Viernes 25 de septiembre de 2015
Lo que los jueces piensan
He leido en www.elmundo.es alguna de las conclusiones de la llamada VI encuesta a la carrera judicial. Es demoledor lo que, en determinadas cuestiones, piensan los jueces. Dos tercios piensan que los nombramientos de Consejo General del Poder Judicial no responden a los criterios de merito o capacidad. Un 75% cree que el Consejo no defiende la independencia judicial. Y, por poner un tercer ejemplo de la tremenda crisis en la que está metida el Poder Judicial, un 60% cree que se debería prohibir a los partidos políticos ejercer la acción popular penal.
Creo que ha llegado el momento de tomarse en serio lo que venimos diciendo por activa y por pasiva: hay que sanear la Justicia.
Valentín Cortés
Con este Blog pretendo dar mi opinión jurídica sobre las distintas noticias que aparecen regularmente en los medios de comunicación, de forma clara, sencilla y objetiva.
Valentín Cortés Domínguez
- Valentincortesdominguez
- Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.
viernes, 25 de septiembre de 2015
jueves, 24 de septiembre de 2015
Jueves 24 de Septiembre de 2015
La
talidomida y la prescripción de los derechos.
No pensaba escribir sobre este tema
por lo muy doloroso que debe ser para los afectados. Pero, he leído la prensa
digital de esta mañana y el tono general es de reproche al Tribunal Supremo por
declarar la prescripción del derecho a pedir la indemnización, acusándole de
falta de sensibilidad y de aplicar normas injustas.
Ni el Tribunal Supremo es
insensible por aplicar las normas de la prescripción ni estas son injustas.
Posiblemente todos los ciudadanos hemos invocado alguna vez las normas de la prescripción
(algunas veces para cosas nimias, para no pagar una multa, por ejemplo, o para
cosas más trascendentales); y no son injustas porque, en su conjunto, dan
certeza y seguridad al ordenamiento jurídico, y se permite su aplicación,
también en este tipo de supuestos, sólo cuando ha transcurrido el plazo
previsto, contado desde el momento en que se pudo ejercitar el derecho.
Yo era muy joven y soy testigo de
que entonces era de conocimiento general que determinadas malformaciones que se veían tenían
algunas personas se debían a un fármaco (la talidomida) que habían tomado sus
madres durante la gestación. El por qué algunos
afectados por este fármaco no ejercitaron su derecho desde que la malformación se
hizo evidente, o el daño se produjo, no lo sé. Ni lo juzgaré pero, respetando
aquella decisión de los perjudicados, tengo que manifestar que el Tribunal
Supremo no es insensible ni aplica normas injustas al decidir en el sentido que
lo ha hecho.
Valentín Cortés
miércoles, 23 de septiembre de 2015
Miércoles 23 de Septiembre de 2015
Y
¿Qué hacemos con la nacionalidad?
Lo que demuestra la campaña
electoral catalana es que los políticos juegan con las personas. Unos se
han lanzado a predicar la independencia
y es ahora cuando se plantean públicamente algo tan básico como saber qué
pasará con los españoles que vivan en Cataluña en el momento de la independencia:
ahora se preguntan si dejarían de ser españoles. Otros, se confunden, se aturullan,
se paralizan y todos se olvidan de que ningún
español de origen podrá ser privado de su nacionalidad (art.11.2 de la Constitución)
y de lo que ello significa.
Y ¿entonces? Yo creo que el tema no
se centra en saber si pierden o no la nacionalidad española esos españoles, que
no la pierden, sino en comprender que, mirando hacia fuera, en el mundo no se
puede vivir sin nacionalidad y, lo que es igualmente importante, sin acreditarla mediante el documento o
documentos aceptados para tal función. Olvidándose los unos de comunicar a sus
votantes que esa credencial sólo la
daría la autoridad española y que la catalana no lo sería hasta su reconocimiento internacional.
Si miramos hacia dentro, la
nacionalidad pierde gran parte de su trascendencia, pues lo importante es la
residencia o el domicilio. ¡Qué casualidad que los bancos digan que se van de
Cataluña y cambian el domicilio en el supuesto de independencia!
Valentín Cortés
martes, 22 de septiembre de 2015
Martes 22 de Septiembre de 2015
Las
declaraciones a Onda Cero del Presidente de Gobierno.
En relación con las noticias que nos
proporciona el transcurso de la campaña electoral catalana observo que frente a
quienes se asientan en el Derecho y Estado de Derecho ( como, por ejemplo,
entre otros, se muestra hoy en Onda Cero el Presidente Rajoy cuando ha afirmado
que “para legitimar una operación ilegal
no pueden valer ni los escaños ni los votos” y cuando ha dicho que ”la independencia no tiene ningún sentido. No
tiene ningún valor jurídico. Iríamos al Tribunal Constitucional y punto”)
se sitúa el desparpajo y desahogo de los partidarios de la independencia de
Cataluña: en 24 horas han pasado de afirmar “¡que se vayan los bancos!”, a
afirmar que “no pagaran su deuda” si el Estado no se aquieta a lo que quieren. Realmente
no me imagino que un Estado moderno (no una tribu tercermundista, en términos reales,
afincada en un territorio) pueda nacer en tal ciénaga ajurídica e ilegal: tendría
sus horas contadas.
