Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 13 de octubre de 2017


Viernes 13 de Octubre de 2017

Tratamiento jurídico contra la revolución emprendida y seguida por la Generalidad.

La prensa de hoy recoge (vid. por ejemplo, www.europapress.es)  la creación por el Gobierno de la Generalidad de una “Comisión especial sobre la violación  de los derechos fundamentales en Cataluña el 1 de Octubre”, incluyendo la actuación de los jueces y fiscales en Cataluña, lo que,  además de originar enérgicas protestas de jueces, fiscales y Consejo General del Poder Judicial(que ha pedido a la Abogacía del Estado que inicie las acciones correspondientes contra el Gobierno catalán, supuesto que el Ejecutivo puede recurrir las decisiones de los jueces, pero no las puede enjuiciar ni fiscalizar), debe convencer a todos los partidos políticos, y a las instituciones decisorias del país, que la Generalidad ha iniciado, sin duda, un proceso revolucionario, en el que, incluso, se violan las leyes paralelas y anticonstitucionales que se han promulgado por el Parlamento catalán, precisamente para llevar a cabo esa revolución, siendo violentadas sin ningún reparo formal ( recuérdese la declaración de independencia con suspensión por el declarante y documento posterior de diputados autonómicos, declarándola pero fuera de sede parlamentaria).

En estas condiciones de ilegalidad y de ilegitimidad revolucionaria, no hay solución política posible, si previamente no se soluciona jurídicamente el problema, lo que conlleva el apartamiento de los artífices de esta revolución del escenario político, vía inhabilitación o prisión ordenada judicialmente. Por eso, una vez intervenida la Generalidad ( art. 155 de la Constitución), anulada toda la legislación paralela anticonstitucional, cualquier solución política que se piense no puede hacerse sino desde la Constitución y, desde luego, evidentemente, no ahora.

Valentín Cortés

 

miércoles, 11 de octubre de 2017


Miércoles 11 de Octubre de 2017 

La decisión del Gobierno.

El acuerdo del Consejo de Ministros de esta mañana, de efectuar el requerimiento preceptivo para el inicio del procedimiento del art. 155 de la Constitución, marca un punto de inflexión en este “proceso” que, desde el principio, ya sabíamos - y dijimos – que terminaría así, porque la deriva revolucionaria de los responsables de la Generalidad ha eliminado el freno que toda sociedad tiene basado en el respeto a la Ley y al Derecho establecidos.

El requerimiento, del que desconozco el texto, es, tiene que ser, por esencia de cumplimiento de la Constitución, de la Ley y de las obligaciones que se derivan de una y otra. Y siendo así, es consustancial al mismo que, esta tarde en las Cortes, el Presidente del Gobierno se haya negado al dialogo y a la mediación, propuestas por los que violentan la Ley y los que comprenden y admiten esa violación, pues aquellos métodos no son jurídica ni políticamente posibles cuando se persiste en la ilegalidad y quiebra del Estado de Derecho.

Si el requerimiento no es atendido ya se sabe que las medidas a tomar por el Senado, y que debe proponer el Gobierno, afectarán de lleno o parcialmente a la autonomía catalana.

De modo que, dentro del desastre que esta crisis supone, vamos por buen camino.

Valentín Cortés

 

martes, 10 de octubre de 2017


Martes 10 de Octubre de 2017.
La Generalidad ha parido.La Constitución se defiende con la Constitución
 
