Miércoles 27 de Diciembre de 2023
La intervención del mercado
del arrendamiento de viviendas es más fácil, pero no es es una medida
pertinente
La prensa en general y,
especialmente la económica, recoge hoy la noticia por la que sabemos que en el
Decreto-Ley (otro más), que el Gobierno piensa aprobar hoy, está recogida la
medida de la prórroga de la prohibición de lanzamiento por impago de la renta pactada
de aquellos inquilinos vulnerables socialmente.
La medida, desde el punto de vista
constitucional, supone un ataque a la economía libre de mercado que rige, según
la Constitución (art. 38, en Estado Español), y al derecho de propiedad (art.
33), y también, bajo nuestro criterio, vulnera el art. 47, que establece el
derecho a una vivienda digna y el deber del Estado de establecer las normas
pertinentes para hacer efectivo este derecho; esa que va a tomar el
Gobierno, como se ha demostrado por la práctica, lo que hace es restringir aun
más el mercado del arrendamiento, lo encarece y lo dificulta hasta extremos no
conocidos pero sí previsibles; por la sencilla razón de que el propietario arrendador
no arrendará su propiedad a una persona que pueda dar el más mínimo signo de
vulnerabilidad social.
El Estado adoptaría normas pertinentes
para proteger el derecho a la vivienda de esas personas si asumiera el costo de
que los vulnerables no vieran su derecho a la vivienda en peligro, lo que hoy
ni se hace, ni se tiene una idea clara, entre los socios del Gobierno que se
deba hacer o cómo se deba hacer. Pero, es más fácil que el costo y los riesgos económicos
los asuma directamente el propietario. Sí, más fácil pero no es la medida
pertinente de la que habla la Constitución.
Valentín Cortés
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