Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 22 de febrero de 2016


Lunes 22 de Febrero de 2016

 

Las detenciones

Todos los días la prensa nos martillea en nuestro creciente desánimo con continuas detenciones, cada vez más públicas y televisadas, de personas bajo sospecha de haber cometidos delitos relacionados con  la corrupción.

En todos los casos, me he planteado si realmente, de acuerdo con lo que establece el art. 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la policía tendría, en el caso concreto, la obligación de detener, o si el Juez puede acordar la detención a prevención en esos casos (en aplicación del art. 494 de la misma Ley), porque realmente lo que me interesa es que se cumpla la Ley.

Tengo que decir que  en  no pocos de los casos que se han conocido de detención, esta ni era necesaria a prevención ni era obligatoria para la policía judicial, pues la Ley, cuando menos, se fija en dos supuestos determinantes que en muchos casos no parecen producirse: la existencia de precedentes o circunstancias que hagan pensar que no comparecerá cuando sea llamado por la autoridad judicial.

Digo esto porque la libertad es un derecho fundamental, que  no se puede limitar sino en las circunstancias que marca el art. 17 de la Constitución y dentro de la más estricta interpretación de las normas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Valentín Cortés.

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