Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 8 de enero de 2021

 

Viernes 8 de Enero de 2021

 Mutatis mutandis

El acervo jurídico romano, reinterpretado por los glosadores, y siglos después por la doctrina jurídica alemana de la segunda mitad del siglo XIX, nos ha dejado ese instrumento portentoso de interpretación y de aplicación jurídica que conocemos por la expresión mutatis mutandis, porque no siempre las situaciones a analizar son idénticas, sino similares, por eso una misma regla puede ser aplicable a situaciones diversas si cambiamos lo que hay que cambiar en lo no sustancial de aquellas.

Viene esto a cuento del asalto al Congreso de los Estados Unidos en el momento en que se iba a ratificar el resultado de las elecciones presidenciales. Nada más lejos de mi intención que analizar la situación, porque ni tengo el conocimiento, ni conozco, sino superficialmente a través de la prensa, los hechos. Con esas salvedades puedo decir que Trump, antes de las elecciones, habló de fraude; después denunció fraudes sin fin, impugnó resultados, presionó al aparato judicial; fracasó en todos los intentos: sólo le quedaba seguir violentando con presión a su favor en el último acto jurídico de las elecciones: y lo hizo incitando el asalto cuando se iba a proclamar al vencedor en el Congreso.

Mutatis mutandis parece un llamado escrache de los practicados por extremistas en España, o un asalto al parlamento catalán, o una presión inadmisible en España al aparato judicial con descalificaciones, amenazas de reformas legislativas, etc. etc. Porque, en definitiva, allí como aquí, mutatis mutandis lo que se persigue es, con unas cosas o con otras, no aplicar el Derecho que hay sino el que gusta a los violentos o, en su caso, al que manda, siendo en este momento imprescindible la cita al Prof. Juan Damián (El juez ante la Ley). No sé, pues, a qué viene tanto escándalo de algunos, cuando aquello, mutatis mutandis, lo tenemos aquí.

Valentín Cortés

jueves, 7 de enero de 2021

 

Jueves 7 de Enero de 2021

La vara de medir la legitimidad de los Poderes e Instituciones estatales

El Rey ha manifestado en el discurso de la Pascua Militar cosas que constitucionalmente son obvias, que, por ello, substancialmente suelen ser inocuas. Es obvia la afirmación de que “todos estamos incondicionalmente comprometidos con ella ( la Constitución) porque es el origen de la legitimidad de todos los poderes y deberes de las instituciones del Estado”.

Menos obvio, constitucionalmente, es afirmar que esa “legitimidad se renueva cada día respetándola y observándola”, porque con ello se hace distinción entre la legalidad  en el origen de los poderes y deberes de las Instituciones del Estado y la legitimidad del ejercicio de los tres Poderes estatales ( además de las Instituciones) que ( aún menos obvio ) se “renueva cada día por el respeto y la observancia” a la Constitución.

Estas palabras dichas cuando se cuestiona, desde partidos que sostienen al Gobierno, la Constitución misma  y la Monarquía ( sin  que aparezca por ningún sitio un proyecto claro y definido de su modificación) aparecen como un aviso de que el respeto y la observancia de ella es una vara de medir igual para todos, lo que tiene su importancia porque están dichas por quien, según el art. 56.1 de la Constitución, es el Jefe del Estado, símbolo de su permanencia que, además, arbitra y modera el funcionamiento regular de las Instituciones estales.

Valentín Cortés

 

 

 

miércoles, 30 de diciembre de 2020

Miércoles 30 de Diciembre de 2020

 

La lucha por el Derecho

He hecho un somerísimo repaso de las entradas que este año que termina han llenado este blog de contenido.

Y a modo de conclusión, sin ánimo de agotar argumentos, creo que, sin duda,  más que en ninguna otra época de mi vida jurídica, eso creo yo, me he convertido en un luchador por el Derecho, por su vigencia, respeto y cumplimiento; me he visto, con retrospectiva, como un denunciador del fraude legal y constitucional que por desgracia se está convirtiendo en tendencia generalizada, cuando en un momento creía yo que estaba aislada en los ambientes secesionistas catalanes; me he visto como crítico jurídico de los abusos formales y sustanciales que han estirado la Constitución, el orden constitucional y los principios personales, sociales y económicos que la sustentan más allá de lo que pudiera ser una interpretación laxa del texto constitucional.  He visto un Poder Judicial atacado (en su rama judicial) e inane (en su cúspide constitucional); un Poder Legislativo sustraído por decenas de decretos-Leyes en los que es difícil apreciar la urgencia de lo legislado; y un Poder Ejecutivo en plena expansión en el desarrollo de competencias que muchas veces han ido más allá de lo que, bajo mi opinión, le permite la Constitución.

Desde esta atalaya que me impuse en este blog la conclusión es que 2020 ha sido un año que, en su conjunto, deberíamos olvidar. Por eso más que nunca, les deseo un año 2021, en lo jurídico, radicalmente opuesto a éste que felizmente se acaba.

Valentín Cortés

NB.- ¡¡Feliz año 2021 y hasta el día 7 de Enero!!

 

 

 

martes, 29 de diciembre de 2020

 

Martes 29 de Diciembre de 2020

 

La arbitrariedad

La Sra. Calvo sabemos que es Vicepresidenta del Gobierno y que obtuvo en su momento una cátedra de Derecho Constitucional. Esta Señora sigue con la campaña de “intoxicación jurídica” emprendida por el Gobierno y sus miembros para justificar un posible indulto a los condenados por sedición. Ahora ha manifestado que el Gobierno  puede indultar a pesar del informe en contra el Tribunal Supremo y de los Fiscales.