Hace bien el Estado proclamando la
vigencia del Estado de Derecho, porque sitúa el trauma y el problema en el único
campo posible cuando unos poderes públicos (como son las instituciones
catalanas) desprecian la Constitución (incluidos sus mecanismos de reforma)
para dar un verdadero golpe de Estado ( que eso es quebrar el orden constitucional).
Valentín Cortés
lunes, 21 de septiembre de 2015
Lunes 21 de Septiembre de
2015.
¡Ni
siquiera en lo meramente formal son capaces de cumplir las normas!
He leído las normas del Estatuto de
Cataluña que se refieren a su modificación, en las que, naturalmente, no se contempla la posibilidad de declarar la
independencia, pero estaremos de acuerdo, en que esa declaración es una
manera de, no solo modificar el Estatuto, sino de derogarlo. Pero no voy a
esto, sino al quorum previsto por el
Estatuto para la aprobación de determinadas cuestiones.
Lo he hecho a la luz de que el Sr.
Mas, y demás compañeros independentistas, dicen que no necesitan, para emitir aquella declaración
de independencia, la mayoría de votos, sino la mayoría absoluta de diputados. En
definitiva, lo que daban a entender que era plebiscitario, ya no lo es. Pero,
tampoco voy a este cambio que parece sustancial.
A lo que voy: resulta que, obviando
otras necesidades, como la intervención de las Cortes, el art. 223.1.b. exige,
para la modificación (o derogación) de las normas del Estatuto que se refieran
a las relaciones con el Estado, de una mayoría reforzada de 2/3 de los votos de
los Parlamentarios.
En este marasmo de ilegalidades, ni
siquiera son capaces de ofrecer a sus seguidores una vía a la independencia que,
al menos formalmente, guarde los mínimos democráticos, en forma de quórum, que
se exigirían al Parlamento catalán para
votar, aunque fuera lejos de sus competencias, algo que supone la modificación y
derogación del propio Estatuto. ¡Debe ser consecuencia de la astucia!
Valentín Cortés
sábado, 19 de septiembre de 2015
Viernes 18 de Septiembre de 2015
Sobre
la recusación en el caso Gürtel
Hace justo una semana hablaba de la
recusación de dos Magistrados que han sido designados para conocer del caso
Gürtel, y de la politización de la Justicia. Hoy he leído que uno de los Magistrados que ha
de resolver sobre la recusación de aquellos Magistrados fue Vocal del Consejo General
del Poder Judicial a propuesta del Psoe (www.elboletin.com).
La aplicación de los criterios de
reparto, unido a los legales, ha querido que se produzca esta casualidad: que
los que son recusados por haber sido
designados vocales del Consejo a propuesta del Partido Popular, vean como el
tema de su recusación será resuelto por el que lo fue por el Partido Socialista.
No pongo en duda la honestidad de
este último Magistrado, pero qué duda cabe que la apariencia de imparcialidad
sufre en el momento en que debe juzgar sobre un caso que se le podría aplicar a
él en cualquier momento. Por eso, sigo pensando que lo mejor es, de futuro,
acabar con este “vayven” de magistrados
en la política y en la judicatura. Todo por el prestigio de la Justicia.
Valentín Cortés
jueves, 17 de septiembre de 2015
Jueves 17 de Septiembre de 2015
El
proyecto de ley de reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional
Por supuesto que no voy a comentar
las opiniones políticas de los diputados emitidas ayer para apoyar u oponerse al
citado proyecto de Ley que pretende dar al Tribunal Constitucional poder
ejecutivo para que se cumplan sus sentencias. Los medios de comunicación se
encargan de eso hoy con toda extensión.
En este Blog estamos para dar nuestra
opinión jurídica. En este sentido:
i.- No es una ley ad hoc, una ley particular, sino que
regula supuestos de hecho generales. Se quiere dotar al Tribunal Constitucional
del imperium que tienen todos los órganos
jurisdiccionales (art. 117 Constitución: juzgar y hacer cumplir lo juzgado) y no olvidemos que el Constitucional
lo es.
ii.- Es una Ley oportuna, porque,
si en un momento era impensable que algún poder público o persona incumpliera
las sentencias del Tribunal Constitucional, es evidente que ahora se incumplen
de forma sucesiva, entre otros, por la Generalidad de Cataluña y que en el
futuro se pueden incumplir por cualquier otro poder o persona. Un Poder del
Estado no puede quedar inerte e impotente y menos el jurisdiccional.
iii.- Fortalecerá la división de poderes,
pues independiza aún más al Tribunal Constitucional del Poder Ejecutivo, del
que ya no dependerá para que se cumplan
sus sentencias, que, incluso, pueden afectarle.
iv.- La legislación actual posibilita
la sanción por la violación de la obligación de cumplimiento (art. 155 Constitución,
delito de prevaricación, etc), pero no garantiza el cumplimiento de la
sentencia.
Son cuatro razones jurídicas para
no dudar de la oportunidad de la promulgación de esta ley, pero se podrían
exponer otras muchas, frente a las que los inconvenientes políticos que manejan
los grupos parlamentarios aparecen como partidistas y alejados de la ortodoxia jurídica
adecuada.
Valentín Cortés
Suscribirse a:
Entradas (Atom)