Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 28 de abril de 2017


Viernes 28 de Abril de 2017

Los aforamientos y la corrupción

Aunque sea una noticia de la prensa de ayer, quiero dar mi opinión sobre el acuerdo de la Asamblea murciana para reformar el Estatuto de Autonomía y suprimir los aforamientos de los Diputados y de los miembros del Gobierno.

Hay dos cuestiones que quisiera destacar:

La primera, es que esa reforma se tiene que aprobar por Ley orgánica en las Cortes Generales y pudiera darse el caso que la mayoría de la Asamblea murciana (PP y Ciudadanos) no se consiguiera en las Cortes, al votar en contra otros partidos necesarios para la obtención de la mayoría reforzada exigida en la aprobación de las Leyes orgánicas. Me imagino que, sin duda, habrá sido un factor tenido en cuenta por los políticos murcianos, tanto los que han votado a favor como los que lo han hecho en contra.

La segunda, que es un hecho científicamente demostrado que emprender reformas con equivocación de método (Ciudadanos ha afirmado que “con esto se lucha contra la corrupción”) conlleva el fracaso de la reforma. Puesto que el aforamiento, según mi humilde criterio, no propicia la corrupción, ni su eliminación depende de la supresión de aquel, estimo que esa reforma tiene poco recorrido, si no es que se emprende una general y bien enfocada de todos los aforamientos.

Valentín Cortés

jueves, 27 de abril de 2017


Jueves 27 de Abril de 2017 

La reprobación del Fiscal General y del Fiscal Anticorrupción

El Partido Socialista y Ciudadanos han presentado en el Congreso la petición de reprobación del Fiscal General y del Fiscal Anticorrupción por su actuación en el caso u operación Lezo.

He podido leer en www.europapress.es que una de las causas que se esgrimen es que ambos fiscales han dictado órdenes a sus subordinados que son contrarias a las leyes.

Los partidos políticos están en la lucha política y utilizan, por consiguiente, las armas que estiman convenientes. Nada que objetar políticamente, porque ese no es mi campo.

 El problema está en el flaco favor que se hace, de camino, al Estado de Derecho, pues se cuestiona, en este caso, sin matiz alguno, a una institución tan importante como es la Fiscalía, perdiéndose de vista que la instrucción penal no se concede al funcionario de turno, sino a la institución pública del Ministerio Fiscal que está sometida al principio de jerarquía, con los correctores internos para evitar arbitrariedades  o, simplemente, divergencias de criterio que se consideren importantes subjetiva u objetivamente.Lo que parece haber funcionado en este caso. 

Esa pérdida de visión general la sufren algunos fiscales de base y algunos fiscales jefes, que están convirtiendo el Ministerio Fiscal en un campo de batalla política, todo ello ayudado por los Partidos políticos que están llegando a la aberración de creer que el único Poder que existe es el Legislativo, con lo que, parece, que nada importa que los demás Poderes se deterioren hasta donde sea conveniente a los intereses del momento.

Valentín Cortés

miércoles, 26 de abril de 2017


Miércoles  26 de Abril de 2017
 
A contracorriente
He leído en www.elconfidencial.com una noticia que me anima a ir a contracorriente en este mundo proceloso del binomio Justicia-corrupción política que nos inunda, atosiga, apabulla, cohíbe, acongoja y molesta un día sí y otro también. Por lo leído, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado la demanda de la enfermera, antaño contagiada de ébola, y de su marido, contra la Sanidad española por haber sacrificado a su perro Excalibur; pedían 150.000€ de indemnización (¡). El perro fue sacrificado para evitar contagios.
La desgracia se cebó con aquella enfermera y gracias a un inmenso gasto de todos los españoles, a una inmensa profesionalidad de los responsables de Sanidad, a un sistema sanitario extraordinario y eficaz, ella salvó su vida y se evitaron mayores contagios que, curiosa e imprudentemente, la enfermera no había evitado.
La desgracia le trastornó posiblemente su sentido, no ya del agradecimiento, que también, sino su sentido de la medida de sus derechos y, ahora acaba de perder, y con condena en  costas, gracias a una Justicia digna y a la altura de las circunstancias, la última de las demandas que interpuso y con las que pretendía sumas inmensas de euros en indemnizaciones por razones diversas.
En su momento, ya dije en este blog, que tuvo suerte de que algunas de las personas, a las que expuso de forma imprudente a la enfermedad, y que fueron denunciadas por ella de no haberla atendido correctamente, no la emprendieran judicialmente contra ella para que se castigara su proceder.
Por último, www.elconfidencial.com se “equivoca” al intitular la noticia afirmando que el perro no vale 150.000 €, porque lo que la Justicia ha dicho es que el perro fue acertada y legalmente sacrificado, y que, por tanto, no se puede pedir indemnización alguna por su sacrificio.
Valentín Cortés
 

