Jueves 12 de Enero de 2023
La decisión del Juez Llarena en el caso Puigdemont
La decisión de Juez Llarena, de
retirar la acusación de sedición de la orden de entrega del Sr. Puigdemont y compañía,
es, sin duda, para el mundo profano en Derecho, de una plasticidad escandalosa pues,
sin la propaganda oficial que ha pretendido esconder el significado de la
reforma legal llevada a cabo, visualiza dos cosas en sí mismas escandalosas
para cualquier persona con un mínimo de sensibilidad social:
La primera, y no se equivoca, es
que todos los actos que llevó a cabo el Presidente de la Generalidad catalana
hasta la declaración unilateral de la independencia no merecen el menor
reproche penal en nuestro Derecho actual reformado por la ley que hoy entra en
vigor. ¡Para nuestro Derecho penal actual allí no hubo sombra de delito!; con
el añadido del mensaje que se lanza cual es que huir fue, a la postre, una gran
opción jurídica (¡).
La segunda, y tampoco se equivoca,
es que aparece patente que esa reforma no se hizo sino por exigencias y presión
de los partidos independentistas catalanes para, como contrapartida, seguir
apoyando al Gobierno, primero, en la aprobación de los Presupuestos y, después,
en el día a día legislativo.
Si ahora no hay sombra de
criminalidad sediciosa en la actuación del Sr. Puigdemont por aquellos hechos
concretos, hay enormes luces de la inconstitucionalidad de la reforma que ha
supuesto la supresión del delito de sedición. Porque una cosa es la Ley y otra
el Derecho (que emana de la Constitución) y la reforma citada es claramente una
muestra del llamado Derecho Injusto por ser contrario a la Constitución.
Valentín Cortés
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