Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 2 de noviembre de 2022

 

Miércoles 2 de Noviembre de 2022

El cumplimiento de la Constitución

No había que ser muy adivino para saber que ahora el debate, en el tema de la renovación del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional, entre el Gobierno y el PP, sería el del cumplimiento de la Constitución (vid. nuestro blog del viernes pasado, día 28 de Octubre). Hoy (vid. www.europapress.es) el Presidente del Gobierno ha zanjado su intervención en la sección de control del Congreso con la frase “cumplan la Constitución”, acusando al PP de no cumplirla.

Pero, claro, cada uno maneja lo que sea el cumplimiento de la Constitución a su antojo político. Y en este caso - en el de la renovación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional-, como en todos, la Constitución no se cumple sólo con la realización de actos que indican cumplimiento formal de la Constitución, sino que deben tender esos actos y conseguir el cumplimiento, junto con la formalidad, del espíritu de la Constitución. Y este, cuando se trata del Poder Judicial y del Poder Constitucional, no puede sino dirigir todos los actos de los obligados, en su conjunto, a conseguir la independencia de la Jurisdicción que es la única manera de entender salvaguardado el Estado de Derecho que impone el texto constitucional (aplicación de la ley siempre que se adapte a la Constitución y control real del Poder Jurisdiccional sobre los actos del Ejecutivo).

 En este sentido, no sirve de nada, constitucionalmente hablando, renovar el Consejo y el Tribunal Constitucional si existe la certeza que, con la reforma del delito de sedición, que se anuncia formalmente, lo que se pretende conseguir y se consigue es el sometimiento de hecho del Poder Judicial (incluido el Tribunal Constitucional) al Poder Ejecutivo y a sus intereses políticos partidistas.

Valentín Cortés

 

lunes, 31 de octubre de 2022

 

Lunes 31 de Octubre de 2022

 

La inercia del Tribunal Constitucional

www.elmundo.es da la noticia esta mañana de que vocales “conservadores” del Consejo General del Poder Judicial piden que el Tribunal Constitucional se pronuncie ya sobre la constitucionalidad de la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que impidió que el Consejo en funciones ejerciera, entre otras, la de nombrar magistrados en los tribunales situados en la cúpula del orden jerárquico de la Jurisdicción.

No sé si hay que ser conservador para exigir que termine la inercia del Tribunal Constitucional en un tema que entiendo, fuera de cualquier consideración política, que es crucial dado la crisis que vivimos, que, sin duda, nace por la falta de acuerdo de los partidos pero que se vuelve intolerable por la tal modificación legal propiciada desde el Gobierno.

En este tema no caben excusas de operatividad, ni de cubrir los tiempos “necesarios” (¡) para toda acción del Tribunal Constitucional. Los retrasos y la inercia en la resolución de temas cruciales para el Estado no son ni jurídica ni constitucionalmente justificables en el Tribunal Constitucional, porque su función es precisamente dar certeza y seguridad constitucionales a las actuaciones del Estado y de los ciudadanos. Por eso me extraña y me sorprende que esta petición de los vocales “conservadores”, no haya sido unánime, precisamente, en el seno del Consejo General del Poder Judicial.

Valentín Cortés

viernes, 28 de octubre de 2022

 

Viernes 28 de Octubre de 2022

El nuevo debate constitucional en la renovación del Consejo General del Poder Judicial

La negativa del PP a seguir en la negociación de la renovación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial hasta que no se abandone por el Gobierno la idea de modificar el delito de sedición (vid. la prensa de hoy y la nota oficial del PP en www.europapress.es de ayer) ya dije, en este blog el pasado lunes, que se produciría. Como también dije los términos constitucionales en los que se centra realmente el problema. De todo ello he venido opinando en los pasados días, por lo que me remito a cuanto he venido diciendo (especialmente mis opiniones de los días 17,24 y 25 de este mes).

Ahora sólo me queda insistir en un punto que me parece crucial para entender el problema desde el punto de vista jurídico y constitucional: si el Consejo General del Poder Judicial no funciona es porque el Gobierno y sus socios cercenaron sus facultades estando en funciones con la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial que se aprobó hace unos meses. Si no fuera así, el Consejo funcionaría con la misma eficacia, ni más ni menos, que lo venía haciendo desde el principio de su situación “en funciones”. Está en manos del Gobierno revertir esa situación.

