Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 19 de diciembre de 2022

 

Lunes 19 de Diciembre de 2022

Una campaña de intoxicación y enlodamiento intolerable

No sé si la campaña que ha iniciado el Gobierno en relación con al recurso de amparo promovido por el PP, para lograr la nulidad de la tramitación parlamentaria de la reforma legal del Código Penal y leyes Orgánicas del Poder Judicial y Tribunal Constitucional, dará los frutos apetecidos por el Gobierno.  Sí sé que nunca ha existido una acción en el proceso constitucional y  fuera de él de tan ilegales matices y contenidos.

Dentro del proceso constitucional, porque se producen recusaciones fraudulentas de magistrados con la finalidad de dilatar el proceso; y  personación de personas y entidades que son extemporáneas, pues se trata de un fase procesal donde no se oye a las partes, por haberse solicitado una medida cautelarísima, de las previstas en la ley.

 Fuera del proceso, porque la campaña de intoxicación del Gobierno, coacciones al Tribunal, negaciones radicales del Estado de Derecho,  y deslegitimación del Tribunal para poder realizar su función, son de una gravedad difícilmente superable.

 Porque, no se nos olvide, que el Gobierno es consciente de la falsedad, ilegalidad y falta de base de esa campaña, dado que el Tribunal Constitucional sólo está decidiendo si el derecho de unos parlamentarios a ejercer su función parlamentaria ha sido o no violado por la mesa del Congreso, que ha permitido tramitar unas proposiciones de ley de forma, creo yo, totalmente fraudulenta y fuera del Ordenamiento Constitucional y Reglamentario del propio Congreso.

Valentín Cortés

 

viernes, 16 de diciembre de 2022

 

Viernes 16 de Diciembre de 2022

Los exabruptos constitucionales del Gobierno y socios

Lo vivido ayer es una verdadera desgracia para nuestro sistema constitucional.

Así, 1) El Presidente de Gobierno habló del atropello de los magistrados conservadores del Tribunal Constitucional.

2) El portavoz socialista en el Congreso habló de golpe de Estado con las togas; lo que  es claramente una calumnia que se lanza desde el Partido Socialista al Tribunal Constitucional.

3) Para mayor dislate, se negó por los partidos del Gobierno, que el Tribunal Constitucional pueda controlar la actividad parlamentaria, desmontando así toda la arquitectura constitucional, que pone en el vértice al propio Tribunal Constitucional, cuyas resoluciones que no se refieran a un derecho subjetivo individual, tienen efectos frente a todos( art.164 de la Constitución), incluido el Gobierno y el Parlamento, y el Poder Judicial.

Y 4) El propio Presidente del Gobierno amenazó y coaccionó al Tribunal Constitucional, en forma del deseo expresado de que el lunes impere el sentido común entre los magistrados del Tribunal Constitucional: toda una lección de desprecio al Tribunal.

Pero, todo eso, al final, es una cortina de humo que quiere tapar la realidad, porque, en efecto, seguimos esperando la decisión del Tribunal Constitucional, porque aquí lo que se juzga, con el Derecho y la Constitución en la mano, es si el Gobierno y sus socios, como yo mantengo que ha ocurrido, a través del Parlamento, han perpetrado una violación  múltiple de neutro sistema constitucional y del  Estado de Derecho. Y, con independencia de violaciones constitucionales de fondo, están las que se perpetran en el camino parlamentario, que el Tribunal tiene poder y soberanía para evitarlas antes de la aprobación de las leyes.

Valentín Cortés

 

jueves, 15 de diciembre de 2022

 

Jueves 15 de Diciembre de 2022

El Tribunal Constitucional tiene que resolver hoy qué papel quiere jugar en nuestro Estado de Derecho.

Escribo intencionadamente antes de que el Tribunal decida. Y, obviamente,no sé que resolverá el Tribunal Constitucional en relación con el recurso de amparo que ha presentado un grupo de Diputados contra la decisión del Congreso de tramitar un proyecto de ley, cuyas enmiendas afectan a leyes distintas y a temas distintos de los del objeto de la reforma del delito de sedición. Tampoco sé en qué términos está redactado el recurso.

Desde este desconocimiento, lo que sí puedo decir es que formalmente no se pueden tramitar parlamentariamente esas leyes de esa manera porque ataca directamente al derecho de los diputados a ejercer con todas las garantías su función parlamentaria. Por tanto,aunque sólo sea en este  tema, hay lo que se llama “bonus fumus iuris”, la apariencia de Derecho, que posibilita tomar las medidas cautelares que se solicitan.

