Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 16 de septiembre de 2024

 

Lunes 16 de Septiembre de 2024

Las recusaciones y abstenciones en el Tribunal Constitucional

El art. 22 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) establece un principio general básico de actuación de los magistrados del Tribunal Constitucional que no es otro que el de la “imparcialidad”. Por su parte, el art. 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), al que se remite el art. 80 de la LOTC, al establecer 16 causas de recusación de los magistrados las engloba todas en algo que tiene su sustrato en la imparcialidad pero que incluso va más allá, pues incluye la apariencia de imparcialidad. Por consiguiente, un magistrado que no es imparcial, o que da apariencia de parcialidad por la concurrencia de alguna de las causas establecidas en el citado art. 219, tiene la obligación de apartarse del conocimiento o ser apartado cuando es recusado.

Leo hoy en www.elmundo.es que cuatro magistrados del Tribunal Constitucional ( es decir un tercio del Tribunal) han sido recusados porque hay partes que entienden que  serán parciales a la hora de juzgar si la ley de amnistía es constitucional; no se recusa, pues, por la ideología de los magistrados, sino por su actuación y situación pasadas o presentes, que hacen pensar que no se regirán por la Constitución a la hora de decidir, sino por su cercanía o dependencia del Gobierno. La situación es, pues, muy grave; gravedad que proviene de la “perversión democrática” que se ejerce en el nombramiento de magistrados, dejando de lado lo que se ordena en el art. 18 LOTC, que busca la excelencia competencial y en el art. 19 LOTC que prohíbe el nombramiento de cargos políticos, lo que es tanto como si hubiera prohibido el de aquellas personas que abandonan el cargo político para ser nombrados magistrados del TC. Aquí radica el meollo de lo que el Presidente del TC denuncia como ”falta de respeto al Tribunal”,que ahora se arreglaría con abstenciones o admisión de recusaciones.

Valentín Cortés

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