Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 7 de febrero de 2017


Martes 7 de Febrero de 2017
La modificación de la legislación hipotecaria
El jueves día 2 de este mes opinábamos sobre unas declaraciones del presidente de la patronal bancaria a cuento de las clausulas suelo y el mercado hipotecario.
Hoy, leemos en www.elconfidencial.com  un extenso reportaje sobre la, al parecer, lucha entre los Ministerios de Economía y de Justicia, partidario el primero de una reforma sustancial y global de la Ley Hipotecaria, y el segundo, por ahora, de sólo la trasposición a la ley citada de la directiva de la Unión sobre contratos de crédito. Lucha que al parecer ha ganado Justicia.
No tengo que insistir en, desde el punto de vista económico y financiero, la importancia del mercado hipotecario, de su extensión en el trafico jurídico español, de su incidencia en la propiedad, derecho básico de nuestro sistema, de su importancia (ahí estaban la declaración del presidente de las Patronal bancaria) en el negocio bancario, y un largo etc.( lo que, seguro, conocen los técnicos del Ministerio de Economía) como para congratularme, si es que es acertado lo que dice el medio digital, de que en esta lucha se haya impuesto la, para mí, cordura del Ministerio de Justicia.
Porque, el Ministerio de Economía, que ha tenido grandes aciertos al patrocinar ciertas reformas de la ley concursal (no otras como las que afectaron al concurso del Banco de Madrid), no puede pretender repetirlos con la reforma de la legislación hipotecaria con cuatro ideas brillantes que crea pueden potenciar la mejora de la coyuntura económica, porque esa legislación, y su reforma, afecta de lleno a lo que de siempre se ha llamado Ordenamiento jurídico, o lo que es lo mismo a la lógica, a la entidad, a la armonía y a los fundamentos y límites de nuestro sistema jurídico privado, lo que pudiera ser que desconozcan o “desprecien” los técnicos del Ministerio de Economía. Esa reforma requiere de mucha ciencia y mucho tiempo.
Valentín Cortes

lunes, 6 de febrero de 2017


Lunes 6 de Febrero de 2017

Zafiedad

Parece inevitable que en este blog jurídico se hable hoy del juicio contra el Sr. Mas y acompañantes. Y quizá, en los días del inmediato futuro, tengamos que referirnos de nuevo a este juicio.

Lo que empezó siendo una larga marcha, pretendidamente épica (sin embargo, quizá, le faltó que por megafonía se escuchara a Edwar Elgar, Marcha num.1 Pompa y Circunstancia) no fue sino una muestra de zafiedad; es decir, todo fue un intento zafio de influir en el Tribunal. Toda esa masa desconocía, como muy posiblemente los que eran juzgados, de ahí la zafiedad, que quizá la mejor manera de influir en el Tribunal no era tanto la soflama política, en forma de manifestación y en forma de declaración unilateral de los juzgados al abogado propio y cercano, preparada durante días, como la declaración de ellos a las preguntas de todas las partes personadas para evidenciar unos hechos de los que poder deducir, quizá, la falta de delito en la conducta que no se puede negar.

Porque muchas veces, lo que es ejercicio de un derecho (no declarar en el juicio, o hacerlo sólo a preguntas de a quien queramos contestar o que ya sabemos que nos va a preguntar) puede ser una desastrosa manera de defenderse y, por consiguiente, de influir en el tribunal (pues, ¡hay tantos derechos que tenemos y que es mejor no ejercitarlos!)

No sé si al final, en la manifestación que habrá cuando se dicte la sentencia, tendrán que utilizar megafonía para escuchar a Dukas y su Aprendiz de brujo.

Valentín Cortés

viernes, 3 de febrero de 2017


Viernes 3 de Febrero de 2017

La importancia de la doctrina jurisprudencial.

Salvo complicaciones, el lunes próximo, cuando el juicio por el referéndum ilegal llamado “9N”, quede listo para sentencia, las personas juzgadas se arriesgan obviamente a una condena. Pero, lo más importante es que el llamado “proceso” se arriesga a lo que, salvo sorpresas, será jurisprudencia y doctrina aplicable para el supuesto que se quiera convocar el segundo y anunciado referéndum y se convoque realmente: un precedente de condena en caso similar.

En ese caso, la aplicación del art. 155 de la Constitución no se basará jurídicamente sólo en la desobediencia al Tribunal Constitucional (en el incumplimiento de una resolución que vendría viene impuesta de forma automática por la Ley para el supuesto de recursos del Gobierno) sino que será la imposición jurídica que viene dada por la convocatoria a la comisión de una conducta que ya los Tribunales han declarado delictiva en una ocasión anterior. Lo que, de otra parte, facilitaría de manera significativa que el Tribunal Constitucional actuara directamente contra los responsables de la convocatoria, dado el precedente judicial.

Por eso, el lunes se acaban las situaciones ambiguas, tan queridas a los independentistas.


Valentín Cortés

jueves, 2 de febrero de 2017


Jueves 2 de Febrero de 2017

Las declaraciones del Presidente de la Asociación Española de Banca

El presidente de la patronal de la banca española ha manifestado(vid.www.expansion.com) que “si la cartera hipotecaria de las entidades deja de ser rentable no va a haber actividad bancaria”, obviedad que está muy bien dicha en estos momentos de fervor anti bancario alimentado por una serie de sentencias del Tribunal Europeo que o bien son un simple disparate o bien son interpretadas mucho más allá de los límites que las propias sentencias fijan.