He oído al Sr. Puigdemont pedirle al Parlamento que suspenda los efectos de la declaración de independencia, lo que no tiene sentido si no es porque se ha declarado la independencia.
Para mayor ambigüedad y “astucia”, al establecer el plazo de suspensión, se habla, literalmente, de “unas semanas”, se supone que para dialogar cómo se materializa la independencia hoy declarada.
Realmente, no sé qué hará el Gobierno español, pero la hora de la aplicación de las medidas establecidas en la Constitución ha llegado, porque no se puede dialogar con quien, en cualquier momento, primero,puede amenazar con levantar esa suspensión, y, segundo, la levanta en el momento en que más le convenga. Eso es un chantaje y una “astucia” inasumibles por el Estado.
La puesta en marcha del procedimiento del art. 155 de la Constitución y otros por el Gobierno, mediante el requerimiento preceptivo que impone la propia norma, pondrá en evidencia no sólo lo imprescindible de tal decisión, y su ajuste a la Constitución -tal es el grado de incumplimiento de las normas, deberes y obligaciones constitucionales por la Generalidad- sino, lo más importante, en cualquier procedimiento jurídico que se emprenda, cual es que se inicia en el momento adecuado, es decir, cuando no hay posibilidad de que nadie pueda apelar al principio de que hay que adoptar las medidas menos graves o menos gravosas, con las que conseguir el fin pretendido. Esas medidas menos graves y menos gravosas ya se han adoptado.
El Estado ha venido adoptando medidas de todo tipo (ya lo hemos dicho muchas veces) jurídicas y económicas, que no han producido el efecto que, en cualesquiera otras autoridades  civilizadas y no revolucionarias, hubieran conseguido; por lo que es adecuado y proporcionado, además de imprescindible constitucionalmente, que ahora se tome la medida política extrema que, sin duda, arreglará este problema si  persiste en el tiempo y no es motivo de oportunismo político, porque la defensa de la Constitución no admite tal dislate y quien lo haga, sin duda, lo pagará políticamente.
Valentín Cortés

lunes, 9 de octubre de 2017


Lunes 9 de Octubre de 2017
 
Ley de Murphy
Todos los medios de comunicación recogen hoy dos noticias relevantes: la primera, las declaraciones de la Sra. Vicepresidenta del Gobierno afirmando que el éste activará el proceso del art. 155 de la Constitución en el caso de que el Sr. Puigdemont declare mañana la independencia de Cataluña; la segunda, la del Sr. Sánchez (PSOE) afirmando que apoyará en ese caso al Gobierno. Lo dijimos, el viernes pasado.
En cualquier caso, lo que significan esas declaraciones ( que me imagino estarán pactadas) es que la línea roja  que determina la intervención política del Estado( disminuyendo o eliminando las competencias autonómicas de Cataluña) es esa declaración de independencia, por muy simbólica que se quiera hacer, y que hasta esa línea el Estado responderá como hasta ahora: jurídicamente, con predominante deriva jurídico penal, y económicamente, con control de gastos y cuentas públicas y facilitación de traslado de empresas a otro lugar de España, fiscalía, Tribunal de Cuentas, etc.
Basta leer los periódicos de hoy (diálogo, referéndum nacional, y otras ocurrencias) para saber que el Sr. Puigdemont está presionado para que no arrastre a los demás a la misma situación penosa que él tendrá dentro de escasas semanas. No obstante, la posibilidad de que esta situación no se arregle y, lejos de mejorar, sea mañana igualmente mala no sólo lo creería el Sr. Murphy, sino que lo cree el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ha ordenado a la Policía Nacional que se encargue de la seguridad del Tribunal, en detrimento de la policía autonómica: es decir, el Estado se prepara, en su caso, para el uso defensivo de la fuerza.
Valentín Cortés
 

viernes, 6 de octubre de 2017


Viernes 6 de Octubre de 2017

¡Ya queda menos!

Ya dije ayer que la aplicación del art. 155 de la Constitución requiere la persistencia de la voluntad política de su aplicación y eficacia ejecutiva en el tiempo; y que sospechaba que eso sólo se produciría si el Sr. Puigdemont, o el que fuera, terminara el “proceso” con la declaración de independencia. No sé de política, ni me interesa en este blog, pero todo indica que la bravuconada secesionista se está desinflando un poco, como cuando en la negociación de una transacción judicial un letrado recibe la llamada del contrario y por su tono, por lo que dice y por tantas cosas deduce que está mas débil que el día anterior.

