Viernes 10 de Noviembre de 2017
La importancia del auto de medidas
cautelares.
Me imagino que los abogados de los
miembros de la mesa del Parlamento catalán, que ayer sufrieron la imposición de
medidas cautelares por el Tribunal Supremo, no se habrán ido a la cama muy contentos,
a pesar de lo que pueda deducirse de la prensa digital de esta mañana. Porque,
lo realmente importante, y muy malo para sus defendidos, es que si, al principio
(en el auto de admisión a trámite de la querella del Fiscal), el Tribunal
Supremo tenía sus propias dudas sobre la investigación por delito de rebelión,
ayer el Magistrado instructor acaba con esas dudas y estima que hay indicios racionales de comisión del delito de
rebelión. No irán cautelarmente a prisión, pero ahora se les imputa el
delito de rebelión y por ello ahora serán investigados. ¡Mal resultado para
imputados!
En ese contexto, que no vayan
cautelarmente a prisión tiene realmente poca o relativa importancia jurídica,
porque lo que el Magistrado ha valorado para ello es si existe, en el caso
concreto, riesgo de reiteración del delito; riesgo que ha valorado en poco, como es razonable pensar, máxime,
después de la declaración de rechazo al secesionismo y de adhesión al resultado
del art. 155 de la Constitución. Tras esa cínica, pero formal declaración,
terriblemente nefasta para los imputados desde el punto de vista político,
realmente estoy de acuerdo con el Magistrado en que el riesgo de reincidencia
es escaso. Amén del descalabro jurídico que supone el auto, me imagino el de carácter
político que toda esta última manifestación de la “astucia” catalana( que como se
sabe está instalada en el fraude y en el engaño) supone para el mantenimiento
de eso que han venido llamando “proceso”, de ahí que haya poco riesgo de reiteración
delictiva.
Valentín Cortés
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