceptos jurídicos, siempre pro domo sua. Como no creo que los desconozcan, traigo a colación esta noticia sólo para constatar que, también, además del fraude, están instalados en la falta de probidad y mala fe procesales (art. 11 Ley Orgánica del Poder Judicial).

Valentín Cortés

miércoles, 22 de junio de 2016


Miércoles 22 de Junio de 2016 

Las grabaciones del Ministro del Interior

He tenido la inmensa paciencia de leerme la trascripción de las grabaciones que se  hicieron de distintas conversaciones entre el Ministro de Interior y el Director de la Oficina  antifraude de Cataluña (en www.elconfidencial.com).

No sé el jugo que puedan tener en el terreno político la publicación de estas grabaciones, me imagino que limitado o amplio, según las circunstancias.

Desde el punto de vista jurídico pueden ser constitutivas de delito y, desde luego, no tienen el menor valor probatorio, no sólo porque son parciales(los documentos para que tengan fuerza probatoria no se pueden trocear al gusto de quien los presenta) sino porque constituye una prueba ilícita e ilegal, que no está amparada por el Derecho, a no ser que estuviera autorizada por Juez competente.

Claro está, me imagino, que a todos estas personas que las airean, no les debe importar absolutamente nada el significado y alcance jurídico del hecho.

Y aunque, alguien me pueda tildar de trasnochado y obsoleto, diré que ¡pobre país que nos educa sin que siquiera nos preocupemos por la trascendencia jurídica de nuestros actos! Al final, en todo caso y con un poco de “suerte”, siempre encontraremos un juez que pensará que es un caso claro (sin “peros”) de manifestación de la libertad de expresión.

Valentín Cortés

 

martes, 21 de junio de 2016


Martes 21 de Junio de 2016

Carmena y su concepto de decisiones justas

He leído en la edición nacional de Expansión que la Sra. Carmena se propone bajar el IBI en 22 de los 119 barrios de Madrid. Para razonar la medida, se argumenta que en esos barrios ha bajado el valor real de los terrenos y de los edificios, mientras que subía el valor catastral.

De ser cierta la noticia y llevarse a cabo, además de la crítica política que pudiera conllevar, en la que no entro, nos encontraremos con una decisión objetivamente injusta, pues deja de lado, entre otros, el principio de igualdad que, lo he dicho muchas veces, tan importante es en nuestro ordenamiento constitucional y, por ende, en nuestro sistema tributario.

No me gusta mezclar mis opiniones con mis vivencias personales, pero debo decir que entre los barrios agraciados no está donde está situado un piso de mi propiedad que, ¡vaya casualidad del destino!, también tiene un valor real  en franca disminución y un valor catastral en una deriva alcista que no para.

Pienso que si la dedición municipal se toma, será masivamente impugnada.

Valentín Cortés

lunes, 20 de junio de 2016


Lunes 20 de Junio de 2016

Deloitte y la salida a Bolsa de Bankia. 

La firma auditora avaló con su informe la salida a Bolsa de Bankia; ahora se trata de saber si tiene responsabilidad penal por ello, dado que esa salida a la postre fue un fiasco para los inversores, dado que donde se dijo que había ganancias, más tarde resultaron perdidas por varios miles de millones de €, y aquellos es obvio que se guiaron, al hacer su inversión, por el informe de los técnicos.

Afirmar que el informe se emitió con “autorización previa del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores”, que se actuó “siguiendo sus instrucciones” y que los trabajos elaborados “respondían a lo que se les pedía” (www.elconfidencial.com), no creo, visto desde fuera, que pueda al final eximir de responsabilidad civil y penal, si es que las hay, pues una firma auditora de nivel mundial no puede escudar su actuación en que cumplía órdenes de los reguladores.

El tema es, pues, si la Auditora tuvo en cuenta todos los datos y si siguió las normas de auditoría vigentes en España; si es así, no será responsable; si no, lo será. Como lo serán Banco de España y Comisión nacional del Mercado de Valores,  si es verdad todo lo que se ha declarado por el auditor en el Juzgado; que es quizá lo que se estará buscando desde la acusación, para asegurarse la indemnización que es, realmente, lo que importa en este tipo de procesos.

Valentín Cortés