En esas negociaciones, hay que advertirlo, lo que no se admite por el que va ganando es la indefinición por mucho tiempo del que está débil (que, según los casos, se mide por horas, días o semanas); de modo que la Generalidad no podrá detenerse mucho tiempo en la ambigüedad de petición de mediadores, declaraciones de unos o de otros, de mentiras y amenazas que practica a diario, de “astucias catalanas” y fraudes legales ( la ultima, retrasar su comparecencia ante Parlamento catalán para obviar(¿,!) la prohibición del Tribunal Constitucional)

De modo que, marchando a paso judicial la vertiente jurídica del proceso, definida y orientada la económica, con modificación   oportuna de la Ley de Sociedades de Capital, la política, antes que tarde, se nos va a presentar en forma de restricciones a las competencias autonómicas.

Valentín Cortés

jueves, 5 de octubre de 2017


Jueves 5 de Octubre de 2017

La persistencia en el tiempo de las medidas que se han de tomar con la Generalidad

Según la prensa digital de hoy es un clamor popular la petición al Gobierno para que “actúe” en la Generalidad catalana en dos sentidos: que se aplique el art. 155 de la Constitución y que se ingrese en prisión a los responsables de este llamado “proceso”.

Desde mi atalaya jurídica, y supuesto que he repetido en infinidad de ocasiones que este proceso terminará con la aplicación del art. 155 y con la prisión de los responsables, creo que, cuando unas vías jurídicas son tan claras como estas que se proponen, no sólo hay que observar si se pueden declarar, o aplicar, sino, y es lo fundamental, si se pueden ejecutar de forma permanente en el tiempo, tanto como sea necesario. Porque no será cuestión de meses, sino de años restaurar el orden constitucional en Cataluña, lo que implica, no se olvide, y es también importante, la prisión durante años de los responsables, evitando indultos de los llamados más bien “insultos”.

Con un Gobierno en minoría, como el que tenemos, hay que pensar que el que tome las medidas (en este caso le corresponde sólo la aplicación del art. 155) deberá estar seguro de que su posible sucesor las mantendrá en el tiempo, si es que se produce ese cambio de Gobierno. Y eso sospecho que sólo sucederá cuando el Sr. Puigdemont declare la independencia de Cataluña. Por tanto, habrá que esperar, poco o mucho, eso no lo sé. En cuanto a la prisión, la Justicia tiene sus pasos medidos por su tiempo.

Valentín Cortés

miércoles, 4 de octubre de 2017


Miercoles 4 de Octubre de 2017

 

Las peras y el olmo

No voy a esperar a la intervención esta noche del Sr. Puigdemont para publicar mi opinión en esta entrada. Supuestos su contenido y la astucia del personaje, no tendrá, entiéndaseme bien que no estoy frivolizando, la menor relevancia para la solución del problema lo que sin duda va a decir: que va a declarar la independencia de Cataluña.

Pero, claro, hoy las noticias son económicas: la bajada en bolsa de valores bursátiles ligados al territorio de Cataluña, la subida de otros que se han desligado de ese territorio, la subida de la prima de riesgo, aviso a los huelguistas funcionarios de que el Estado-pagador no les abonará la jornada de euforia secesionista y tantas otras que se pueden leer en los periódicos económicos.

Hemos entrado, pues, en la segunda y esencial pata de solución del gran problema; la primera, que es la jurídica (de la que tanto nos hemos ocupado), sigue su curso (el Sr. Trapero investigado por sedición y los que vengan detrás) de forma lenta e inexorable, como la Justicia. La segunda, es la económica, a la que hemos hecho referencia.

Estas son patas que hasta su resolución impedirán que, eso que llaman pomposamente dialogo, que sin duda es la tercera, se sustancie, para lo que tanta prisa tienen algunos. Porque no existe política sin Derecho ni Economía. Ignorarlo es tanto como ignorar la historia, pero, claro, el Sr. Puigdemont no parece ser muy culto y “es imposible pedirle peras………”.

Valentín Cortés