Siendo así, y fuera de los matices políticos que se manejan por unos y otros, el problema es dilucidar si constitucionalmente es admisible negociar en este momento la renovación del Consejo General del Poder Judicial con quien afirma, de forma irrenunciable e inequívoca, que, acto seguido, está dispuesto a cercenar el Estado de Derecho, por motivos partidistas, sometiendo al Poder Judicial a la voluntad del Poder Ejecutivo, y todo ello indirectamente mediante una ley que modifica el Código Penal. Yo opino que no es admisible negociar en este momento; por eso me gustaría creer que este último escollo negociador será eliminado por el Gobierno de una u otra y manera de forma más o menos inmediata.

Valentín Cortés

jueves, 27 de octubre de 2022

 

Jueves 27 de Octubre de 2022

El verdadero debate en la reforma del delito de sedición

Toda la prensa habla del acuerdo alcanzado por el Gobierno y ERC para reformar el delito de sedición.

Que ese anuncio tenga efectos políticos, mucho más si se cumple y explicita en la reforma del Código Penal, nadie lo pone en duda, porque partimos del bochorno que produce saber cuál es la finalidad del acuerdo alcanzado, que si para unos es aprobar los Presupuestos, para otros es la impunidad futura y pasada de determinada personas (caso de Puigdemont y compañía).

Pero ese, siendo muy importante, no es para nosotros el debate. Para nosotros el centro de la cuestión es si unos hechos que se tipifican ahora como delito de sedición deben seguir siendo castigados penalmente y si ese castigo debe ser severo. Porque en definitiva lo que se castiga ahora en el art. 544 CP es el alzamiento público y tumultuario para impedir, en contra de la Ley o con la fuerza, la aplicación de las leyes a los ciudadanos o a las autoridades ejercitar sus funciones o impedir el cumplimiento de resoluciones administrativas o resoluciones judiciales; es pues un castigo por actos que van contra la esencia del Estado de Derecho y la convivencia de los ciudadanos.

  Obsérvese que el Código Penal están tipificadas conductas, y otras no, no por capricho sino por exigencias sociales de paz, tranquilidad y convivencia y salvaguarda de los principios que conforma nuestro Estado de Derecho. La legitimidad democrática del Código Penal, entre otras cosas, está en recoger como castigo lo que la sociedad entiende que debe castigarse. La finalidad de esta reforma no se encuadra en esos parámetros, sino en favorecer una opción política y salvar la permanencia de un Gobierno.

 Este es el debate.

Valentín Cortés

 

 

 

 

miércoles, 26 de octubre de 2022

 

Miércoles 26 de Octubre de 2022

El chalaneo de la negociación para la aprobación de los Presupuestos

Es curioso que la Ministra de Igualdad, que es la Sra. Montero, diga pomposamente que es intolerable e inasumible para la democracia(¡) que el PP se oponga a que la Sra. Rosell, ex diputada de Podemos y actual Delegada del Gobierno contra la violencia de Genero, sea nombrada vocal del Consejo General del Poder Judicial ( vid. hoy en www.europapress.es). En mi opinión, la manifestación de la Sra. Montero encierra una gran gravedad y produce, al menos a mí, una curiosidad.

La gravedad del tema está, en mi opinión, en que se manifiesta sin pudor que el deseo e ideal de esta Sra., y su partido, es un Consejo General del Poder Judicial politizado y en manos de políticos que pasan del Ejecutivo al Judicial sin solución de continuidad, porque en definitiva tienen una idea totalitaria del Estado: es decir, el Poder Judicial debe estar al servicio del Ejecutivo, lo mismo que lo está el Legislativo, como demuestra a diario el chalaneo de la negociación de la aprobación de los presupuestos. Sobre esto, y la interactuación de la negociación de los Presupuestos y la de la renovación del Consejo ya hemos hablado de sobra en este blog.

Pero todo esto, además, me produce una curiosidad, cual es que siendo indiferente lo que pueda decir Podemos en el tema de la renovación del Consejo, pues sus votos no son necesarios para conformar la mayoría ex art. 122.3 de la Constitución, ni en el Senado ni en el Congreso, es claro que la manifestación de la Ministra, en forma de advertencia o chantaje, va dirigida al Presidente del Gobierno; y la curiosidad entonces está en saber cual será la ventaja o compensación a  Podemos y sus intereses que se concretará  en este chalaneo político en el que estamos.

