Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 16 de septiembre de 2013


Lunes, 16 de Septiembre de 2013

 

El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo

 

Me ha costado trabajo encontrar en la prensa digital referencia al discurso del Sr. Moliner, Presidente del Consejo General del Poder Judicial (CJPJ) y del Tribunal Supremo, en el acto de apertura del año judicial español. Por el contrario, todos los medios hacen referencia al discurso del Fiscal General. Realmente sintomático.

Por lo que he leído, siento decir que no ha estado a la altura de las circunstancias. En este momento, en el que la política está más judicializada que nunca y en el que la judicatura está más politizada que nunca; en este momento, en donde es cada vez más patente la falta de formación de nuestros jueces, porque están expuestos y se les ve por los ciudadanos en sus carencias, miserias y sectarismos; en este momento, en el que el CJPJ es un semidero de luchas para tomar posiciones que tienen un contenido claramente político, yo siento un poco de vergüenza,( entiéndase bien, jurídica) por saber que el Presidente del Consejo se ha quejado sotretodo, en grandes líneas, de la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial( aprobada solo con  los votos del Partido Popular) y de la falta de medios en los Juzgados y Tribunales. ¡Como si la Justicia se arreglara con medios y con más reformas, aunque sean por consenso, como quiere el Presidente! ¿Alguien cree, de verdad, que con  esos esquemas podemos  salir de este marasmo judicial en el que nos encontramos?

¿El Sr. Moliner no se da cuenta, acaso, de lo que preside? ¿Por qué no traslada, por poner un único ejemplo, a los ciudadanos, en su discurso, las luchas políticas que existen dentro del Consejo para ser Presidente de cualquier Sala, Magistrado de cualquier Tribunal, o cualquier otro puesto, cuyo único objetivo, me gustaría equivocarme, parece que es solo obtener un posición privilegiada política que sirva al partido correspondiente, que más tarde será recompensada?

Valentín Cortés

 

viernes, 13 de septiembre de 2013

6Viernes,13 de Septiembre de 2013

La causa de la causa es la causa del mal causado


No quiero que termine la semana, tan llena de noticias de gran impacto, sin hacer referencia a algo que se publicó en la prensa el pasado día 11, que, lógicamente, pasó a un segundo plano. Pero jurídicamente tiene enjundia.
Todo lo que pasó por el medievo, que tenía algo que ver con la lógica, fue consagrado sin matices y sin sentido común: así pasó con muchos principios de derecho romano. El del titulo de este comentario es uno de ellos (causa causae est causa causati”.
El Juez que lleva el caso del accidente ferroviario de Santiago es un ejemplo, lo digo con todo respeto, de lógica sin matices y sin sentido común. Ha imputado a los presidentes y consejeros de  Adif desde que se inauguró la línea ferroviaria en donde se produjo el accidente hasta ahora porque, dice la prensa que dice al auto, que no he encontrado para leerlo, que no eligieron a las personas capacitadas para los puestos de encargados de la seguridad Yo me pregunto, si seguimos con la “lógica” de Juez, ¿por qué no imputa a los accionistas que nombraron a esos consejeros?
Creo que los penalistas están mas o menos de acuerdo en que esta cadena tiene un límite cual es la posibilidad de la imputación subjetiva del resultado( las muertes) al comportamiento del sujeto( los presidentes y consejeros).
No entiendo mucho de estos temas, pero me parece que cuando hay una limitación de velocidad es( pura lógica) porque estaba establecido un máximo de velocidad para correr por ese tramo de la vía; desgraciadamente el maquinista casi triplicó aquel limite: en esas condiciones la vía no es segura.
Buscarle cinco patas al gato quizá sea fruto de querer buscar responsabilidades civiles. Si es así, el método está equivocado y se sigue teniendo poco sentido común.

