Miércoles 8 de Enero de 2020
Desjudicialización(II)
Que el Gobierno que se forme con el
Sr. Sánchez de Presidente es plena y constitucionalmente legítimo no cabe la
menor duda jurídica. Es desde ese ángulo de donde tenemos que enfocar y
enfocaremos, en adelante, nuestra opinión sobre las actuaciones con contenido y
significado jurídico de tal gobierno.
Dicho esto, tampoco cabe duda (hoy
lo ha dicho el Sr. Casado (vid. por ejemplo, en www.elindependiente.com) que
todos aquellos pactos públicos o privados que se hayan podido hacer de cara al apoyo
que le han prestado al Sr. Sánchez los partidos opuestos a la Constitución, que
supongan una modificación, diáfana o encubierta, de la aquella, será muy difícil,
por no decir imposible, que salgan adelante, sencillamente porque el Sr. Sánchez
no tiene los votos necesarios para ello. En eso, el Sr. Casado acierta.
Pero, el problema jurídico (no digo
ya político) está en que, consciente de esa debilidad numérica, la proximidad
del Sr. Sánchez con los independentistas lo incline por lo tan querido por
estos: el fraude legal y constitucional como medio o instrumento previo
y complementario a la desjudicialización, de la que hablábamos ayer, lo que
puede conllevar igualmente que se ponga
en marcha una labor de interpretación
fraudulenta de la ley y de la Constitución, mucho más difícil de detectar y
de combatir, si logra penetrar en alguna
instancia o institución jurídica ( lo tengo escrito: vid. Epilogo al
magnifico trabajo de Juan Damián, El juez ante la Ley, en Cuadernos de
Derecho Registral, Madrid, 2011).
Por eso, acordándonos de Montesquieu
(De l´esprit des loix), habrá que estar muy atentos no sólo a las actuaciones
del Gobierno, sino, también, a esas tendencias jurídicas que puedan iniciar su
andadura.
Valentín Cortés
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