Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 28 de septiembre de 2021

 

Lunes 28 de Septiembre de 2021

La “impertinencia” (¡) de una imputación.

La prensa (vid. por ejemplo www.elmundo.es) recoge la noticia de que la Abogacía del Estado ha manifestado, ante el juzgado que investiga el llamado caso Ghali, que la citación e imputación de la ex ministra de Asuntos Exteriores, Sra. Laya, es impertinente.

Por supuesto que desconocemos los entresijos de dicho asunto y que, en consecuencia, no vamos a entrar en si se sostiene o no la imputación de la Sra. Laya.

 Pero, manifestado lo anterior, diré que la Abogacía del Estado, que se muestra más como Abogacía del Gobierno, parece que utiliza términos jurídicos que pueden impactar mejor en la opinión pública, pero que son inadecuados y tienen escaso recorrido. En efecto, lo que en Derecho Procesal puede ser impertinente es la prueba, y lo es cuando el medio de prueba que se propone nada tiene que ver con el objeto del proceso (art. 283.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).  Lo que ha hecho el Juez es imputar a la Sra. Laya: eso, en primer lugar, no es un medio de prueba, sino una declaración judicial en forma de auto que afirma que existen indicios racionales de criminalidad en las actuaciones de esta Sra. en los hechos que se investigan (entre otros, la entrada ilegal del Sr. Ghali en España); en segundo lugar, la citación para declarar del imputado no es un medio de prueba, sino la consecuencia inmediata del art. 118 de las Ley de Enjuiciamiento Criminal que de esta manera protege el derecho de defensa (art. 24 de la Constitución) de la Sra. Laya, pues si no la citara para declarar se estaría violando este derecho fundamental.

Creo que sentirse más abogado de la Sra. Laya que del Estado, no permite a la Abogacía del Estado utilizar palabras impactantes para la comunidad no jurídica, para así encubrir lo que cada vez parece más una evidencia: que el Sr. Ghali no entró en España y permaneció en la misma, sino por ordenes directas o bien de la ministra de Asuntos Exteriores o bien de algún otro miembro del Gobierno.

Valentín Cortés

lunes, 27 de septiembre de 2021

 

Lunes 27 de Septiembre de 2021

 

La lucha de las eléctricas contra el RDL de 14 de Septiembre del presente año

Leo en www.cincodias.com  un documentado reportaje-noticia sobre la larga lucha judicial que les espera a las compañías eléctricas españolas que se han visto afectadas por las disposiciones del RDL del pasado 14 de Septiembre, del que opinamos oportunamente en este blog, exponiendo su posible inconstitucionalidad.

Un RDL, como norma legal que es, no puede ser combatido por las compañías eléctricas ante los tribunales sino de forma indirecta, pues las personas, sean físicas o jurídicas, no tienen la posibilidad de eludir la aplicación de la ley ni de acudir, en su caso, ante el Tribunal Constitucional para recurrir la constitucionalidad de la norma. Esta posibilidad la tienen, según el art. 162.1 de la Constitución, el Presidente de Gobierno (que, obviamente, no es el caso), el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores y los órganos ejecutivos de las Comunidades autónomas y, en su caso, de las Asambleas de las mismas.

Los directamente afectados (como fue el caso paradigmático del asunto RUMASA, expropiada por RDL) necesariamente tienen que recurrir un acto de aplicación de la Ley, para allí, en ese proceso judicial, plantear la cuestión de inconstitucionalidad de la norma legal en cuestión, que permitiría al Tribunal Constitucional, si la acepta, anular el RDL por inconstitucional.

Una lucha, pues, larga, difícil y siempre desigual de los ciudadanos y demás particulares contra las decisiones del Estado, cuando les son claramente desfavorables o afectan a sus derechos de forma indebida e inconstitucional.

Valentín Cortés

jueves, 23 de septiembre de 2021

 

Viernes 24 de Septiembre de 2021

 

El diputado de Podemos Sr. Rodríguez

Aunque se trata de una noticia que se generó el miércoles pasado no quiero que termine la semana sin referirme a otro caso más que confirmaría lo que hemos venido diciendo en relación con la renovación del Consejo General del Poder Judicial.Y ello a pesar de la detención de Puigdemont, de lo que comentaremos la semana que viene ,según el desarrollo de la noticia.

El Sr. Rodríguez, dirigente máximo de Podemos y diputado -en la vista del juicio ante el Tribunal Supremo en el enjuiciamiento de acciones presuntamente delictivas en una manifestación en la que participó celebrada en 2014- ha optado por defenderse manifestando que todo ha sido un montaje de la policía y lanzando advertencias veladas y amenazantes de ridículo y parcialidad al Tribunal que lo juzgaba, que no es sino el Tribunal Supremo, si lo condenaba.

Todo da idea de la descomposición de una clase política, que siendo Estado ataca a otros órganos del Estado sin el menor reparo; comprendiéndose así el empeño  que manifiestan de no modificar el sistema de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, porque estiman que el cambio no les servirá para domeñar a los jueces y tribunales según sus criterios y convicciones políticas.

Valentín Cortés

 

 

miércoles, 22 de septiembre de 2021

 

Jueves 23 de Septiembre de 2021

 

La imputación de la exministra Sra. Laya

La imputación judicial de una exministra no tendría gran relevancia jurídica, si no fuera porque se produce al mismo tiempo que hay una resistencia por parte del Gobierno a cambiar el sistema de elección de los miembros del Consejo General del Poder Judicial. Y aunque la independencia judicial (la de los jueces y magistrados) nada tendría que ver con el modo de elegir a los miembros del Consejo existe una inclinación en los políticos a creer que sí.