martes, 25 de abril de 2017


Martes 25 de Abril de 2017
 
La fiscalía denuncia a la Delegada del Gobierno en Madrid
He tenido la paciencia de leerme la noticia, que está en todos los medios digitales. Lo he hecho en www.europapress.es, que la da con más detalle.
 Lo que en unos medios, incluso, se dice que es fraude, resulta al final un posible delito societario, que, por lo que leo, tiene todos los visos de ni siquiera serlo, pues, parece ser más el disgusto que produce, en el Ayuntamiento de Madrid de la actualidad, la gestión empresarial en el pasado de esta señora en una sociedad municipal.
Los juristas ( incluidos los jueces y los fiscales) sabemos que, desde una de las últimas modificaciones del Código Penal, mal afortunada por cierto, hace ya tiempo existe una tendencia procesal de resolver por el camino de la querella y denuncia penales, lo que son sólo conflictos mercantiles entre socios y entre estos y los directivos de la sociedad, porque esa es la manera de presionar con  más fuerza, y de obtener con  menos esfuerzo y razones jurídicas, soluciones al conflicto más favorables para el que denuncia o se querella, soluciones que no se obtendrían, o se tardaría más, de llevarlas por el camino adecuado: el mercantil.
No lo sé; pero lo pongo en conocimiento, porque es una manifestación más de la instrumentalización de la Justicia. Lo malo de esto es que sólo lo sabremos cuando pasen muchos meses y, entonces, quizá, la solución no interesará ni siquiera al Ayuntamiento de Madrid (quien denunció ante la Fiscalía), pues quizá haya conseguido entre tanto lo que pretendía.
Lo que no comprendo es las razones que haya podido tener la Fiscalía para presentar ella la denuncia ante el Juzgado, máxime ahora que se está reivindicando la instrucción sumarial del Fiscal.
Valentin Cortés
 
 

lunes, 24 de abril de 2017


Lunes 24 de Abril de 2017

El desalojo de unas viviendas ocupadas ilegalmente en Majadahonda

Posiblemente no hubiera escrito hoy mi opinión sobre esta noticia (que he leído en www.europapress.es), pero han ocurrido dos circunstancias completamente extraordinarias y escribo sobre ello:

La primera, que he pasado por el lugar muy de mañana; y la segunda, que he podido leer que el Ayuntamiento ha manifestado que “no tiene nada que ver con este desalojo”.

Al pasar he podido ver a la policía que se disponía a cumplir, efectivamente, la orden judicial de desalojo de un edificio cuyo propietario está obligado a demoler, desde el mismo momento en que lo terminó, si no antes, por exceso de altura, volumen, etc.

En el tejado y terrazas hay un muestrario amplísimo de antenas parabólicas, placas solares de calefacción y agua, y placas fotovoltaicas para la producción de electricidad, cada una de ellas dando servicio a las viviendas ocupadas ilegalmente, mediante tubos, cables y demás conexiones que cuelgan por las fachadas del edificio.

Todo, la obra ilegal realizada, la ocupación de las viviendas, una detrás de la otra, de un edificio clausurado por el Ayuntamiento, la colocación de parabólicas, placas solares, fotovoltaicas en terrazas y tejados, todo se ha llevado a cabo a ciencia y paciencia del Ayuntamiento, pues es evidente que no lo ha impedido en su momento o distintos momentos. Tampoco ha procurado el realojo de esas familias mediante la construcción de viviendas de tipo social, alquiladas o vendidas a bajo precio, porque, naturalmente, me imagino, es más barato que se ocupen los edificios de los particulares.

De modo que el Ayuntamiento sí tiene que ver con el desalojo; es, además de los ocupantes, el responsable del desalojo que esta mañana, por las casualidades de la vida, he casi presenciado en Majadahonda; que, por cierto, es el municipio más rico de España, después de Pozuelo de Alarcón. ¡Ah!, un vecino que estaba viendo el espectáculo me ha dicho: como este edificio ocupado hay otros muchos en el pueblo y el Ayuntamiento no hace nada para evitarlo.

