Viernes 17 de Enero de 2025
Planes para el problema de la vivienda
En esta semana hemos conocido dos
modelos políticos muy distintos de enfrentarse al problema de la insuficiencia
del número de viviendas y de los altos precios de alquiler y compra: el modelo
del Gobierno y el del PP.
Las soluciones políticas de esos
problemas se dan en función de la modelos sociales y políticos que tienen cada
uno de aquellos y, como es lógico, no cabe aquí hacer un comentario con
criterios políticos, sociales o económicos sobre la bondad de los mismos,
aunque, no podemos olvidar que son determinantes para la adopción de medidas
legales y jurídicas que sí que entran en el objeto de opinión de este blog.
En este sentido, podemos calificar la
conveniencia de esos planes con los siguientes criterios que se derivan de la Constitución.
Así, i) el derecho a la vivienda digna ( art. 47 CE) tiene naturaleza constitucional
y es sólo el Estado quien tiene el deber constitucional de promover y
establecer las normas necesarias para hacer efectivo ese derecho; ese deber no
incumbe ni a las ciudadanos ni a los agentes sociales o económicos; ii)
la propiedad privada es un derecho constitucional ( art.33 CE) y nadie
puede ser privado de sus derechos ni de
las facultades que se derivan de los mismos ( el derecho a disponer de uso y
disfrute, por ejemplo), sino por expropiación y mediante la justa indemnización;
iii) en nuestra Constitución rige la libertad de empresa en el marco de la
economía de mercado( art.38 CE) lo que es tanto como prevenirse de
intervencionismo.
Con esos criterios constitucionales
y sin la modificación de la actual legislación en materia de vivienda y
arrendamiento, no tenemos la menor duda de que el plan del Gobierno no se adapta
a nuestro modelo constitucional.
Valentín Cortés
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