Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 29 de septiembre de 2015


Martes 29 de Septiembre de 2015

 

La Justicia, ¿lenta pero inexorable?

Hoy escribo bajo este título porque toda la prensa digital recoge, en las primeras noticias, dos decisiones de la Justicia: llamar a declarar al Sr. Mas, como encausado por el “referéndum” del 9 de Noviembre pasado; y la celebración de la vista del recurso de casación  por el caso Prestige. La querella contra el Sr. Mas se interpuso hace ya más de once meses; la del Prestige, hace más de 10 años.

El título que es escogido para esta “entrada” no es ya acertado, si es que lo fue en algún momento. Una Justicia lenta no es tal, porque llega, en la dirección y contenido que sea, cuando se puede pensar que pierde su eficacia social. El referéndum ilegal, en su caso, se debería haber penado a los pocos días o pocas semanas; entonces, habríamos tenido una Justicia jurídica y socialmente eficaz. Ahora, casi se podría pensar por algunos que no va a ser inexorable, porque se ha esperado incluso a que termine otro fraude, como es el de las elecciones plebiscitarias, para que la acción de la Justicia no “interfiera” en eso que han llamado plebiscito. ¡Muy grave que se pueda pensar eso!

De otro lado, que ahora el Tribunal Supremo decida sobre la sentencia que se dictó hace años en el tema del Prestige es cuando menos un insulto a la certeza y seguridad jurídicas, por lo que da igual que sea inexorable.

Valentín Cortés

lunes, 28 de septiembre de 2015


Lunes 28 de Septiembre de 2015

 

Las consecuencias del fraude.

Desde el punto de vista jurídico y constitucional convocar unas elecciones autonómicas afirmando que son un plebiscito y convertirlas de hecho en un plebiscito es obviamente un  fraude a la Ley y a la Constitución.

Los fraudes a la Ley son nulos de raíz, de modo que esas elecciones nunca hubieran podido producir los efectos de un plebiscito. Pero, curiosamente, al convertirlas prácticamente en un plebiscito, se ha producido el efecto “perverso” de poner de manifiesto el supuesto fáctico en el que se apoya el jurídico buscado con el plebiscito: el quantum de cada opción.

El astuto aprendiz de brujo ha sacado menos votos que hace un par de años y se ha quedado claramente por debajo de la mayoría absoluta; sólo le queda lo que menos le sirve en Derecho para el fin que persigue: la mayoría de escaños en el Parlamento. La consecuencia del fraude es que si antes de la elecciones la maniobra que pretende era ilegal, ahora lo sigue siendo, pero con más evidencia, pues hasta los más convencidos  ven que ya no es posible.

Valentín Cortés

viernes, 25 de septiembre de 2015

Viernes 25 de septiembre de 2015

Lo que los jueces piensan

He leido en www.elmundo.es alguna de las conclusiones de la llamada VI encuesta a la carrera judicial.  Es demoledor lo que, en determinadas cuestiones, piensan los jueces. Dos tercios piensan que los nombramientos de Consejo General del Poder Judicial no responden a los criterios de merito o capacidad. Un 75% cree que el Consejo no defiende la independencia judicial. Y, por poner un tercer ejemplo de la tremenda crisis en la que está metida el Poder Judicial, un 60% cree que se debería prohibir a los partidos políticos ejercer la acción popular penal.
Creo que ha llegado el momento de tomarse en serio lo que venimos diciendo por activa y por pasiva: hay que sanear la Justicia.
Valentín Cortés

jueves, 24 de septiembre de 2015


Jueves 24 de Septiembre de 2015

 

La talidomida y la prescripción de los derechos.

No pensaba escribir sobre este tema por lo muy doloroso que debe ser para los afectados. Pero, he leído la prensa digital de esta mañana y el tono general es de reproche al Tribunal Supremo por declarar la prescripción del derecho a pedir la indemnización, acusándole de falta de sensibilidad y de aplicar normas injustas.

Ni el Tribunal Supremo es insensible por aplicar las normas de la prescripción ni estas son injustas. Posiblemente todos los ciudadanos hemos invocado alguna vez las normas de la prescripción (algunas veces para cosas nimias, para no pagar una multa, por ejemplo, o para cosas más trascendentales); y no son injustas porque, en su conjunto, dan certeza y seguridad al ordenamiento jurídico, y se permite su aplicación, también en este tipo de supuestos, sólo cuando ha transcurrido el plazo previsto, contado desde el momento en que se pudo ejercitar el derecho.