Valentín Cortés

viernes, 21 de abril de 2017


Viernes 21 de Abril de 2017

La tendencia al teatrillo

Junto a la tendencia irrefrenable al fraude legal que tiene el independentismo catalán, y que tantas veces hemos señalado, se podría ahora confirmar la tendencia al teatrillo. Lo digo por lo que se puede leer en la prensa digital, acerca del manifiesto firmado por todos los miembros del gobierno catalán, con foto incluida de sus cargos primarios, secundarios y terciarios, “conjurándose” (tal como hacen los jugadores en el vestuario en el descanso del partido que van perdiendo) a convocar y celebrar el referéndum ilegal.

Dado que, tal como sabemos, la tendencia al fraude es irrefrenable, utilizan esta estrategia para organizar una especie de Fuenteovejuna (realmente paradigma de lo castellano) que evite el castigo jurídico que les espera. Unen, por tanto, una tendencia con la otra.

¡Hasta aquí lo político!

El problema (y aquí empieza lo jurídico) vendrá cuando haya que firmar el decreto de convocatoria y gastar dineros públicos para ello. ¡Entonces será el crujir y rechinar de dientes! Y, lo menos sorprendente que pueden esperar “los que sean firmantes conjurados”, no del manifiesto sino del decreto, es que nada evitará el castigo por la convocatoria del referéndum y por ordenar gastar dineros en ello, pues, al contrario de Fuenteovejuna, no se celebrará o cometerá (según se quiera calificar la celebración del evento), y, además, se castigará al que lo ordenare o gastare. ¡Vamos, lo de Lope de Vega, pero al revés!

Valentín Cortés

jueves, 20 de abril de 2017


Jueves 20 de Abril de 2017

La sobreactuación de los partidos políticos.

La prensa digital de hoy, en mayor o menor medida, con más o menos tintes de escándalo, recoge la noticia (que yo aconsejo leer en www.europapress.es), según la cual el Fiscal Anticorrupción “intentó parar” uno de los registros domiciliarios en la llamada operación  Lezo, en la que ha sido detenido un ex Presidente de la Comunidad de Madrid.

Leyendo la noticia en Europa Press se entera uno que la cosa es distinta, pues, ante la divergencia de criterio del Fiscal Jefe y los que llevan la investigación, éstos pidieron la aplicación del Estatuto del Ministerio Fiscal y, por consiguiente, la convocatoria de la Junta de Fiscales para que se debatiera sobre el tema; así se hizo y el Fiscal jefe, ante la opinión contraria a la suya de la Junta, cambió la orden y ese registro domiciliario también se efectuó. La orden no afectaba a los encausados principales sino a un personaje muy secundario de la trama.

Leo en www.elespañol.com que el Partido Socialista, Ciudadanos y Podemos han pedido inmediatamente la comparecencia en el Congreso del Ministro de Justicia (¡?) y del Fiscal General del Estado, y me temo que esa sobreactuación sólo conseguirá que los comparecientes en su momento expliquen lo actuado en el seno de la Fiscalía cumpliendo estrictamente el Estatuto. Una sobreactuación inútil que obtendrá, como resultado, que le impartan a los Sres. Diputados una lección de derecho procesal orgánico, y, si no, al tiempo.

Valentín Cortés

miércoles, 19 de abril de 2017


Miércoles 19 de Abril de 2017 

Otra vez sobre la declaración de Rajoy como testigo

Es evidente que la reacción de la prensa, modo de dar la noticia y comentarios, junto a los de los políticos, nos presenta un panorama digno de examen, pues ha habido una diputada que incluso ha afirmado que no pedirán la dimisión del Presidente por ser llamado como testigo y que sólo lo harán cuando sea imputado (¡).

Por deformación profesional, como profesor y abogado, no llego a asimilar todavía que la formulación de los conceptos jurídicos (por ejemplo, imputación, testigo, presunción de inocencia, etc) parece que ya no corresponde a los juristas, sino que el pueblo -ignorante del derecho-, los políticos y la prensa son los nuevos intérpretes y conformadores de los conceptos jurídicos y legales.

Por eso, como yo doy y emito en este blog opiniones jurídicas, y lo hago porque soy jurista, quiero afirmar, a pesar de esa tendencia novedosa, desde esa condición, que un testigo no es un imputado, ni conceptualmente puede serlo; que un testigo declara sobre hechos que conoce; y que, en ningún caso, su interrogatorio puede ir dirigido a incriminarlo, pues la declaración bajo juramento( la que presta el testigo) es esencialmente incompatible con la declaración incriminatoria, en donde es posible el silencio y la mentira, sin que se produzcan los efectos penales que sí se producirían en la declaración del testigo.  

