Viernes 27 de Febrero de 2026
La no convalidación del último decreto-ley “ómnibus”:
una magnifica noticia
La no convalidación ayer en el Congreso
del Real Decreto Ley “ómnibus” de medidas sociales, que ya había sido antes
inicialmente derogado cuando incluía la revalorización de las pensiones, es una
magnífica noticia constitucional que tiene, bajo nuestro criterio, un doble
aspecto y que posiblemente para los grupos parlamentarios, no es lo destacable:
-de una parte, implica un
cumplimiento estricto de lo dispuesto en el artículo 86 CE en cuanto reserva la
posibilidad de los decretos-leyes a los casos de extraordinaria y urgente
necesidad (que no se da en los supuestos regulados en el decreto) y que impide,
de acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, la regulación en el
mismo decreto de materias de distinta naturaleza, lo que permite el fraude y “chantaje”
político de imponer la aprobación de lo
que “no gusta si se quiere aprobar lo que gusta”.
-de otra parte, al no
convalidarse el decreto-ley, no se aprueba la nueva prórroga de la prohibición (la
sexta, pues la inicial de estableció en medio de la pandemia como un caso
evidente de extraordinaria y urgente necesidad) de desahucios y lanzamientos en
arrendamientos urbanos, que, pasada la crisis, suponía un atentado clarísimo
contra el derecho de propiedad (art.33.1 CE) y que anula y niega el derecho a
la tutela judicial efectiva de los arrendadores y propietarios, suponiendo una violación
del art. 24 CE.
Esperemos que esta ventana abierta
a las exigencias constitucionales se mantenga en el futuro, aunque, para ser
sincero, mi escepticismo, por no decir pesimismo, es máximo.
Valentín Cortés
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