Yo era muy joven y soy testigo de que entonces era de conocimiento general  que determinadas malformaciones que se veían tenían algunas personas se debían a un fármaco (la talidomida) que habían tomado sus madres durante la gestación.  El por qué algunos afectados por este fármaco no ejercitaron su derecho desde que la malformación se hizo evidente, o el daño se produjo, no lo sé. Ni lo juzgaré pero, respetando aquella decisión de los perjudicados, tengo que manifestar que el Tribunal Supremo no es insensible ni aplica normas injustas al decidir en el sentido que lo ha hecho.

Valentín  Cortés

miércoles, 23 de septiembre de 2015


Miércoles 23 de Septiembre de 2015

 

Y ¿Qué hacemos con la nacionalidad? 

Lo que demuestra la campaña electoral catalana es que los políticos juegan con las personas. Unos se han  lanzado a predicar la independencia y es ahora cuando se plantean públicamente algo tan básico como saber qué pasará con los españoles que vivan en Cataluña en el momento de la independencia: ahora se preguntan si dejarían de ser españoles. Otros, se confunden, se aturullan, se paralizan y todos se olvidan de que ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad (art.11.2 de la Constitución) y de lo que ello significa.

Y ¿entonces? Yo creo que el tema no se centra en saber si pierden o no la nacionalidad española esos españoles, que no la pierden, sino en comprender que, mirando hacia fuera, en el mundo no se puede vivir sin nacionalidad y, lo que es igualmente importante, sin acreditarla mediante el documento o documentos aceptados para tal función. Olvidándose los unos de comunicar a sus votantes  que esa credencial sólo la daría la autoridad española y que la catalana no lo sería hasta su reconocimiento internacional.

Si miramos hacia dentro, la nacionalidad pierde gran parte de su trascendencia, pues lo importante es la residencia o el domicilio. ¡Qué casualidad que los bancos digan que se van de Cataluña y cambian el domicilio en el supuesto de independencia!

Valentín Cortés

martes, 22 de septiembre de 2015


Martes 22 de Septiembre de 2015

Las declaraciones a Onda Cero del Presidente de Gobierno. 

En relación con las noticias que nos proporciona el transcurso de la campaña electoral catalana observo que frente a quienes se asientan en el Derecho y Estado de Derecho ( como, por ejemplo, entre otros, se muestra hoy en Onda Cero el Presidente Rajoy cuando ha afirmado que “para legitimar una operación ilegal no pueden valer ni los escaños ni los votos” y cuando ha dicho que ”la independencia no tiene ningún sentido. No tiene ningún valor jurídico. Iríamos al Tribunal Constitucional y punto”) se sitúa el desparpajo y desahogo de los partidarios de la independencia de Cataluña: en 24 horas han pasado de afirmar “¡que se vayan los bancos!”, a afirmar que “no pagaran su deuda” si el Estado no se aquieta a lo que quieren. Realmente no me imagino que un Estado moderno (no una tribu tercermundista, en términos reales, afincada en un territorio) pueda nacer en tal ciénaga ajurídica e ilegal: tendría sus horas contadas.

Hace bien el Estado proclamando la vigencia del Estado de Derecho, porque sitúa el trauma y el problema en el único campo posible cuando unos poderes públicos (como son las instituciones catalanas) desprecian la Constitución (incluidos sus mecanismos de reforma) para dar un verdadero golpe de Estado ( que eso es quebrar el orden constitucional).

Valentín Cortés

lunes, 21 de septiembre de 2015


Lunes  21 de Septiembre de 2015.

¡Ni siquiera en lo meramente formal son capaces de cumplir las normas! 

He leído las normas del Estatuto de Cataluña que se refieren a su modificación, en las que, naturalmente, no  se contempla la posibilidad de declarar la independencia, pero estaremos de acuerdo, en que esa declaración es una manera de, no solo modificar el Estatuto, sino de derogarlo. Pero no voy a esto, sino al quorum previsto por el Estatuto para la aprobación de determinadas cuestiones.

Lo he hecho a la luz de que el Sr. Mas, y demás compañeros independentistas, dicen que  no necesitan, para emitir aquella declaración de independencia, la mayoría de votos, sino la mayoría absoluta de diputados. En definitiva, lo que daban a entender que era plebiscitario, ya no lo es. Pero, tampoco voy a este cambio que parece sustancial.  

A lo que voy: resulta que, obviando otras necesidades, como la intervención de las Cortes, el art. 223.1.b. exige, para la modificación (o derogación) de las normas del Estatuto que se refieran a las relaciones con el Estado, de una mayoría reforzada de 2/3 de los votos de los Parlamentarios.

En este marasmo de ilegalidades, ni siquiera son capaces de ofrecer a sus seguidores una vía a la independencia que, al menos formalmente, guarde los mínimos democráticos, en forma de quórum, que se  exigirían al Parlamento catalán para votar, aunque fuera lejos de sus competencias, algo que supone la modificación y derogación del propio Estatuto. ¡Debe ser consecuencia de la astucia!

Valentín Cortés