Me imagino que esta opinión es inoperante si, como parece ser, los actuales conformadores e intérpretes del Derecho (políticos y prensa) han decidido motu propio que un testigo, por el hecho de serlo, es como un imputado.

Valentín Cortés

 

martes, 18 de abril de 2017


Martes 18 de Abril de 2017 

La declaración de Rajoy como testigo en el juicio de la Gürtel.

La prensa digital de esta mañana, después de tan dilatadas vacaciones, no tiene otro asunto que merezca una opinión jurídica, que la posible declaración del Presidente del Gobierno en el juicio de la llamada trama Gürtel.

Es curioso observar cómo los medios enfocan el problema: casi todos, exclusivamente, desde el punto de vista político, siendo la idea básica que domina el que, con esa declaración, o su inexistencia, se quiere exponer al Presidente, o preservarlo (según la posición que se tenga), de lo que se podía considerar como pena (¡) de telediario, difícil de entender cuando el que declara lo hace como testigo y no como imputado.

Conviene decir que todas aquellas pruebas que son inútiles o impertinentes, es decir que van dirigidas a probar lo que ya está probado por otros medios o que no podrán probar los hechos controvertidos, no deben ser admitidas para su práctica, por la sencilla razón que el proceso es un medio concebido bajo el principio de la economía de medios, lo que los juristas llamamos “economía procesal”.

Parece, pues, que tiene razón la fiscal, quien afirma que la prueba es inútil, pues lo que se quiere probar con la intervención testifical de Rajoy ya está probado por documentos, estando igualmente probado que no tuvo participación alguna en los contratos que están sometidos a la calificación penal; siendo así su testimonio sería, además de inútil, impertinente, amén de una perdida de tiempo y dinero.

Valentín Cortés

P.S Ya firmada esta opinión, se publica que el Tribunal, por mayoría, ha acordado el testimonio del Presidente de Gobierno. No recuerdo que, en estas cuestiones, los tribunales, en algo tan sumamente técnico, hayan acordado lo conveniente por mayoría. Parece, pues, que se ha introducido, no se en que parte del tribunal, la consideración política que yo, como jurista, había descartado
 

miércoles, 12 de abril de 2017

La demagogia técnico-juridica

El alcalde de Cádiz, que llaman cariñosamente Kichi, es de Podemos. Se le ocurrió izar la bandera republicana en la Plaza de la Constitución. Se recurrió tal acto y ahora el Juzgado Contencioso Administrativo ha ordenado arriarla cautelarmente hasta que decida en sentencia.
Kichi se ha escandalizado y ha manifestado que a pesar de que el proceso sigue abierto y no se fallado la causa principal, se ha ordenado arriarla.
Pues, eso es la justicia cautelar, que es una de las columnas de nuestro sistema, sistema que,por ejemplo,le permite al alcalde entrar en la cuenta corriente de los ciudadanos cada vez que no pagan un impuesto,arbitrio o arbitrariedad, sin esperar que llegue la resolución de recurso que el ciudadano ,paciente y no demagogo, ha interpuesto
Valentín Cortés

martes, 11 de abril de 2017


Martes 11 de Abril de 2017
La presunción de inocencia y los medios de información
Leo en www.ideal.es, el periódico granadino, que el cura Román, que había sido juzgado por diversos y gravísimos delitos de contenido sexual con un entonces joven menor de edad, ha sido absuelto.
Yo he podido leer en la prensa que este cura pertenecía al “clan de los romanones”, que hacían orgias en la parroquia, que cometieron un sinfín de delitos de abusos sexuales, que el arzobispo de Granada encubría a este clan y al cura juzgado.
Estoy seguro que ahora parte de la sociedad granadina habrá acogido con estupefacción la sentencia y hablará, posiblemente, de “circunstancias extrañas” concurrentes, quizá, en esta absolución y un sin fin más de consideraciones.
Como este caso de hoy, se producen al día muchos mas en toda España.
No es tanto la presunción de inocencia lo que se ha cargado (permítaseme la expresión) la sociedad española, como el sentido de lo que implica la Administración de Justicia y lo que significa el poder o el derecho de acusar que, hace tanto tiempo, hasta tenía claro Alonso Martínez. ¡En esta sociedad, la acusación es una condena!. Y así nos va. Nos falta, pues, muchas dosis de educación en lo esencial.
Valentín Cortés
 

