28 de Marzo de 2014
Las corazonadas del juez Aláez
Durante muchos años he explicado a los alumnos de Derecho que el juez no
debe actuar movido por “impulsos” o “corazonadas”. Su misión de juzgar o de instruir (lo que ahora hace el Juez Aláez en la causa que instruye por
el accidente ferroviario del AVE en Santiago de Compostela) debe basarse en la razón
y en la lógica y, consecuentemente, en la aplicación de la Ley. La idea clave
que el legislador impuso para el sumario o para instrucción es la del indicio racional de criminalidad.
Ahora ha rechazado un recurso del Abogado del Estado que se oponía a
que ADIF aportara mas documentos pedidos
por el Juez por considerarlos (el Abogado del Estado) inútiles, innecesarios e
impertinentes, que en el lenguaje procesal quiere decir que se refieren a
hechos o datos que nada tienen que ver con el objeto de la investigación.
El Juez se opone al Abogado del Estado y declara que su “actividad investigadora está orientada a la búsqueda
de otras posibles causas o análisis de cualesquiera circunstancias ajenas a
aquella actuación”( la del maquinista, que se ha declarado culpable). Es decir,
el Juez tiene la corazonada de que ADIF es culpable y, siendo así sigue practicando
y pidiendo diligencias probatorias. Cabe que
nos preguntemos: ¿Cuándo terminará la corazonada del juez?; ¿Cuántas líneas
más de investigación principiará para dar satisfacción a su corazonada?
No creo que esta manera de instruir sea la correcta.
Valentín Cortés
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