Martes 13 de Septiembre
de 2022
Fraude legislativo constitucional
En este blog hemos denunciado, en múltiples
ocasiones, la tendencia de este Gobierno a violar la Constitución, obviando la tramitación
parlamentaria de proyectos de ley, unas veces, con la excusa de la urgencia,
mediante la utilización del Real Decreto-Ley, y, otras, utilizando la vía de la
proposición de Ley de grupos parlamentarios de los partidos políticos que
conforman el Gobierno. Ambos caminos están recogidos en la Constitución, como
sabemos, pero no es constitucional utilizarlos para evitar el trámite parlamentario
que la Ley impone a los proyectos de Ley, obviando, sobre todo, la emisión del
dictamen de los órganos del Estado, consultivos o no, implicados en el
contenido del cuerpo legislativo. En el caso de los Decretos Ley es evidente que,
al socaire de una posible urgencia y excepcionalidad en el tema central del objeto
del Decreto, se legisla en multitud de cuestiones que nada tienen de urgentes,
ni nada que ver con el objeto central. Cuando ni siquiera es posible justificar
ese mínimo de urgencia, se recurre al subterfugio de la proposición de ley de los Partidos del Gobierno, que,
incluso, es elaborada por los propios Ministerios del Gobierno. En ambos casos,
estamos ante un inadmisible fraude legislativo constitucional.
Hoy, el que fuera Presidente del
Tribunal Constitucional, Sr. Rodríguez Bereijo, [que forma parte de un grupo de
expertos( Catedráticos de Derecho Financiero) que han elaborado un informe
sobre la proposición de ley para imponer “una prestación patrimonial”(¿¡) a los
bancos por su “beneficios extraordinarios” en materia energética(¿¡)( véase www.abc.es)] afirma de forma paladina que el
Gobierno comete un claro fraude
legislativo constitucional ( aplicar una norma de cobertura para obtener un
resultado no querido por la ley para el caso concreto) cuando actúa de esta manera.
Valentín Cortés
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