lunes, 10 de abril de 2017


Lunes 10 de Abril de 2017
 
La independencia de la Justicia española
Publica www.expansion.com un estudio de la Unión Europea sobre la calidad de los sistemas judiciales. Según ese estudio, la confianza de los ciudadanos en la independencia de la Justicia, sitúa a la española en la cola de los países de la Unión, pues sólo un treinta por ciento de los españoles creen que la Justicia española es independiente.
Cuando se les pregunta la razón, esos ciudadanos han contestado mayoritariamente citando la injerencia del Gobierno o la de los intereses económicos.
Me imagino que las preguntas de la encuesta no están bien formuladas, pues lo españoles no pueden pensar que el Gobierno se entromete, por ejemplo, presionando al Juez, en el pleito que tienen con su vecino o con el comprador que no paga lo adquirido o los servicios que se le han prestado, o metiendo en la cárcel al ladrón; tampoco me imagino a esos españoles pensando que es el “gran capital” quien presiona.
La Justicia, gracias a Dios, no es la Audiencia Nacional ni los juzgados de instrucción mediáticos, que salen todos los días en la prensa, quizá, por mor de los medios de información, escandalizando a los ciudadanos españoles. La Justicia es, por el contrario, el conjunto de los juzgados y tribunales que desempeñan dignamente su labor día a día. Lo mediático no es representativo de nada y menos de la vinculación de Poder judicial a la “oligarquía política” y “económica”: eso suena al siglo XIX y principios del XX.
Valentín Cortés
 

viernes, 7 de abril de 2017


Viernes 7 de Abril de 2017
 
Lo que el Gran  Wyoming llama libertad de expresión
Leo en www.elespañol.com un amplio reportaje sobre lo que el periodista llama la mofa de este señor por la imputación judicial que se le he hecho a cuento de un chiste referente a la cruz del Valle de los Caídos, que en el mismo fue calificada como “una mierda”. Se mofa, pero inmediatamente se ha alegado por este señor el derecho de libertad de expresión, lo que significa que se defiende y se parapeta en el ejercicio de un pretendido derecho que, dice, le asiste, para justificar lo que él llama un chiste.
Yo, que no soy penalista, no sé si esa manifestación es constitutiva de un delito de incitación al odio (esa es la imputación), por razón de las creencias religiosas, pero lo que sí sé es que no puede ser ejercicio de la libertad de expresión mofarse de las creencias religiosas de los demás vituperando los signos más esenciales de la misma, porque el ejercicio del derecho no se puede llevar a cabo con insulto grave a los demás.
Pero, mucho me temo, que siempre habrá un juez que, más que aplicar el Derecho, lo interprete de tal manera que contribuya de forma continuada, como hasta ahora, al encanallamiento de la vida social de este país, porque en eso consiste creer que el derecho y la libertad de expresión son patentes para insultar, injuriar, despreciar o calumniar a los demás.
Valentín Cortés
 

jueves, 6 de abril de 2017


Jueves 6 de Abril de 2017

El Tribunal Supremo y AENA

La noticia más importante, posiblemente, desde el punto de vista económico, que hoy está en los periódicos digitales,-de forma irregular (¡para alguno de los medios de prensa, ni siquiera es digna de recogerse!)-, es la anulación por parte del Tribunal Supremo de un auto judicial que establecía el modo de ejecutar por AENA la sentencia dictada en un proceso iniciado por los residentes en una urbanización cercana a Barajas, a quienes les afectan los ruidos de aterrizaje y despegue de la ampliación del aeropuerto. Frente a la supresión de dichos vuelos o la reducción al treinta por ciento ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el TS no establece esas pautas, sino que, en cambio, devolviendo la ejecución a dicho Tribunal, le ordena que se haga una nueva medición de esos ruidos de acuerdo con la normativa europea vigente y que sea AENA quien determine lo que debe hacer para cumplirla, no sólo con audiencia de los vecinos de esa urbanización sino con el resto de afectados por la resolución de la sentencia( empresas, distribuidores, etc.), todo ello para evaluar el coste del cumplimiento de la decisión judicial.

 A mí me parece que el Tribunal Supremo está abriendo la posibilidad de una indemnización dineraria en el futuro, que ahora parece estar cerrada por la propia esencia de la decisión del Tribunal Superior.

En definitiva, se aprecia otra dosis de sentido común que se inyecta por la Justicia a esta sociedad que muchas veces se queja de la judicialización de nuestra vida social.