Y sé que, en este momento, en que el Tribunal Constitucional está enfrente del espejo, la imagen que proyecte de sí mismo no puede ser la del leguleyo que se sale por la tangente o que busca el resquicio procedimentalista y formulario para no enfrentarse con el problema que tiene el Poder Legislativo ( arrasado por el Ejecutivo), el Poder Judicial e incluso su propio Poder y Autoridad que se ponen en claro peligro por este proyecto de ley que, amén de estas inconstitucionalidades, comete la de negar el derecho a ejercer su función a los propios diputados. Porque quede claro que, en este estado procesal, este no es un conflicto entre el Tribunal Constitucional y el Poder Legislativo, es sólo y exclusivamente un conflicto constitucional entre un grupo de diputados y el Congreso, con las consecuencias que ya han sido advertidas, que el Tribunal Constitucional tiene el poder-deber de resolver.

Valentín Cortés

miércoles, 14 de diciembre de 2022

 

Miércoles 14 de Diciembre de 2022

El Tribunal Constitucional frente al Gobierno como legislador constitucional(¡) 

En mi opinion, este rosario de ocurrencias antijuridicas y anticonstitucionales que son los proyectos de ley sobre la sedición, malversación de caudales públicos, Consejo General del Poder Judicial y Tribunal Constitucional, y de enmiendas a los mismos ( ¡incluso enmiendas en la exposición de motivos de la Ley llamada del “sólo sí es sí”!), que se tramitan y presentan al son de la negociación que llevan  en marcha el Gobierno y los beneficiados por esas leyes, destaca, sin duda, la que afecta al Tribunal Constitucional que no sólo supone una violación  de la Constitución como tantas otras, sino que el legislador ( es decir, este Gobierno) se convierte en fuente de la norma constitucional y produce una modificación clara y directa del art. 159.3 de la Constitución, que a partir de los próximos días, -y esperemos hasta que el Tribunal Constitucional la anule-, no se renovará por tercios, sino por sextas partes, al menos en lo que afecta a la renovación que comparten el Gobierno y el Consejo General del Poder Judicial.  Es tan patente la nulidad que no se comprende, desde unos parámetros de pensamiento normal, cómo es posible que el Gobierno proponga esa reforma y el Parlamento la apruebe.

Por si fuera poco, y para evitar sorpresas que pudieran estropear esta renovación a sextas partes, se priva al Tribunal Constitucional del examen de idoneidad de estos dos Magistrados, con lo que se produce el fenómeno único de que, privando al Tribunal Constitucional de una de sus funciones [ art.10 f) de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional], que deriva del art. 159.2 de la Constitución, se deja en manos del proponente (es decir, el Gobierno) determinar por sí y ante sí la idoneidad de esos aspirantes a Magistrados.

La opinión de doctrina científica es que esa función del Tribunal Constitucional es una garantía esencial para proteger la propia identidad del Tribunal Constitucional.Pero, es obvio que al Gobierno tampoco le importa lo que pueda pensar la doctrina científica.

Pero, lo más importante, ¿qué dirá el Tribunal Constitucional ante el recurso de amparo que ha presentado el PP esta misma mañana para evitar la tramitación de todas estas enmiendas y proyectos de la forma que se están haciendo, suponiendo como suponen un claro ataque a la normativa constitucional que regula al Consejo General del Poder Judicial y al propio Tribunal Constitucional? 

Valentín Cortés

 

 

martes, 13 de diciembre de 2022

 

Martes 13 de Diciembre de 2022

El desbarre jurídico constitucional del Gobierno

En la reforma-violación de la Constitución que se propone aprobar el Congreso en los próximos días relativa al art. 159 de la Constitucion (nombramiento de Magistrados por el Consejo General del Poder Judicial) quiero detenerme hoy en la tipificación como delito (con la correspondiente reforma del Código Penal) el no acordar o consensuar un determinado nombramiento propuesto.

 Pues bien, amén de la dificultad de convertir no ejercitar una función constitucional (designar magistrados del Tribunal Constitucional) en un delito, sin que eso se pueda deducir ni siquiera indirectamente de la Constitución ( puro tema de Teoría General del Derecho) -[¿sería delito, me pregunto, no consensuar en el Congreso personas para nombramiento de miembros del Consejo General del Poder Judicial?; me lo pregunto por la vigencia del principio de igualdad en nuestra Constitución,  art. 14]-, el problema radica en que al exigir  la Constitución un mayoría de tres quintos para proceder a la elección de Magistrados, es evidente que la Constitución ha querido que el propuesto lo sea por los tres quintos de los miembros del Consejo; de modo que si cualquiera de los miembros del Consejo, o un grupo de ellos, no accede a apoyar una propuesta concreta es difícil que cometa un delito, sólo manifiesta su rechazo a ese nombramiento propuesto. En el caso concreto, nadie (ningún miembro del Consejo General del Poder Judicial) incumple sus funciones constitucionales (y menos, delinque) por no estar de acuerdo en la propuesta de una determinada persona, por mucho que guste a los demás y por muy reconocida competencia jurídica que pueda tener, lo que siempre es un elemento subjetivo que valorar.

