Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 13 de abril de 2016


Miércoles 13 de Abril de 2016.

La percepción de la sociedad española sobre la independencia de la Justicia.

Ayer hablábamos de este tema. Hoy he leído en www.europapress.es que la UDEF ha detenido al Alcalde de Granada y una concejal por corrupción urbanística. Esa unidad de la policía actúa como policía judicial, por tanto a la orden de un juez.

Creer que la Justicia no es independiente por presiones políticas, tal como cree la sociedad española de forma mayoritaria, tiene su origen en el tratamiento  desigual que se percibe por los ciudadanos que los jueces dan en casos diversos a situaciones de políticos que se perciben iguales. El caso del alcalde de Granada es un ejemplo paradigmático de que ese trato “desigual” existiría.

Pero, normalmente no son casos idénticos, por lo que se justificaría el tratamiento diverso. Pero, quizá, se debería hacer un esfuerzo en explicarlo, porque quien sufre es el prestigio de la institución de la Administración de Justicia en general.

Con independencia de esto, no sé en este caso, pero sí en otros, la detención no se hace sino a efectos meramente de poner a disposición de la autoridad, para su colaboración, a quien ha sido detenido, lo que es más retención que detención, amén de que, como tantas veces he comentado en este blog, incluso los detenidos tienen el derecho a serlo en la mejor de las condiciones para que su honor y prestigio no quede socavado para siempre.

Valentín Cortés

martes, 12 de abril de 2016


Martes 12 de Abril de 2016

 

La independencia de la Justicia española

He leído en www.expansion.com  de hoy un reportaje sobre una encuesta realizada en el ámbito de la Unión Europea acerca de la percepción de los ciudadanos sobre la independencia de su Administración de Justicia. Recomiendo su lectura.

Sorprende que la Sra. Juorová, que es Comisaria de Justicia en la UE, vincule la escasa percepción de los españoles sobre la independencia de la Justicia “a los procesos judiciales por corrupción en los que se han visto involucradas las instituciones del Estado” (se refiere al proceso de la Infanta), que sólo se puede deber a la ignorancia y desinformación de esta Señora, pues si algo ha demostrado este juicio es que la Justicia no habría sido permeable a las  hipotéticas presiones de la Casa Real o del Gobierno.

Lo más preocupante del Informe es que el 41% de los ciudadanos españoles encuestados cree que la Justicia no es independiente por presiones políticas y un 38% por la influencia de los poderes económicos y financieros. El resultado de la encuesta es, pues, gravísimo.

 Yo, que creo que la Justicia española es independiente, mantengo, igualmente, que cuando excepcionalmente  no lo es, no se debe a vicios del sistema, sino a factores políticos y económicos puramente personales de jueces concretos, que, también lo mantengo, con dificultad el sistema expulsa de la carrera, también, sólo en casos excepcionales.

Valentín Cortés

lunes, 11 de abril de 2016


Lunes 11 de Abril de 2016

 

Las normas imperativas y el Ministro de Justicia

El Ministro de Justicia ha debido olvidar qué es una norma imperativa, pues la confunde con la dispositiva.  Las segundas permiten que las personas a quienes afectan puedan disponer de ellas si para ello existe acuerdo, porque son normas que rigen materias privadas y disponibles (por ej. aunque la norma dice que el comprador debe pagar al vendedor el precio, si éste lo quiere puede no exigírselo). Las imperativas, que regulan siempre cuestiones que afectan a las relaciones públicas, al orden  público y a los intereses del Estado, se aplican forzosamente, sea cual sea la voluntad de las personas a quienes afecten.

Por eso es un brindis al Sol, además de suspenso si estuviéramos en la licenciatura, decir (www.europapress.es) que habría que buscar la posibilidad de que se pueda encontrar “algún instrumento legal” que permita reducir el tiempo de dos semanas de campaña electoral”. Se olvida, ¡posiblemente porque está en funciones!, que la Ley electoral regula situaciones y derechos de carácter público, por tanto es imperativa.

En lo que se podrán poner de acuerdo los Partidos políticos, una vez abierta la campaña electoral, es en no hacer campaña, pero será un acuerdo tan ineficaz jurídicamente como evanescente si llegara a tomarse. Y sobretodo se pueden poner de acuerdo, en el futuro, en  cambiar radicalmente la Ley electoral para evitar otra crisis como  esta que nos acompaña desde hace ya tanto tiempo.

Valentín Cortes

viernes, 8 de abril de 2016


Viernes 8 de Abril de 2016 

La eficacia de los acuerdos

El acuerdo entre el Partido Socialista y Ciudadanos no es jurídico. Si lo fuera, no sólo surtiría efectos el mero acto de firmarlo, sino, en ocasiones, los preacuerdos o, incluso, los actos preparatorios del mismo, que también podrían tener eficacia.

Si fuera jurídico, que no lo es, todos los actos anteriores al acuerdo o, incluso, los posteriores, podrían servir para interpretar determinadas clausulas o partes del contrato que puedan ser oscuras o exista divergencia entre las partes a la hora de definir su significado. Lo que facilitaría saber qué actuaciones de ambas partes son determinantes de incumplimiento del acuerdo alcanzado.

