Miércoles 28 de Octubre de 2020
La otra alarma: la constitucional y jurídica
Me produce alarma jurídica y
constitucional escuchar al Presidente del Gobierno hablar del estado de
alarma y de su prórroga.
Hoy en el Congreso le ha ofrecido
al Sr. Casado (vid. toda la prensa de esta mañana) que la revisión de la
prórroga se haga a los cuatro meses (no a los seis como proponía ayer) y que la
decisión sobre la misma (que no es otra que prorrogar o no prorrogar) no la tome
el Congreso, sino el Consejo Interterritorial de Salud que, como sabemos, lo
forman las Comunidades Autónomas. Cualquier ciudadano, que haya leído la Constitución,
y su desarrollo legal en la ayer citada ley de 1981, sabe que el estado de
alarma lo establece el Gobierno por un plazo de quince días y que la decisión sobre
la prórroga o terminación del estado de alarma sólo es competencia del Congreso
de los Diputados, que es quien tiene que autorizarlo al Gobierno. Ni el
Gobierno puede prorrogar por sí sólo, ni menos ese Consejo Interterritorial de
Salud. Sólo lo puede hacer el Gobierno si lo autoriza el Congreso.
Todo este juego de fraude continuo a la Constitución
me produce alarma jurídica y constitucional porque cada vez se observan
mas visos de una inclinación en el Gobierno que, por ahora, me niego a admitir:
que sus “desvaríos constitucionales y legales” se deban a un plan previo de evitar
la fiscalización y control del Parlamento de la acción del Gobierno.
Valentín Cortés
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