Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 18 de abril de 2013


Jueves 18 de Abril de 2013

 

El ministro Sr. Gallardón habla en el Congreso

 

Recoge la prensa  que el Ministro de Justicia, en la sesión de control al Gobierno, dijo en el Congreso algunas cosas que están bien. Hay un par de ellas que me interesa destacar.

-De una parte, parece que es intención del Gobierno incluir en el proyecto de ley de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal una limitación temporal en la duración de los sumarios e instrucciones penales. Es escandaloso lo que actualmente pasa y más aún que nos acostumbremos a que los sumarios penales puedan durar años, durante los que se tienen a personas en situación en absoluto deseable. Como es escandaloso que los jueces, en ocasiones, investiguen de forma casi universal la actuación de los imputados. Los sumarios son instrumentos para investigar hechos punibles y hacerlo en tiempo razonable, y no para hacer un examen concienzudo de la vida del imputado sin limitación de tiempo.

-De otra parte, se pretende que se pueda adoptar como medida cautelar la inhabilitación para el ejercicio del cargo o función de aquellos, que puedan ser castigados con la pena de inhabilitación para el ejercicio del cargo público que desempeñan, y exista peligro de reiteración de la conducta delictiva si permanecen en el cargo durante la tramitación del proceso. Lo que se pretende es de difícil regulación y de muy ponderada toma de decisión por el juzgado en el futuro, pero podría ser una medida adecuada en los casos de prevaricación continuada en el ejercicio del cargo o de corrupción igualmente continuada.

Valentín Cortés

miércoles, 17 de abril de 2013


Miércoles, 17 de abril de 2013

El acuerdo de una Junta de jueces

He oído en una emisora de TV y leído en abc.es que la Junta de jueces de Bilbao ha decidido paralizar todos los desahucios, excepto los que estén en fase de subasta hasta tanto no se apruebe la nueva Ley que se está tramitando en  el Parlamento sobre la materia. Para ello se apoyan en la sentencia dictada por el Tribunal Europeo. El acuerdo no tiene matices, ni siquiera se refiere a los supuestos que contemplaba el Tribunal Europeo. Se aplicará, según la noticia, a todos los desahucios; ¿es que todos los contratos que dan lugar a los desahucios son nulos?

Ya lo he dicho en varias ocasiones en este  Blog de distinta manera: es absolutamente irregular, si es que es cierta la noticia, que esos jueces hayan podido acordar esta ilegalidad e inconsciente medida  que destroza el derecho procesal y pone en peligro (aún mas) el sistema financiero de este país.

Los jueces deben aplicar el derecho vigente, tal como es, y no se deben mover ni por sentimientos personales ni por ideas políticas, ni por el devenir de la Ley. ¿qué ocurrirá si tampoco les gusta a esos Jueces la ley que emane del Parlamento?

Espero con ansiedad que la noticia no sea cierta y que la agencia que la haya distribuido no se haya enterado bien del acuerdo que se dice han tomado. O, en su caso, que los jueces vuelvan a tutelar el derecho de los acreedores, que está reconocido, como todos, en el art. 24 de la Constitución.

Valentín Cortés



martes, 16 de abril de 2013


Martes 16 de Abril de 2013

De nuevo Pescanova

He leído en la prensa económica digital (expansión.es y eleconomista.es) la gran preocupación que existe en la Comisión Nacional del Mercado de Valores y en la Banca acreedora por lo que el otro día (9 de Abril) adelantábamos en nuestro Blog; es decir, la deriva que se iniciaba con la petición de concurso voluntario de acreedores de la entidad Pescanova, habiéndose cerrado la fase de preconcurso sin acuerdo posible alguno, ponía a la empresa ante una más que posible administración empresarial no deseable. Ahora que, además, sabemos de ciertos movimientos de venta de acciones de algún directivo antes de pedir el preconcurso, y de incumplimientos, no solo formales, con la Comisión Nacional del Mercado de Valores, todo indica que se irá al nombramiento de un Administrador concursal con todos los poderes de gestión y, si nadie lo evita, a la liquidación de la sociedad.

Es difícil pero no imposible salvar a la entidad, máxime si los bancos acreedores han manifestado la postura común de refinanciar a la empresa con una administración adecuada ( y un buen plan de viabilidad) que, por supuesto, no es la actual pero que tampoco puede ser simplemente la concursal.

Es evidente, por tanto, que el Juzgado de lo Mercantil debe tener la imaginación suficiente para conciliar la Ley concursal (y el nombramiento de una Administración concursal) con el deseo de la banca  acreedora de refinanciar a la empresa y evitar su liquidación. Sería como intentar conseguir en el concurso lo que no se obtuvo en el preconcurso: un plan de viabilidad y una refinanciación adecuada y, por supuesto, una administración dispuesta a aplicar lo acordado.

Valentín Cortés

lunes, 15 de abril de 2013


Lunes 15 de Abril de 2013

Las nuevas revelaciones en el crimen de Sevilla.-

El asesino de  Marta del Castillo ha hecho una nueva declaración ante el Juzgado en la que, por lo que se ha filtrado a la prensa, incrimina a su propio hermano y señala un nuevo sitio donde poder encontrar el cadáver. Parece que lo ha acusado de ser el autor de la muerte de la joven.

Desde el punto de vista procesal, partiendo de que el ahora acusado fue declarado inocente del delito de encubrimiento del asesinato, el problema que se plantea es si los nuevos datos, que ahora se conocen, permiten, si todo se confirma, abrir un  nuevo juicio para un nuevo enjuiciamiento.