En España hay un mercado hipotecario que históricamente no sólo ha dado progreso y bienestar familiares, al mismo tiempo que crecimiento económico para el país, sino también una gran seguridad jurídica en uno de los derechos básicos de nuestro sistema jurídico: el de propiedad.

Insisto, pues, en este tema, porque estas declaraciones del Presidente de la patronal de Banca no se compadecen mucho con la política de algunas entidades financieras dispuestas a satisfacer indemnización por clausulas suelo que, en absoluto, puede ser consideradas abusivas, rectamente interpretadas la legislación española y las directivas europeas de protección a los consumidores.

Valentín Cortés

 

miércoles, 1 de febrero de 2017


Miércoles 1 de Febrero de 2017

Los independentistas buscan argumentos jurídicos 

Quizá como parte del “teatrillo” preparado para la celebración del juicio del Sr. Mas y compañía, por desobediencia y prevaricación, parece que esta vez con la participación de miles de “extras”, aquel concedió ayer unas declaraciones a “Onda O”, que me parecieron, en alguna parte, como el ensayo previo a la escena final de la tragedia independentista que se representará ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El Sr. Mas repitió slogans y frases hechas y ensayó una con gran pomposidad: llegará un día – vino a decir-  que chocarán dos legalidades y dos legitimidades contrapuestas y, naturalmente, los independentistas están obligados a escoger la que surja del Parlamento Catalán.

Como se puede observar estamos ante un gran argumento “antijurídico”, al que se le quiere dar la vitola de la juridicidad que salve el plan independentista, porque se comprenderá que de la violación de la ley y de la Constitución no puede surgir ninguna legalidad y menos legitimidad para crearla o aplicarla, pues una y otra saldrían sólo de la Constitución y del Estatuto, del que, por cierto, los independentistas se han olvidado.

De modo, que se me antoja que ese argumento no va a ser de calado jurídico ante los Magistrados del Tribunal.

Valentín Cortés





Quiza como parte del teatrillo que se prapara para




martes, 31 de enero de 2017


Martes 31 de Enero de 2017 

Los llamados procedimientos exprés de los Bancos para pagar indemnizaciones por las clausulas suelo.

Ayer supimos que algunos bancos (Bankia y BMN) han puesto en marcha unos “procedimientos”, (que llaman “exprés”) para satisfacer de forma generalizada las indemnizaciones por la nulidad de las clausulas suelo.

Ese “procedimiento”, que es más bien un “protocolo de actuación”, es la manifestación de que se ha decidido no discutir la pretensión de los clientes de forma generalizada. Lo que no significa que realmente todas las clausulas suelo, de todas las escrituras de hipoteca que se firmaron por esas entidades, puedan ser consideradas abusivas en el sentido de la jurisprudencia del Tribunal Europeo, sino que, a la entidad bancaria, por razones comerciales, de imagen o de descuento de gastos en tiempo, abogacía, costas judiciales o posibilidad de acuerdo en el modo de pago, le conviene más pagar de forma generalizada que discutir lo que, en teoría, seguro se podría discutir jurídicamente.

Podríamos decir que se ha calculado el coste de oportunidad de mantener lo que, en principio, se podría entender como la interpretación correcta de la sentencia del Tribunal Europeo. Lo que puede sufrir es, sin duda, el prestigio de las entidades bancarias, que aparecerán como   insensibles en el pasado a la legalidad y derechos de sus clientes, lo que, estoy seguro, no ocurrió con las clausulas suelo de forma generalizada.

Valentín Cortés

lunes, 30 de enero de 2017


Lunes 30 de Enero de 2017
 
La presidencia futura del Tribunal Constitucional.
Traigo este tema al blog, aunque sea de la semana pasada, porque la idea de la politización de la Justicia está tan metida en la sociedad española, a través de la vía del periodismo, que es de notar que, prácticamente, no ha habido una reacción de crítica y censura a la noticia de que los partidos políticos, habiendo llegado a un pacto sobre los componentes del Tribunal, que entrarán en la renovación por elección en el Senado, también habían llegado al pacto de que la presidencia no podía ser para el Sr. Ollero, magistrado del Tribunal en la actualidad.
Teniendo en cuenta que, según el art. 159.5 de la Constitución, los magistrados “serán independientes e inamovibles en el ejercicio de su mandato” y que el art. 160 establece que el Presidente del Tribunal es nombrado a propuesta del mismo Tribunal en pleno, el grado de deterioro jurídico del pensamiento político ha llegado a tal extremo que no ha importado, ni poco ni mucho, a los Partidos dar a conocer esa parte de su acuerdo, a los periodistas darlo por supuesto, y al Tribunal Constitucional no emitir una  nota de protesta por la ofensa que supone, aunque sólo sea por insinuarse la posibilidad de tal pacto vinculante.
No estará de más recordar, no obstante, que, en una ocasión, ya se dio por supuesto un similar acuerdo político y que los Magistrados, sintiéndose libres e independientes, nombraron a otro magistrado distinto al que había sido señalado, lo que motivó la renuncia de este último, que salió del Tribunal a los pocos días de ser nombrado.
Valentín Cortés