Valentín Cortés

miércoles, 5 de abril de 2017


Miércoles 5 de Abril de 2017.

Las sentencias firmes, sobre las clausulas suelo, anteriores a la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Toda la prensa de esta tarde recoge la noticia del auto del Tribunal Supremo que niega la revisión de las sentencias firmes anteriores a la decisión del Tribunal Europeo que estableció la retroactividad de la nulidad a los casos anteriores a esa decisión. Esto significa que el Tribunal Supremo español, aplicando la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha negado a privar de la eficacia de cosa juzgada a aquellas sentencias firmes anteriores a la decisión europea. Es, desde el punto de vista de los afectados, una malísima noticia, pero desde el punto de vista de la seguridad y certeza jurídicas, imprescindibles en cualquier ordenamiento jurídico, una noticia magnífica de la que tenemos que alegrarnos, pues esa eficacia sólo debe ceder en aras precisamente de la inseguridad y certeza que pudiera crear en casos, previa y legalmente determinados, una sentencia firme. Lo que no era el caso.

El Tribunal Supremo, debemos estar de enhorabuena, no ha cedido a la tendencia populista llevando a cabo una interpretación legal que destroce los principios procesales garantes de la seguridad y certeza jurídicas, lo que hubiera sido letal, después de que el Tribunal Europeo ya cedió a la eliminación. en este caso, de otro de los principios básicos del ordenamiento jurídico, cual es el principio de la irretroactividad de los actos jurídicos, a no ser que expresamente se prevea lo contrario.

Valentín Cortés

 

martes, 4 de abril de 2017


Martes 4 de Abril de 2017
La crítica a los aforamientos
No sé las razones por las que el ya ex presidente de la Comunidad de Murcia ha dimitido de su puesto de presidente, pero no de su condición de diputado regional. Tampoco me interesan si nos atenemos al objeto de este blog.
Pero, sí sé cuál es el resultado procesal de mantener la condición de diputado: sigue como aforado y, por consiguiente, sus posibles imputaciones por los delitos que se investigan en un Juzgado de Murcia y en la Audiencia Nacional, no las conocerán estos juzgados, sino el Tribunal Superior de Justicia, que hasta ahora no se sabe qué es lo que piensa de todo esto. Los otros sí: quieren imputarlo.
Es decir, el aforamiento se presenta, no como una institución procesal con contenido político (salvaguardar la posición política privilegiada, por razón de su cargo del diputado), sino fundamentalmente como institución con contenido exclusivamente procesal que permite un rechazable plus de oportunidad para el político o el aforado, pues, de hecho y de derecho, se le da la posibilidad de escoger al Juez que lo va a Juzgar. Ese plus no lo tienen el resto de los ciudadanos.
Quizá en el futuro, la legislación, que algún día ha de llegar, debería mantener el aforamiento en todo caso, privando de aquella posibilidad a los aforados, aunque hayan dimitido de su cargo.
Valentín Cortés  

lunes, 3 de abril de 2017


Lunes 3 de Abril de 2017
La instrucción penal por el Ministerio Fiscal
Hoy hemos sabido que un juez de la Audiencia Nacional pide al Tribunal Superior de Justicia de Murcia que investigue, para después, imputar, al Presidente de la Autonomía. Lo hace porque, siendo él incompetente, no lo puede ni investigar ni imputar. Antes lo hizo, para otro caso, un juez de Murcia.
El caso nos pone sobre el papel las ventajas de todo tipo que tendría que el Ministerio Fiscal tuviera en sus manos la instrucción penal, y que el Juez no la tuviera. Si fuera así, el Presidente (o cualquier otra persona, pues lo de este Presidente es un ejemplo que lo traigo por su actualidad) no tendría en este momento problema alguno. Su situación sería la de un investigado por el Ministerio Fiscal que pide al Juez que lo impute. Y la sociedad, o, como en este caso, el mundo de la política, estarían expectantes con la decisión que pudiera tomar el Juez, es decir, a la espera con interés y atención.
En definitiva, en la situación actual, la instrucción por el Juez (en este caso, dos, incompetentes ambos, pues el competente es el Tribunal Superior de Justicia de Murcia) añade un plus que hace que no estemos expectantes, sino sólo indiferentes, pues en el plano social y político, para el Presidente de Murcia,( o para cualquier otra persona que fuera el investigado) los efectos ya se han producido y prácticamente es indiferente que, no ya se le investigue, sino que, a la postre, se le impute por el Juez competente.
Valentín Cortés