Jueves 13 de Noviembre de 2025
Dos apuntes muy generales sobre la valoración de prueba en el juicio contra el Fiscal General del Estado(FGE)
Acabado el juicio oral en el que se juzga al FGE, y antes de conocer la sentencia, se pueden sacar muchas conclusiones, pero, según mi criterio, son destacables dos en materia de valoración de la prueba:
La primera, es que, y
aunque no se quiera, será irremediable que se tenga presente la decidida forma
de defenderse que ha tenido el FGE, que se ha basado, no tanto en propiciar la
prueba de su inocencia como no facilitar y, en su caso, destruir lo que, en
principio, pudiera ser prueba de la acusación. Todo ello, bien es verdad, como
ejercicio de un un legítimo derecho de de que, por supuesto, no obliga al
acusado a colaborar con la Justicia ni lo carga con la prueba de su inocencia.
Pero siendo ello legítimo, no cabe duda de que esa actitud normalmente se
entiende (y así se valora lógica y racionalmente) que no es propia de alguien
que se sabe inocente y que además de acusado, lo es por sus actos como FGE y
que es juzgado siendo FGE.
La segunda, los ataques,
encubiertos o no, a la UCO, que ha actuado en el proceso como testigo-perito, y
que se han escuchado en la declaración del FGE, y en las manifestaciones de su
defensa letrada, tienen poca credibilidad teniendo en cuenta que la UCO interviene
de forma habitual como policía judicial a plena satisfacción y en gran número
de casos, y no es pensable, dentro de la lógica y de la razón, que todas esas
cualidades se hayan perdido en este caso, si no es con una prueba contundente
de ello, que creo que no ha existido.
Valentín Cortés
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