La cosa juzgada, que produce la sentencia penal firme, impide juzgar a alguien dos veces por la comisión de los mismos hechos; por eso, el problema estará en dilucidar si los hechos que se juzgaron entonces para declarar inocente a esta persona son los mismos  y hay identidad, total o parcial,  con los que ahora se ponen en conocimiento del Juzgado. Es obvio que si ahora se le acusa de participar en los hechos como autor del asesinato, parecería evidente que deben ser hechos distintos, porque los hechos que determinan el encubrimiento del delito ajeno de asesinato no deben ser idénticos a los hechos que  determinan el asesinato. Pero también habrá que examinar el conjunto de hechos por los que este hermano fue en su momento imputado, máxime si al principio fue acusado  por delito de asesinato u homicidio.

 Desde el punto de vista procesal no es un problema fácil. No es del todo seguro que se pueda abrir un nuevo juicio y habrá, pues, que hacer una labor seria de identificación de los hechos que ahora conforman la acusación y que entonces determinaron la inocencia.

Las instrucciones penales no exitosas siempre pasan factura, desgraciadamente.

Valentín Cortés

viernes, 12 de abril de 2013


Viernes,12 de Abril de 2013

 

La Consejera Rigau.-


Esta señora es consejera de Educación del gobierno de la Comunidad catalana.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado unas sentencia, en materia de educación en castellano a los alumnos que lo pidan, que, por lo leído, no le gusta a la Sra. Rigau. No conozco la sentencia, pero da igual para lo que quiero resaltar.

Esta señora ha declarado, me imagino que de acuerdo con su superior jerárquico, que el Gobierno catalán no piensa cumplir esa sentencia y  que “prefiere que la inhabiliten, antes que ejecutar la sentencia del Tribunal Superior”.

No entro en las valoraciones políticas que se puedan hacer; pero, desde el punto de vista jurídico, debo decir que, muy posiblemente, la van a condenar por distintos delitos que llevarán aparejada la inhabilitación si no ejecuta y hace ejecutar la sentencia una vez que sea firme.

A la Sra. Rigau, ya lo ha dicho, no le importa su posible y futura inhabilitación; a eso que ahora se llama pomposamente la ciudadanía le interesa enormemente que, llegado el caso, inhabiliten a la Sra. Rigau. Eso es consecuencia del Estado de Derecho.

Valentín Cortés


jueves, 11 de abril de 2013


Jueves,11 de Abril de 2013

EL ABOGADO DE LA INFANTA.-


He oído al Sr. Roca, que es el abogado de la Infanta Cristina, decir en televisión que está sometido al secreto profesional y que no piensa decir en relación con el asunto que lleva “nada de nada”.
Aunque parezca mentira, esta es la actuación de la inmensa mayoría de los abogados españoles, que no hablan de los asuntos de sus clientes, por muy importantes y famosos que sean y por muy sonoros que sean los asuntos que conciernen a ellos. Pero, es muy importante que lo diga un abogado de gran proyección pública que lleva un asunto que está en  boca de todos.
Lo he dicho muchas veces, no solo en este blog: necesitamos enormes dosis de profesionalidad, por supuesto, en los abogados, pero fundamentalmente en los juzgados y en la prensa, para evitar que la Justicia se convierta en una discusión de patio de vecindad.
Porque no se ha hecho lo que decimos, por ejemplo, aun hoy,  después de la sentencia que confirma la absolución en el famosísimo asunto de “los trajes” , se puede seguir leyendo en la prensa y oyendo en las emisoras de radio y televisión que es “claro y evidente” que el inocente, así declarado por sentencia firme, es un “sinverguenza”
La discusión de patio de vecinos, desgraciadamente, no puede evitarse de pronto; por eso, necesitamos abogados como el Sr. Roca y Juzgados y prensa distintas a las que hoy dominan el panorama informativo.
Valentín Cortés

miércoles, 10 de abril de 2013


Miércoles, 10 de Abril de 2013

Los derechos subjetivos.-


Era yo un jovencito imberbe cuando oí a mi padre, un grandísimo abogado que lo fue durante muchos decenios, que el Gobierno (entonces del General Franco) había cometido una barbaridad jurídica al establecer una norma por la que se sancionaba a los propietarios de casas y pisos desocupados que no lo pusieran en arrendamiento, y además, barato. Aquella norma, como otras muchas del régimen, no tuvo, por lo que recuerdo, mucho recorrido.
Hoy leo en la prensa que una Consejera del Gobierno andaluz, que se apellida Cortés pero que no es parienta, ha propuesto a su Gobierno  la aprobación de un Decreto-Ley para, además de regular y establecer la expropiación temporal de pisos y casas desocupadas, imponer graves sanciones a aquellos propietarios que no pongan sus propiedades en alquiler y, además, como en el régimen de Franco, barato. Este Decreto- Ley se va a tramitar en el parlamento andaluz como proyecto de ley. Es decir, lo que quieren la Consejera y el Gobierno andaluz es que la propiedad en estos casos, no sea un derecho subjetivo.
La Constitución permite establecer limitaciones al derecho de propiedad, que, insisto, es un derecho subjetivo, y no del Gobierno, ni del Estado, ni siquiera del pueblo; incluso permite la expropiación, pero  al Estado ( Parlamento Nacional) y por motivos de utilidad publica; no de utilidad personal, por muy digna y necesitada que pueda ser.
Valentín Cortés