Viernes 10 de Marzo de 2017
Las
clausulas suelo de los créditos hipotecarios y el Tribunal Supremo
He leído en www.europapress.es una noticia relativa a
una reciente sentencia del Tribunal Supremo que declara la legalidad de una
clausula suelo, en la que el Tribunal no aprecia falta de transparencia.
Se pone coto a una especie de
espiral de defensa sin matices de los derechos que la Ley ofrece a los consumidores,
que ha sumido a las empresas prestadoras de servicios en una especie de auto de
fe continuo.
Lo he dicho muchas veces en este
blog que la falta de transparencia hay que probarla y que no es posible
presumirla en todas y cada una de las situaciones como si fuese una especie de
falta de transparencia objetiva que se diera en las clausulas suelo por el hecho de serlo,
o en cualquiera otra que haya sido discutida en los tribunales. La falta de transparencia
es subjetiva y tampoco cabe asimilarla a la dificultad de su entendimiento (que
dicho de paso es poca a la hora de comprender el contenido y objetivo de tal
clausula suelo). Por eso, su tratamiento tiene que ser individualizado y no es
criticable jurídicamente la actitud de algunas entidades financieras que
examinan caso por caso antes de devolver el dinero.
Otra cosa sería que la cláusula
fuese abusiva por su imposición, lo que es difícil mantener en el llamado mercado
hipotecario de la época en la que proliferó este tipo de clausulas
Valentín Cortés
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