Valentín Cortés

 

martes, 25 de octubre de 2022

 

Martes 25 de Octubre de 2022

La Constitución como límite de la actuación del Gobierno

Todo parece indicar que las negociaciones para la renovación del Consejo General del Poder Judicial se mezclan en este momento con la reforma del delito de sedición en el Código Penal, que parece ser una exigencia para aprobar los Presupuestos Generales del Estado, cada vez mayor, de los partidos independentistas catalanes que sostienen al Gobierno. Basta leer la prensa de hoy para sacar esa conclusión. En este galimatías hay, incluso, un elemento nuevo, pero curiosamente concordante, cual es que el PNV parece que exige, para aprobar los presupuestos, la creación de un Consejo General del Poder Judicial vasco (vid. por todos, www.abc.es). Si la primera exigencia es, en las circunstancias políticas actuales, un ataque directo al Estado de Derecho, como pusimos de manifiesto el pasado día 17 de este mes en este blog, la segunda es tal despropósito constitucional (unidad del Poder Judicial y de la Jurisdicción y de su Órgano de Gobierno: arts. 117 y 122 y concordantes de la Constitución) que cuesta trabajo pensar en cómo es posible, siquiera sea, presentarlo como elemento negociador de la aprobación presupuestaria.

En estas circunstancias empiezo a dudar de la posibilidad de acuerdo entre los grandes partidos para renovar el Consejo, e incluso de la oportunidad de alcanzarlo ahora. Pues, no sería extraño que a quien se pide (el PP) por el Gobierno lealtad y cumplimiento de sus obligaciones constitucionales (acuerde la renovación del Consejo), ponga en la mesa igual petición al Gobierno, pidiendo garantías de cumplimiento constitucional en su actuación negociadora. De donde, la Ciencia del Derecho, también la Filosofía del Derecho, tendrían que estudiar en el futuro el interesante caso de la bondad del acto de no favorecer el cumplimiento de una obligación constitucional (renovación del Consejo) para salvar la vigencia de la propia Constitución, porque ésta debe ser el único límite de tan jurídicamente grotesca e impresentable negociación.

Valentín Cortés

 

lunes, 24 de octubre de 2022

 

Lunes 24 de Octubre de 2022

La negociación de renovación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial por el camino marcado por la Constitución y por la Unión Europea

Despolitizar al Órgano de Gobierno de los jueces es una imposición de la Unión Europea que, a lo que se ve, parece que el Gobierno se aviene, amén de estar en el espíritu de la Constitución. Parece que vamos por ese camino

Eso cabe deducir de la amplia noticia que, sobre la renovación del Consejo General del Poder Judicial, publica hoy www.expansion.com. Al parecer, el PP se opone a un sistema de consenso que se sustente en aceptar el cupo de designados presentados por el PSOE a cambio de que se acepten los suyos. Si es así, se ha avanzado mucho para conseguir la validez del sistema de elección, que impone la Unión Europea, y alcanzar su adecuación al espíritu de la Constitución y Ley Orgánica del Poder Judicial, pues no se olvide que la mayoría, extraordinariamente reforzada, que se exige de votos en el Congreso y Senado para nombrar a los Consejeros va por ese camino y no por repartirse, como dice el medio señalado, “los cromos”. Junto a esto la exigencia de que los designados no provengan a la actividad política añade un plus a esa despolitización, que, por supuesto, con ningún sistema será total.

Si, además de esto, tal como se señala en la noticia, el PP ha exigido, para avanzar en la negociación, que se pida al Consejo General del Poder Judicial una propuesta formal para reformar el sistema de elección y designación de los miembros del Consejo, junto al compromiso y la determinación de ambas partes de que esta sea la última renovación que se nace con el sistema actual, creo que se va por el buen camino de ayudar de manera directa y mucho más efectiva a la despolitización partidaria del Órgano de Gobierno de los Jueces, y a encuadrar la renovación dentro de las exigencia de la Unión Europea.

Valentín Cortés