La exministra ha sido imputada por presunto delito de prevaricación y de vulneración de las leyes de fronteras que se habría cometido con ocasión de la entrada ilegal en España del dirigente del Polisario, Sr. Gali. Si a este caso, que no sabemos cómo terminará ni se afectará a otros  miembros del Gobierno, se unen otros que están en los juzgados y tribunales y que afectan a integrantes de los partidos que forman el Gobierno, el hecho de esta imputación adquiere relevancia, porque desgraciadamente traslada a la sociedad, aún más, que efectivamente existe una voluntad decisiva del Gobierno de controlar al Consejo, para así poder controlar a los jueces y magistrados.

Valentín Cortés

 

martes, 21 de septiembre de 2021

 

Miércoles 22 de Septiembre de 2021

El Consejo General del Poder Judicial no se arregla con regates políticos

Ayer, en el Congreso, se rechazó la toma en consideración del Partido Popular (presentada hace ya meses) para reformar la ley en lo correspondiente a la elección de los miembros jueces y magistrados del Consejo General del Poder Judicial en modo tal que sean los propios jueces y magistrados quienes los elijan. Y antes, el lunes pasado, las cuatro asociaciones de jueces y magistrados fueron recibidos por el Comisario de Justicia de la Unión Europea, aunque Justicia Democrática sostenía, además de la conveniencia del cambio legislativo, la necesidad de que el Partido Popular acabara con lo que Justicia Democrática considera bloqueo inadmisible. El Comisario insistió en la necesidad de que se renovara el Consejo y de que se cambiara el sistema de elección de los jueces, sin entrar en el orden de actuación

No parece razonable la posición de los partidos que sostienen al Gobierno de negarse a una revisión del sistema de elección de los miembros del Consejo, máxime cuando es el camino que todos los jueces desean y es el camino que prefiere y promueve la Unión Europea. Tiene, pues, mala imagen esta decisión del Congreso, que se queda en un simple regate político.

Por su parte, el llamado bloqueo es el resultado posible de un mal sistema de elección de los consejeros, en el que se ha confiado cándidamente que dos partes llegarían siempre a un acuerdo, sin prever un medio de salir del atasco para el supuesto de que así no sea. Lo que demostraría este fracaso es, precisamente, la necesidad urgente de modificar la ley y de ir por el camino, sin regates, que quieren los interesados y que propicia la Unión Europea. Todo lo demás es política.

Valentín Cortés

 

 

 

 

Martes 21 de Septiembre de 2021

 

Evergrande

Aunque la semana pasada la prensa publicó que el Gobierno chino había inyectado 14.000 millones de dólares en efectivo a la empresa para salvar su gravísima situación económica y financiera, hoy se puede leer en la prensa económica que tiene deudas por un montante de 300.000 millones de dólares y, lo más grave, que no tiene medios para afrontarlas. Los millones aportados por el Gobierno servirán, pues, para poco.

Eso en cualquier parte del mundo es una clara insolvencia, no sabemos si provisional o definitiva, pero que, en cualquier caso, debería llevar a la empresa a una situación de concurso y a hacer una profunda revisión del sistema de control del regulador competente.

No tengo que decir que desconozco cómo funciona, no ya el sistema financiero chino, sino lo que sería el derecho concursal chino. Por tanto, no entro ahí; pero sí diré que, puesto que es evidente que esa crisis afectará, antes o después a empresas y bancos  chinos, pero igualmente de muchos otros países, no es descabellado pensar que la ayuda del Gobierno chino llegará a las empresas chinas y muy dudoso que lo haga a las empresas extranjeras, de donde, al menos en España, se deberían tomar medidas de prevención financieras, pero también jurídicas, para evitar,  o, simplemente, controlar en ciertos casos negocios o aportaciones de capital en determinados sectores económicos chinos, si con ello se pone en riesgo a las empresas nacionales.

Valentín Cortés

lunes, 20 de septiembre de 2021

 

Lunes 20 de Septiembre de 2021

 

El Sr. Bolaños y la llamada mesa de dialogo

Digamos de inmediato que el Sr. Bolaños es Ministro de la Presidencia. En una entrevista en www.lavanguardia.com de ayer, que hoy recoge www.europapress.es,  ha manifestado algo tan razonable, cierto y contundente como que un referéndum de autodeterminación, además de inconstitucional, “cronificaría el conflicto y fracturaría al conjunto de la sociedad”. Si es así, no se entiende bien (por no decir, nada) que la tal Mesa siga en pie, pues, según se nos ha repetido hasta la saciedad, el Gobierno catalán entiende como imprescindible en su negociación la convocatoria y realización de un referéndum de autodeterminación. Y en todo este galimatías, obsérvese que los secesionistas no piden la secesión (imposible de conseguir), sino la celebración de un referéndum de autodeterminación (también, por lo que se ve, difícil de conseguir), que sería fácilmente sustituible, como camino para la consecución del fin último que se persigue.

El problema está, pues, en lo que tantas veces hemos repetido y que ahora, rizando el rizo, de nuevo parece confirmarse : la inclinación natural al fraude constitucional y legal de los políticos y gobernantes catalanes les hace ir por caminos indirectos, normal y formalmente válidos, para la consecución de efectos prohibidos por la Constitución y las leyes. En ese sentido, que el Ministro concrete que el referéndum (al que se refiere) es de autodeterminación, realmente, además de una obviedad, no quiere decir nada, a no ser que el Gobierno pudiera estar inclinado también a la utilización de esas vías indirectas o fraudulentas ( de las que también hemos hecho mención en este blog), formalmente intachables pero materialmente inconstitucionales, vendiendo ahora, ahí está el rizo rizado, a la sociedad que no se accederá a ese referéndum de autodeterminación, que, en realidad, no sería el camino realmente querido para llegar a la secesión.

Valentín Cortés.