Martes 30 de Mayo de 2023
Dos efectos legislativos
indirectos del resultado de las elecciones locales y de la convocatoria de las
generales
La prensa de esta mañana,
curiosamente, y casi de forma unánime, coincide en dos noticias que se derivan,
una, del adelanto electoral que ayer anunció el Presidente del Gobierno y,
otra, de la vitoria del PP en las elecciones municipales y autonómicas: en
efecto, de una parte, el número considerable de proyectos de ley que no se
podrán seguir tramitando en el Parlamento; y, de otra, la práctica
imposibilidad de que la ley “por el derecho a la vivienda” se aplique en
el futuro.
En cuanto a lo primero, que es efecto
de la disolución de las Cortes Generales, dado que el mandato de los diputados
y senadores termina el día de la disolución de las Cámaras(art.68.4 de la
Constitución), posiblemente no debe tomarse como un efecto negativo, sino, al
contrario, positivo dado el tenor de las leyes de esta legislatura, su escasa o
nula tecnica legislativa, que, además,
han introducido factores en muchas ocasiones inconstitucionales o claramente
anticonstitucionales; leyes salidas de un Parlamento que ha estado fagocitado
por el Poder Ejecutivo con una Presidencia en el Congreso y en el Senado de signo
claramente partidista y más pendiente de los deseos del Ejecutivo que de su
propia independencia constitucional. A los hechos y a las opiniones de este
blog me remito.
En cuanto a la segundo, la victoria
del PP, en las elecciones del domingo pasado, le da un gran poder autonómico y municipal
en centros de poder que son fundamentales para, a tenor de la ley arriba citada,
aplicar correctamente los mandatos de esta. Lo que tampoco creo que sea negativo,
dado la opinión que de esa ley he manifestado en los últimos días por sus
claros visos de inconstitucionalidad, amén de sus perversos efectos en el
mercado, que propician, ya se ha anunciado, una posible derogación si hay
cambio de Gobierno en Julio.Valentín Cortes
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