Jueves 16 de Abril de 2026
Una decisión del Tribunal Constitucional
totalmente ineficaz
La prensa recogía ayer, con cierto
alborozo, que el Tribunal Constitucional haya amparado por unanimidad al
Partido Popular frente a la Mesa del Congreso por la vulneración por ésta del derecho
al ejercicio del cargo de parlamentario al bloquear, por decenas de veces, la tramitación
de las enmiendas de ese grupo al RDL 36/2020, que se tramitaba como proyecto de
ley, al punto que, al acabarse la legislatura en Mayo de 2023, caducó la tramitación
de tal proyecto. Pero, desgraciadamente, no hay motivos de alegría, ya que lo
que tal decisión del Tribunal Constitucional, meramente declarativa, demuestra
es que, sea por defectos estructurales o funcionales, ese Tribunal no funciona como
es debido al resolver ahora, sin eficacia positiva alguna, un problema planteado
hace tantos años. A los efectos prácticos es una Justicia constitucional inoperante
y vacua, pues ni el derecho de los parlamentarios (art. 23.2 CE) ha sido
realmente amparado ni lo ha sido el derecho de los ciudadanos a participar a través
de sus representantes en los asuntos públicos (art.23.1 CE). Nos queda el
posible consuelo futuro de que, dado el precedente constitucional, este abuso
de la Mesa del Congreso no se repita, pero tal consuelo es incompatible con la experiencia
en esta legislatura con leyes aprobadas a iniciativa del Senado que no se tramitan en Congreso, paralizadas por la
Mesa, y con la carencia de eso que se
llama lealtad constitucional, que sirve precisamente para llenar de espíritu
constitucional esos vacíos en las normas constitucionales que no están expresamente
previstos positivamente, pero que se deberían resolver aplicando los principios
y la lógica constitucional.
Valentín Cortes
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