Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 6 de julio de 2015


Lunes 6 de julio de 2015

 

¡Hasta el 7 de Septiembre!

La experiencia de años anteriores me dice que hay que terminar el curso de estas opiniones jurídicas. Ni se pueden emitir continuamente opiniones ni ustedes están en condiciones de soportarlas todos los días,  máxime ahora que ha llegado el calor, las vacaciones, la despreocupación y  ¡que el Sr. Varufakis  se nos va justo cuando, a lo mejor, le caía una opinión jurídica!

Por eso, me despido de ustedes hasta el día 7 de Septiembre de 2015, mes en el que nos esperan grandísimas y especialísimas cuestiones que necesitan solución política, pero también jurídica.

¡Que pasen buen verano!

Valentín Cortés

viernes, 3 de julio de 2015

Viernes 3 de Julio de 2015.

La politización de la Justicia



En esta situación  perversa donde estamos sumidos, el de la judicialización de la política, nada podría ser peor que nuestra sociedad entendiera que hemos entrado en la situación de la politización de la Justicia, manifestada en  decisiones judiciales.
Lo digo porque la decisión del Juez Pedráz de citar como imputado al Sr. Zapata por un  delito de humillación de las victimas del terrorismo, pedir a Irene Villa que manifieste por escrito si se siente ofendida por las manifestaciones del Sr. Zapata, y tras manifestar ésta que no, archivar el asunto sin tomarle declaración al imputado y citado, puede propiciar que se piense que estamos ante la politización de la Justicia, máxime si el delito que se perseguía es público, por tanto independiente en su comisión de que la Sra. Villa se sienta ofendida, cuya opinión, además, ni siquiera ha escuchado( sólo la ha leido) el órgano judicial.
Si además el juez mezcla churras con merinas, como es el caso de contraponer la libre expresión  de ideas y pensamientos con la comisión de este delito, me temo que estamos en el mal camino.

Valentín Cortés 

jueves, 2 de julio de 2015

Jueves 2 de Julio de 2015


¡Bueno Fuera!

Los periódicos de hoy resaltan la extrema dureza del recurso del Sr. Zarrías contra la decisión del Juez instructor del Tribunal Supremo acordando la tramitación del suplicatorio.
¡Buenos fuera que un letrado, en defensa de su cliente, no pudiera decir lo que estimara adecuado para proteger sus intereses!
Porque, el Juez, en este caso,  es el autor de la resolución a combatir y hay que hacerlo por todos los medios posibles.
Recuérdese que la Ley Orgánica del Poder judicial ( Art. 11) sólo pone el límite de la buena fe y de la probidad procesal, que no admiten ni el insulto, ni la falta de respeto ni la desconsideración personal. Por eso el abogado no debe temer calificar la resolución judicial, si lo hace desde la vigencia de esos principios.
Y esto lo digo, habiendo dicho previamente que el Auto del Juez Jorge Barreiro es una pieza judicial muy seria. Las dos afirmaciones son compatibles.

Valentín Cortés 

miércoles, 1 de julio de 2015

Miércoles, 1 de Junio de 2015

Un recurso extraño


No voy a entrar en las razones políticas que han motivado el recurso ante el Tribunal Constitucional de la norma que establece en el nuevo Código Penal la llamada prisión permanente revisable. ¡Lo ha interpuesto toda la oposición!
Sí digo que las razones jurídicas no están tan claras. Que sea una pena inhumana o degradante, que rompa el principio de proporcionalidad de las penas o de que estén claramente determinadas, amén de que restrinja la posibilidad de resocialización ( que son los argumentos del recurso, según  la prensa) no es, ni mucho, claro constitucionalmente hablando, aunque es innegable que desde el punto de vista político podamos formular cuantas opiniones existan en el arco parlamentario. Yo creo que los argumentos están bañados inevitablemente de tintes políticos, de ahí que toda la oposición recurra, de ahí también la dificultad que prospere.
En cualquier caso, es difícil que habiendo, en casos similares, pasado la llamada pena de prisión permanente revisable el filtro del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, este recurso pueda conseguir la totalidad de sus objetivos.
Valentín Cortés


martes, 30 de junio de 2015

Martes, 30 de Junio de 2015

El Sr. Homs y la nulidad inconstitucional

La semana pasada hablé de esto, pero no me resisto a hacerlo de nuevo. He leído en la edición nacional de ABC que el Sr. Homs, portavoz de la Generalidad catalana, ante el recurso del Gobierno a las normas jurídicas que organizan la estructura del estado independiente futuro(¡), ha manifestado que el recurso llega tarde y que el grueso del trabajo ya está hecho. Lo dice, manifiesta el periódico, mofándose.
Todo esto me recuerda a aquella astucia que, también Homs, ponderaba y veía en Mas.
Pero en Derecho, la nulidad cuando llega nunca llega tarde. Realmente, arrasa, y si es nulidad radical, como la que declara el Tribunal Constitucional,, arrasa  de raíz.
Con todo mi respeto para el Sr. Homs, debería repasarse la teoría de la nulidad de los actos jurídicos, por ejemplo, en la obra de Federico de Castro.
Valentín Cortés

lunes, 29 de junio de 2015


29 de Junio de 2015

El nuevo Código Penal

No soy penalista, pero la reforma del Código Penal que entra en vigor en esta semana supone casi un nuevo sistema penal. Por tanto, no se menosprecie.

Hoy, de esa manera condicionado, me detengo sólo en la despenalización de un gran número de actos que hasta ahora eran considerados faltas penales. Algunos medios de información, antes y ahora, han puesto en  valor que esta despenalización aliviará a los jueces, pues esos hechos serán sancionados por la Administración.

Cualquier reforma de cualquier ley que se haga sin método y sin sistema está condenada al fracaso, y está en particular de la despenalización  de las faltas (que no tiene ni pies ni cabeza), no sólo no disminuirá la labor de la Administración de Justicia, sino, que trasladándola, aumentará la de los jueces de lo contencioso administrativo, pues, como es lógico, la sanción de la autoridad administrativa deberá tener necesariamente su acceso  a la Justicia ( instancia, recurso,  ¡hasta amparos!).

Valentín Cortés

 

 

viernes, 26 de junio de 2015


Viernes 26 de Junio de 2014

 

Otra vez la Generalidad de Cataluña

La prensa digital se hace eco de la rueda de prensa, tras la reunión del Consejo de Ministros, en la que se ha dado cuenta del acuerdo del Gobierno de plantear un conflicto de competencias, ante el Tribunal Constitucional, por el decreto aprobado en su día por el Gobierno catalán por el que se crea un comisionado para la transición nacional. De nuevo el conflicto será admitido por el Tribunal Constitucional y será suspendida su ejecución; y meses más tarde, de nuevo, esa decisión del Gobierno catalán será anulada por inconstitucional. No será la enésima vez, pero sí será la repetición  de tantas ocasiones anteriores donde el Gobierno catalán conscientemente ha violado la Constitución, para conseguir su ruptura por la vía de hecho.

El tratamiento jurisdiccional-constitucional puede parecer cansino, pero es imprescindible; aunque cualquier jurista entiende que la Constitución y el Código Penal admiten otras vías, hasta ahora poco exploradas, y que, al final, llevarán necesariamente al Estado a acordar la suspensión de la Autonomía y a los Tribunales a inhabilitar a esas autoridades por manifiesta y continuada prevaricación.

Porque, otra solución no se me ocurre dentro de la Constitución, que sólo puede modificarse con el voto favorable del pueblo  español, que es precisamente donde reside la soberanía nacional.

Valentín Cortés