Lunes 14 de Marzo de 2022
La necesidad de establecer un sistema jurídicamente seguro
en las sanciones económicas a los particulares rusos.
Ya dije en los primeros días de la invasión
rusa a Ucrania, y de las medidas económicas
que había tomado Occidente, que ello nos metía de lleno en la necesidad de establecer
un sistema jurídico que, a la postre,
hicieran seguras, eficaces e irrecurribles las medidas económicas que
Occidente está tomando, no ya con Rusia, como Estado, sino contra determinados
personas rusas, en sus bienes en el exterior. Porque, en definitiva, esta
guerra económica en este sector que ahora comentamos, en el entendimiento que
creo que es necesaria, debería ser,
desde el punto de vista jurídico, segura y eficaz y no lo será, si al final, muchas
de estas medidas pueden revertirse por ser ilegales.
Porque, desde mi perspectiva jurídica,
no entiendo que, por ejemplo, en nuestra legislación, existan normas claras, -fuera
de las genéricas, difíciles de aplicar por su dificultad probatoria, y que se
reducen al blanqueo de capitales-, para privar a una persona de sus bienes, que
se le confisquen, que se bloqueen sus cuentas corrientes o anulen sus tarjetas
de crédito, etc., todo ello fuera del proceso y sin mandato judicial. Porque,
se podría cuestionar, ¿Cuál es la base jurídica-fáctica concreta de una medida en la persona concreta a la que se aplican? No por ser ruso y rico, para el Derecho,
está justificado esta sanción; ni tampoco por pertenecer a la lista de personas
sospechosas de una determinada agencia de información de un determinado país.
Creo, pues, que falta solidez jurídica a esas medidas y sería extraordinariamente
negativo que los jueces se vean obligados en el fututo a anular, primero, los
embargos efectuados, y, después, a sancionar a las autoridades que han
establecido este tipo de medidas, para, al final, reconocer a los sancionados
el derecho a resarcirse de los daños y perjuicios que le hayan ocasionado.
Valentín Cortés
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