Viernes 27 de Junio de 2025
Una sentencia arbitraria
sobre la Ley de Amnistía, un acto legislativo arbitrario
El descrédito del Tribunal
Constitucional, que se ha venido gestando en los últimos meses, ha llegado,
según nuestro criterio, exclusivamente jurídico, a su cenit con la sentencia
sobre la ley de amnistía. No cabe más descrédito jurídico-constitucional.
Una sentencia no puede hacer de lo blanco
negro y menos con argumentaciones, que no razonamientos jurídicos (por lo que
conocemos de la sentencia), de mero leguleyo desconocedor de principios básicos
de la ciencia jurídica y constitucional. Para un botón de muestra: ¿Cómo se
puede decir en Derecho que lo que no está expresamente prohibido en la
Constitución puede hacerlo el legislador?. Durante muchos meses hemos hablado
de la inconstitucionalidad de la ley arbitraria (a ello me remito) y este,
evidentemente, no es lugar de desarrollar los múltiples y variados motivos de
inconstitucionalidad de aquel bodrio legal que convierte la sentencia que lo
justifica en un monumento al desprecio al Derecho y que, por iguales razones, no podemos analizar pormenorizadamente en este blog.
Además, esta sentencia es, fuera de
sí misma, un gravísimo perjuicio producido a la Nación española por este Tribunal
Constitucional, pues perdemos con ella de forma definitiva unos de los pilares
básicos del Estado de Derecho, que contempla al Tribunal Constitucional como órgano de vigilancia en la aplicación
estricta por los Poderes Estatales de la Constitución, porque la sociedad ( formada
tanto por los que están a favor como los que en contra de la amnistía) lo
percibe y lo entiende como una
continuidad del Poder Ejecutivo. Esta
desgracia se la debemos a eso que se llama mayoría progresista del Tribunal
Constitucional, que ni siquiera ha sabido hacer una sentencia seria y
fundada, razonada y razonable; solo ha dado a luz una sentencia que, según la
doctrina de ese Tribunal, es claramente arbitraria.
Valentín Cortés