La obviedad es patente, puesto que eso es algo que prevé la Ley; son dictámenes no vinculantes.

Pero el problema de la Vicepresidenta es que, siendo tal y, además, catedrática del Derecho Constitucional, se ha “olvidado” de decir que nuestra Constitución, expresamente en el art. 9,3, establece, como uno de los principios básicos de nuestro orden constitucional, la “interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”. Por eso debería afanarse en explicarle a los españoles cómo es posible no caer en la arbitrariedad si, tras el informe de los Fiscales, y el que presumiblemente emitirá el Tribunal Supremo, la concesión del indulto no será una muestra patente de arbitrariedad: es decir, de poner la voluntad política del Gobierno por encima del orden constitucional, lo que lo pone, ya lo hemos dicho, en la senda de la prevaricación. ¡Ese es el problema jurídico que tiene el Gobierno y la información jurídica que debe dar a los españoles!

Valentín Cortés

lunes, 28 de diciembre de 2020

 

Lunes 28 de Diciembre de 2020

Lo moral en las obligaciones constitucionales del Gobierno

Ha dicho el Ministro Sr. Ábalos, que además es un alto responsable del PSOE, que el Gobierno tiene la obligación moral de limar asperezas en el llamado conflicto catalán, todo ello en referencia a la concesión del indulto a los condenados por sedición. La prensa recoge ampliamente el comentario del Ministro.

Como jurista tengo que decir que no me interesa nada saber cuales pueden ser las obligaciones morales del Sr. Ministro o, incluso, del Gobierno en pleno. Desde que empecé mi carrera de Derecho tengo clara la distinción radical entre Derecho y Moral y, constitucionalmente, un Gobierno no tiene más obligaciones y deberes que los constitucionales y jurídicos, que si se incumplen son los únicos que dan lugar a responsabilidad civil, penal o administrativa. Todo lo demás o es Política o es Moral o, quizá, palabrería.

En cualquier caso, dada la naturaleza de lo Moral mucho me temo que, a pesar de lo que pueda decir el Ministro, su Moral o la del Gobierno no pueden imponerse a la mía ni a la del resto de los ciudadanos, por lo que deduzco que cuando un Gobierno apela a la Moral para realizar o darle contenido a cualquier acto jurídico, como el indulto, está entrando de lleno en la senda de la prevaricación y del totalitarismo.

Valentín Cortés

miércoles, 23 de diciembre de 2020

 

Miércoles 23 de Diciembre de 2020

 

La frontera de la prevaricación

Toda la prensa se ocupa del informe de los fiscales del Tribunal Supremo sobre la petición de indulto que se tramita a favor de los condenados por la sedición catalana.

El informe es especialmente contundente desde el ángulo que nos interesa, el jurídico. Para ser conciso y breve, mi impresión es que ha puesto al Gobierno en el brete de cometer prevaricación si es que, como también dice toda la prensa, y es casi opinión generalizada, quiere conceder el indulto a estos presos. Para los Fiscales sería una ilegalidad y absoluta arbitrariedad el indulto. En esta situación, es de suponer, por los antecedentes de este mismo caso (puesta en libertad de los presos anulada), que  cabe pensar que el Tribunal Supremo emitirá igualmente un informe jurídico en contra del indulto muy contundente. Siendo así, será muy difícil conceder el indulto y no cometer prevaricación, que no es otra cosa que decidir a sabiendas de que esa decisión es injusta.

Valentin Cortés

PD.- Mis mejores Felicidades para esta Navidad y hasta el día 28

 

 

martes, 22 de diciembre de 2020

 

Martes 22 de Diciembre de 2020

La imperiosa necesidad de una Justicia independiente

Este año que termina ha sido sin duda en el que se han producido más restricciones al ejercicio de nuestros derechos fundamentales. Esas restricciones han sido impuestas utilizando mecanismos jurídicos constitucionales (estado de alarma), por lo que, por ese lado no cabe hacer objeciones, salvo aquellas que hemos denunciado en este blog.

El problema es que la pandemia, que nos ataca por oleadas de infección, nos ha demostrado que muchas de las limitaciones en derechos constitucionales que sufrimos en la primera fueron innecesarias o lo hubiesen sido si se hubieren tomado medidas de prevención sanitaria elementales o se hubiese gestionado mejor, o más adecuadamente, la crisis sanitaria.

Todo esto plantea al jurista un problema trascendental recurrente en la Teoría General del Derecho a lo largo de los siglos: la distinción entre Derecho y Ordenamiento Jurídico (Ley), y, en cualquier caso, la cuestión de si, con aquellas normas y las de ahora, se obtiene el fin ultimo del Derecho: la Justicia y la Certeza y Seguridad Jurídica, porque el fin del Derecho no es sólo que se cumpla.

Ni se ha legislado alcanzando la Justicia, ni se ha alcanzado la Seguridad y Certeza jurídicas. Por eso, ahora es tan importante, que actúe la Justicia (Tribunal Constitucional incluido), y que sea independiente (art. 117 de la Constitución), pues será la única manera de reparar derechos y de exigir, en su caso, responsabilidades por legislar fuera de los confines del Derecho

Valentín Cortés