Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 5 de diciembre de 2014


Viernes 5 de Diciembre de 2014
Aplicar la ley al caso concreto y someterse al imperio de la ley.
No sé si tiene sentido que, desde aquí, recuerde que los jueces tienen como función aplicar la ley al caso concreto y que estos servidores del Estado “únicamente están sometidos al imperio de la ley” (art. 117 Constitución).
No sé si tiene sentido que recuerde  que a los ciudadanos nos importa nada lo que piensen los jueces sobre la política legislativa del Gobierno o de la mayoría del Parlamento, y que no están pagados por el presupuesto nacional para que hagan interpretaciones fuera de lugar que eviten la aplicación de la ley, o que intenten conformarla a adaptarla a sus gustos, preferencias o ideologías. La grandeza del Estado de Derecho consiste en que los jueces apliquen la Ley, y la negación del Derecho, que es la incerteza y la inseguridad jurídicas, se produce cuando los jueces olvidan estas obviedades.
No sé si tiene sentido, pero la puesta en libertad de  asesinos de ETA por una sección de la Audiencia Nacional (Sala de los Penal) me ha hecho pensar que, a lo mejor, sí tiene sentido.
Valentín Cortés
 

1 comentario:

  1. Prof. Cortés: comprendiendo su indignación sobre el fondo de la cuestión lo que me resulta más preocupante es que el poder judicial sea capaz de ofrecer soluciones tan dispares respecto de un mismo asunto. La división en Secciones de los órganos judiciales no está dispuesta para que cada una, de manera independiente, resuelva según le parezca porque no son tribunales distintos. La potestad jurisdiccional atribuida por la LOPJ está atribuida a la Sala de lo Penal de la AN. Si la ley hubiera querido que fueran órganos independientes con jurisdicción propia lo habría dicho y sería hasta razonable que cada una opinara de distinta manera, pero da la casualidad que se trata de un mismo tribunal. No se comprende que las leyes procesales establezcan mecanismos para eludir el riesgo de sentencias contradictorias y no haya establecido mecanismos para precaverse de estas situaciones que estoy seguro que los ciudadanos no entienden.

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