Además, un acuerdo no jurídico no vincula con la fuerza coactiva que el jurídico: éste, si no se cumple, el Juez nos puede obligar a cumplirlo y a que paguemos la correspondiente indemnización de daños y perjuicios. Es evidente que esto no pasa con un acuerdo no jurídico.

Cuando la prensa se alarma, se asombra y se pregunta por el cómo y el qué de la actuación del Partido Socialista y de Ciudadanos y, desde fuera como un tercero, de Podemos, es sólo y exclusivamente porque confunde acuerdo con acuerdo jurídico.

Valentín Cortés

jueves, 7 de abril de 2016


Jueves 7 de Abril de 2016 

La incomparecencia del Gobierno en funciones para su control parlamentario se recurre ante el Tribunal Constitucional.

He leído en www.elconfidencial.com una noticia referente al recurso al Tribunal Constitucional por la incomparecencia del Gobierno en el Congreso, para su control, que el diario titula: “Sigue el esperpento en el Congreso: el TC fallará con otro ejecutivo u otra legislatura”.

En este caso, aunque las intenciones de los grupos políticos (todos menos el del PP) que han recurrido pueda calificarse de exclusivamente políticas, no calificaría yo de esperpento esta maniobra, pues puede tener una gran trascendencia jurídica constitucional, para el futuro que nos puede venir de nuevo, pues se da la ocasión al Tribunal Constitucional para que defina los deberes constitucionales, frente a las Cámaras, de un Gobierno en funciones, interpretando, a la luz de la Constitución, los arts. 21 y 26 de la Ley del Gobierno 50/19977.

Yo opino que si el Gobierno sólo puede salirse de la mera gestión, del día a día,  en casos excepcionales, sólo podrá ser controlado cuando lleve a cabo funciones excepcionales de Gobierno (como, por ejemplo, la toma de acuerdos en la Unión Europea).

Pero para ello el Tribunal Constitucional debe entender que el interés procesal del recurso no se pierde por la perención del Gobierno en funciones. Espero que eso que ahora empieza a llamarse esperpento, convenza al Constitucional de la necesidad de resolver este grave problema para el futuro.

Valentín Cortés

 

 

miércoles, 6 de abril de 2016


Miércoles 6 de Abril de 2016

La aprobación de la proposición de ley para suspender la aplicación de la LOMCE

Mis temores, expuestos el lunes pasado en relación con la aprobación por el Congreso de una proposición de ley para suspender la aplicación de la LOMCE, posiblemente no se van a cumplir, pues la mecánica de la tramitación de la proposición de ley,  parece ser, impediría que se complete esa tramitación antes de la fecha tope para la convocatoria de nuevas elecciones, que determinaría la disolución del Parlamento y, por tanto, el decaimiento de cualquier iniciativa parlamentaria en curso.

Si es así, la mera presentación de la Proposición  de Ley pierde cualquier contenido jurídico-regulatorio de esa materia concreta, incluso si se forma Gobierno anteriormente a esa fecha tope, pues, en ese caso, el nuevo Gobierno, sin duda, sea cual sea su composición, presentará un proyecto de ley de reforma de la LOMCE o una nueva Ley educativa.

Es un efecto perverso más de esta crisis política que padecemos: la presentación formalmente de una proposición de ley que materialmente no tiende a que se regule nada; se utiliza la norma fuera de su fin regulador, para convertirla sólo en instrumento político.

¡Buen tema, aunque antiguo, para los filósofos del Derecho!

Valentín Cortés

martes, 5 de abril de 2016


Martes 5 de Abril de 2016

La encuesta del CIS y la situación política.
Toda la prensa digital recoge esta tarde los resultados de la encuesta del CIS que revela que, prácticamente, el 80% de los encuestados creen que la situación política es mala o muy mala, aunque sólo (¡?) para el 3,1% la falta de Gobierno es su principal preocupación (puede leerse el informe en www.elmundo.es).

Nuestra preocupación es máxima y creo, que desde el punto de vista jurídico, la falta de Gobierno es el mayor problema que tiene España, pues, dado los actores que intervienen en esta situación, su falta de solución agravará sin duda el resto de los problemas que preocupan a los españoles.

Lo que está ocurriendo en España es la permanencia in crescendo de una situación social, económica y política de enorme  inseguridad jurídica constitucional. Pues se nos da a entender por nuestros políticos, no sólo sus altas dosis de incapacidad, sino que no acaban de encontrar, en el chalaneo en el que están, qué parte de la Constitución o de los principios de seriedad social y económica y progreso son capaces de abandonar con tal de gobernar. Y no se olvide que el Estado moderno lo fue cuando, frente a la arbitrariedad y la voluntad de unos pocos, se impuso la certeza y seguridad que da el Derecho, que todos nos damos, pues curiosamente el primer párrafo del primer art. de la Constitución de lo que nos habla es, precisamente, de los valores de nuestro ordenamiento jurídico: ni la libertad, ni la justicia, ni la igualdad ni el pluralismo político existen sin certeza y seguridad jurídicas. Eso es lo que se está destrozando a pasos agigantados, y eso es lo que se está percibiendo por los españoles.

Valentin Cortés