Viernes 23 de Enero de 2026
La sentencia en el accidente
de Angrois y la instrucción judicial en el accidente de Adamuz
Se ha conocido hoy la sentencia que
ha dictado la Audiencia Provincial de Coruña sobre las responsabilidades
penales en el accidente ferroviario de Angrois en Santiago de Compostela: condena
al conductor del Alvia y decide la absolución del responsable de Adif en aquel
entonces, revocando en este caso la sentencia del Juez de lo Penal.
Esta sentencia, curiosamente, viene
a ser un ejemplo, al igual que el proceso que la precedió, para tener en cuenta
en lo que se avecina judicialmente en el accidente de Córdoba y que convendría
no repetir. Allí, cualquier observador imparcial supo desde el principio que el
accidente se debió a la imprudencia del conductor del tren que no hizo caso de
las limitaciones de velocidad que estaban señaladas con antelación a la fatídica
curva, porque también se supo que aquel estaba distraído en una conversación telefónica;
sin embargo, se buscaron, legítima pero inútilmente,
responsabilidades adicionales para mejorar las expectativas indemnizatorias, y
el proceso entró en un verdadero caos de diligencias de investigación. En el
accidente de Cordoba (hoy lo señala la prensa) el informe oficial mantiene que
todo se debe a la fractura de la vía del tren. Siendo así, si esa primera impresión
se confirma, que así parece que sucederá, la mejor defensa del derecho de las
victimas es precisamente no enredar el proceso con diligencias de investigación
que serán a todas luces superfluas. Al juez le queda, pues, pendiente esta importantísima
labor de criba y de establecer el orden en la investigación penal para evitar mayores
perjuicios y penalidades a las víctimas y sus descendientes.
Valentín Cortés
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