Jueves 29 de Abril
de 2021
El “coste de oportunidad” de un recurso al
Constitucional
La prensa recoge la decisión tomada
por mayoría del Consejo General del Poder Judicial de no plantear un conflicto
de atribuciones, a resolver por el Tribunal Constitucional, y, tampoco, pedir al
Defensor del Pueblo que recurra la inconstitucionalidad de la reforma de la
LOPJ que limitó las competencias del Consejo en funciones. También recoge (vid.
www.elindependiente.com)
que ninguno de los Consejeros mantuvo que la Ley fuese constitucional: todos
piensan y mantienen, efectivamente, que la Ley es inconstitucional.
Con estas circunstancias,
ciertamente paradójicas, y teniendo en cuenta la actuación, sin pausa de la Comisión
Europea en el examen de la citada reforma, y los recursos de inconstitucionalidad
de esta presentados por PP y VOX, parece que la mayoría de Consejeros ha tenido
en cuenta otras cuestiones más allá de la estrictamente jurídicas. Hay, pues,
un coste de oportunidad (¿político?) que ha sido tenido en cuenta por la
mayoría y, quizá, sea que presentar el recurso de conflicto de atribuciones o pedir la incoación del inconstitucionalidad por el Defensor
del Pueblo puede implicar una de estas dos cosas: una mayor contundencia en la decisión
de la Comisión Europea o un
empeoramiento de las posibilidades de salvar la Ley en el Tribunal Constitucional,
si también la ley al final fuera recurrida por el Defensor del Pueblo; en ambas,
una mayor probabilidad de derrota del Gobierno y los partidos políticos que lo
sustentan. Si es así, mal
Valentín Cortés
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