Viernes 31 de Enero de 2025
La carencia de justicia constitucional
El Estado necesita tanto de una buena
legislación como de un buen y eficaz sistema judicial. En las situaciones en
las que no existe la Ley y/o no funciona bien el sistema judicial se produce necesariamente
el caos y la Ley del Estado se sustituye desgraciadamente por la ley del más
fuerte. Esto se produce igualmente en el plano constitucional.
Nosotros tenemos una buena Constitución, pero
no tenemos un sistema que preventivamente impida la violación de la Constitución
y nuestro sistema de justicia constitucional represiva es actualmente ineficaz
y no cumple la finalidad que la propia Constitución le reserva, convirtiéndose en
muchas ocasiones en una última instancia judicial que desnaturaliza por
completo el sistema judicial y el ordenamiento jurídico español.
Un ejemplo plástico, hay otros muchos,
de lo que está ocurriendo son los llamados decretos-ómnibus, claramente
inconstitucionales, que no tenemos medio de impedir previa y
constitucionalmente su eficacia y que el actual funcionamiento del sistema
represivo de justicia constitucional impide, en cualquier caso, su nulidad en
tiempo y forma. Estamos en una situación en la que no predomina, por tanto, la Constitución,
sino la ley del más fuerte, de modo que el débil (en este caso, la oposición)
se ve abocado a aceptar el chantaje constitucional si quiere, por ejemplo ( vid. la prensa de ayer y de hoy), que
suban las pensiones, que se reparen los daños de la Dana o que se den ayudas al
transporte público. En esta situación son y ha sido, pues, muy fáciles los indultos, la amnistía,
el bloqueo constante de las iniciativas legislativas de la oposición en el Congreso, el abuso
de las proposiciones de ley en lugar de los proyectos legislativos, y un interminable
etc. No existe justicia constitucional, solo existe la ley del más fuerte.
Valentín Cortés