Valentín Cortés6Viernes,13 de Septiembre de 2013

La causa de la causa es la causa del mal causado


No quiero que termine la semana, tan llena de noticias de gran impacto, sin hacer referencia a algo que se publicó en la prensa el pasado día 11, que, lógicamente, pasó a un segundo plano. Pero jurídicamente tiene enjundia.
Todo lo que pasó por el medievo, que tenía algo que ver con la lógica, fue consagrado sin matices y sin sentido común: así pasó con muchos principios de derecho romano. El del titulo de este comentario es uno de ellos (causa causae est causa causati”.
El Juez que lleva el caso del accidente ferroviario de Santiago es un ejemplo, lo digo con todo respeto, de lógica sin matices y sin sentido común. Ha imputado a los presidentes y consejeros de  Adif desde que se inauguró la línea ferroviaria en donde se produjo el accidente hasta ahora porque, dice la prensa que dice al auto, que no he encontrado para leerlo, que no eligieron a las personas capacitadas para los puestos de encargados de la seguridad Yo me pregunto, si seguimos con la “lógica” de Juez, ¿por qué no imputa a los accionistas que nombraron a esos consejeros?
Creo que los penalistas están mas o menos de acuerdo en que esta cadena tiene un límite cual es la posibilidad de la imputación subjetiva del resultado( las muertes) al comportamiento del sujeto( los presidentes y consejeros).
No entiendo mucho de estos temas, pero me parece que cuando hay una limitación de velocidad es( pura lógica) porque estaba establecido un máximo de velocidad para correr por ese tramo de la vía; desgraciadamente el maquinista casi triplicó aquel limite: en esas condiciones la vía no es segura.
Buscarle cinco patas al gato quizá sea fruto de querer buscar responsabilidades civiles. Si es así, el método está equivocado y se sigue teniendo poco sentido común.
Valentín Cortés 

jueves, 12 de septiembre de 2013

Jueves,12 de Septiembre de 2013


La responsabilidad de los políticos

Desde el punto de vista jurídico y constitucional todos los que ayer se manifestaron para pedir la constitución de un estado catalán tienen el derecho de hacerlo y pedirlo.
Para conseguir tal fin hay que modificar la Constitución, lo que se ha de hacer, en este caso, de acuerdo con lo que se establece en su Art. 168. En pocas palabras: propuesta de modificación por las dos terceras partes de las dos Cámaras; disolución de las Cámaras; ratificación por las nuevas Cortes de la propuesta de modificación (mayoría de dos tercios de ambas Cámaras), aprobación del nuevo texto (aprobación por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras) y referéndum  de ratificación.
Como – es de una lógica aplastante – la soberanía reside en el pueblo español (Art.1.2 C.E), el referéndum tiene que ser de todo el pueblo español.
Me temo que este procedimiento no les gusta a los que ayer se manifestaban; lo que pretenden, constitucionalmente hablando, no es sino la ruptura de la Constitución y eso nunca ha dado, ni aquí ni fuera de aquí, buen resultado político y social.

Valentín Cortés

miércoles, 11 de septiembre de 2013


Miércoles, 11 de Septiembre de 2013

El auto de la Juez Alaya

El auto de ayer de la juez Alaya en el asunto de los EREs fraudulentos tiene un significado concreto que hay que comentar para que se sepa por el público donde estamos.

La Juez Alaya no puede imputar, en sentido estricto, a personas que están aforadas, es decir, que deben ser juzgados por el Tribunal Superior de Andalucía o por el Tribunal Supremo, previa la autorización de la Cámara Parlamentaria correspondiente (art. 71 de la Constitución).

Lo que ha hecho es aplicar el art. 118 bis en relación con el art. 118, ambos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ha considerado que de todo lo que viene actuado en relación con otras personas, y de las declaraciones de algunos de los imputados judicialmente y de los informes que obran en la causa ( que los cita), se deduce que los aforados están siendo denunciados de la comisión de actos delictivos que pueden ser constitutivos de prevaricación o malversación. Siendo así, para preservar su derecho de defensa, se les comunica la existencia del procedimiento en calidad de “imputados” (denunciados por terceros) ex art. 118 bis. Así, podrán conocer las imputaciones que le han hecho determinadas personas y organismos o instituciones, personarse o no en la causa y actuar a favor de sus intereses.