El Gobierno desbarra y actúa de forma grosera, a trompicones legales, buscando someter al Poder Judicial a su capricho. Con esta reforma, amén de violar la Constitución en la letra y en el espíritu hará un sonoro ridículo en criminalizar la falta de acuerdo o consenso.

Valentín  Cortés

lunes, 12 de diciembre de 2022

 

Lunes 12 de Diciembre de 2022

Nunca hubo tanto desprecio por el Derecho y por la Constitución

Las propuestas legislativas, todas ellas referentes a modificaciones del Código Penal, que el Gobierno ha hecho la semana pasada y que serán aprobadas, sin duda, en los próximos días por el Congreso, nos dejan, no ya sorprendidos por la deriva autoritaria y anticonstitucional de este Gobierno, cosa que es sabida y que ya hemos denunciado varias veces en este blog, sino por comprobar de forma plástica lo que es el desprecio absoluto por el Derecho que tienen quienes han ideado tal maniobra de “manoseo” del Código Penal y de violación de la Constitución.

Obsérvese bien que se trata de un desprecio absoluto, porque ni siquiera el Gobierno se esconde en la “formalidad”, como hacían los independentistas catalanes en la elaboración de sus leyes usando el mecanismo del fraude legal o constitucional: estos, al menos, mostraban, aunque falsamente, un respeto formal por el Derecho. Por el contrario, los autores de este atentado jurídico del Gobierno o no son conscientes de lo que hacen, o tienen una ignorancia grave y total de lo que es el Derecho o, quizá lo más probable, tienen una concepción autoritaria de lo que es el Ordenamiento Constitucional y Jurídico de tal manera que el Derecho que no gusta, se cambia, sin más consideraciones,  por el que gusta o conviene al autócrata de turno, lo que tuvo, ya lo sabemos, un gran arraigo en la Alemania nazi de preguerra y es una nueva versión de la tan conocida técnica marxista de la aplicación alternativa del Derecho.

Y como todo se encierra en una negociación de pillos (el Gobierno con los partidos que lo sostienen) a cada ocurrencia o exigencia de éstos, aquél se ve forzado a enmendar sus propias enmiendas a su inicial proyecto legal, para con la correspondiente vulneración de la Constitución, dar gusto a unos y satisfacer los intereses sólo y exclusivamente de uno pocos. Ni importa la Constitución ni el Estado de Derecho

Valentín Cortés

viernes, 2 de diciembre de 2022

 

Viernes 2 de Diciembre de 2022

Una buena ocasión para el Defensor del Pueblo

Ayer noche el Congreso rechazó, como estaba previsto, las enmiendas a la totalidad del proyecto de reforma del Código Penal (delito de sedición) que presentaron los partidos que mantienen la necesidad de no suprimir tal delito.

Los argumentos para rechazarlas han sido tan absolutamente peregrinos, faltos a la verdad y lejos de la realidad de todo Estado de Derecho, que no merece la pena detenerse en ellos; y yo no me voy a detener ni un segundo en hacerlo.

Todo indica que la reforma del Código Penal será una triste realidad antes de fin de año. Y todo indica que, de inmediato, se presentaran los correspondientes recursos de inconstitucionalidad del PP y de Vox, que son los únicos grupos que podrán hacerlo. Pero sería bueno que, en concreto, el Defensor del Pueblo apareciera ante la sociedad como tal e interpusiera también el recurso, para lo que tiene la legitimación que le otorga el art. 162.a de la Constitución. Porque la reforma de la sedición no sólo es un desarme del Estado de Derecho y una norma ad hoc, que va dirigida a favorecer a determinadas personas, perfectamente identificadas, y a sustentar los particulares intereses de un  Gobierno, que de otra manera no habría aprobado los Presupuestos de este año, sino que es un ataque a la sociedad y a cada uno de sus componentes, los ciudadanos españoles integrantes del Pueblo Español, que quedan sometidos al riesgo de cualquier golpe de Estado que se quiera preparar y llevar a cabo, sin que el Estado pueda, siquiera sea, amenazar con penas disuasorias a sus organizadores

Valentín Cortés

P.S.  Dado el calendario de fiestas de la semana que viene, la próxima entrada en este blog será el lunes 12 de Diciembre de 2022. Hasta entonces, pues.