A mí me parece un auto irreprochable, desde el punto de vista procesal. Otra cosa es que guste a los afectados, porque esto anuncia peores resoluciones judiciales.

Valentín Cortés

 

 

martes, 10 de septiembre de 2013


Martes 10 de Septiembre de 2013

 

Los políticos y el lenguaje.-

He leído en Expansión que el Sr. Rubalcaba ha dicho que “la reforma laboral será la primera ley que nos carguemos” (sic).

Jurídicamente, si hablara  o intentara hablar desde este ángulo, queda menos violento y más adecuado. Podría haber dicho “Cuando lleguemos al Gobierno derogaremos la reforma laboral”. El resultado sería el mismo.

Ahora bien, para que una norma derogue a otra norma, en pura técnica jurídica, es necesario dos cosas; o que la circunstancias hayan cambiado de modo tal que la vieja norma se demuestre obsoleta; o que se tenga la convicción de que la nueva norma, sabiendo cual será, va a producir mejores y más duraderos efectos que la vieja que se piensa derogar.

Si repaso la noticia no veo más argumento en lo dicho por el Sr. Rubalcaba que la afirmación escueta de que la reforma laboral ha tenido y tiene efectos negativos en la creación y calidad de empleo; pero no apunta a señalar las pautas de la nueva ley para crear empleo y mejorar la calidad de éste.

También habla de que ha tenido la reforma laboral repercusiones en el descenso de ingresos de la Seguridad Social, porque, dice, la reforma “ha obligado a bajar los salarios” (sic), que son la base de la cotización.

A la vista de esto, quizá sería bueno que, además de hablar jurídicamente, se pensara también desde este punto de vista antes de derogar ( no cargarse) una norma jurídica. Lo exige la seguridad jurídica.

Valentín Cortés

domingo, 8 de septiembre de 2013


Lunes, 9 de Septiembre de 2013

Los jueces y la suspensión de las disposiciones administrativas

La semana pasada la prensa se hizo eco de que varios jueces de Madrid (otros no) habían suspendido cautelarmente las disposiciones administrativas que ponen en marcha la gestión privada de la sanidad pública en una serie de hospitales de Madrid.

Todo abogado con práctica en la jurisdicción contenciosa administrativa sabe lo difícil que es (por no decir casi imposible) suspender cautelarmente los actos de la administración y la fianzas o cauciones tan elevadas que se exigen para concederlas en su caso.

El art. 130 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa dice que la medida de suspensión solo se podrá acordar cuando la aplicación de la disposición administrativa pudiera hacer perder la finalidad al recurso y afirma que el juez podrá denegar la medida cuando pudiera seguirse segura perturbación grave de los intereses generales.

En estas condiciones legales, a mí me resulta realmente sorprendente esta fiebre suspensiva de ciertos jueces madrileños que a lo que se ve ponderan a su gusto lo que es interés general en materia de sanidad, en parámetros que están lejos de los recogidos legítimamente en las leyes y disposiciones que ordenan la materia, y que parece imponen cauciones asumibles por las asociaciones, sindicatos o grupo de personas que manifiestan tener interés directo en el tema, amén de que no logro entender como la aplicación de la disposición administrativa haría, en estos casos, perder la finalidad del recurso que precisamente es anular la disposición administrativa y , por ende, todas sus consecuencias.

Valentín Cortés

PD.- ¡De nuevo en la  brecha!

 

 

lunes, 2 de septiembre de 2013

2 de septiembre de 2013


EL PRÓXIMO LUNES, DIA 9, ESTERÉ DE NUEVO CON USTEDES, DANDO MI OPINIÓN JURÍIDICA SOBRE LOS TEMAS QUE NOS OFREZCA LA ACTULIDAD DE CADA DIA, QUE ME TEMO QUE SERÁN LOS DEL CURSO PASADO.
POR ANTICIPADO, GRACIAS POR LA ATENCIÓN FUTURA
VALENTÍN CORTÉS